APUNTES CONTABILIDAD
Enviado por Mafer De Celis • 21 de Febrero de 2016 • Apuntes • 3.800 Palabras (16 Páginas) • 378 Visitas
TAREA
¿Cuál es el requisito para poder asegurar que el cliente me va a pagar?
Formatos de pagare y letra de cambio formatos y diferencias
Cuál es el artículo de la ley de títulos y operaciones de crédito referente a que las deudas no se heredan
Investigar lo que es el afore como se componen las tablas de acuerdo a la edad y hacer un cálculo personal de cuanto deseo recibir de pensión (ejemplo Hugo)
PERSONAS MORALES
Régimen de actividades primarias: granjas bachoco/
Régimen No Contribuyentes: sindicatos/ escuelas/ iglesias/ asociaciones civiles/ equipo de futbol.
PERSONAS FISICAS: la que trabaja de manera individual, no tiene ningún socio. Puede ser de manera asalariada. Las que se dedican a ser empresarias
Sueldo y salario son lo mismo. A los de confianza solo le paga 360 cada quince días o al mes no importando si el mes trae 30 0 31 días y a los asalariados 365 porque pagan x semana
SUELDOS: aplicación directa sin deducciones de la tarifa articulo 96 LISR y Subsidio al empleo. El sueldo implica que esta uno dentro de una empresa de manera dependiente (económicamente, horario, trabajo) tengo derecho a muchas prestaciones y esas prestaciones incrementa mi sueldo. Este sueldo no está sujeto a ninguna deducción para el pago de impuestos. Al final del año puede presentar la declaración anual Si tiene menos de $400,000 pero si gana más de$ 400,000 está obligado a hacerla. Si hay 2 patrones y en los dos están por nomina aunque ni con los 2 alcance los 400,000.00 debo hacer declaración anual Puede deducir honorarios (en la declaración anual) del tipo:
- médicos-dentales,
- gastos funerarios con un tope de 10 salarios mínimos al año (70.10*365*10)
- Cambios de lentes por $1,500.00 al año.
- Crédito Hipotecario, esos intereses se pueden deducir, con una constancia del banco.
- Becas o colegiaturas de pre-primarias, kínder, primaria, secundaria y prepa.
- Aportaciones voluntarias para el retiro (AFORE)
- Donativos (asociaciones civiles)
- Servicio de transporte (escuelas privadas)
Todos los comprobantes que excedan los 2,000.00 deben ser pagados con cheques, tarjetas, transacciones
HONORARIOS: Existe total independencia, si no se trabaja no hay ingreso. Hay deducciones de todo. Se pueden deducir todos los gastos estrictamente indispensables para la realización del objeto, al resultado, se le aplica la tarifa del articulo 96 LISR. No están sujeto a un horario, solo requiere que expidas recibos. SERVICIOS: como impartir cursos. Se puede deducir:
- Todas las que sean necesarias de acuerdo a la actividad
- (Remodelación del lugar con contratista)
- Vestimenta, zapatos
- Computadoras
- Traslado, gasolina
- Alimentación
Es importante que exista un contrato de prestación de servicios. El tope es el ingreso que se percibe. Si no trabajamos no comemos. Se puede comprar seguros de vida, gastos médicos menores y mayores para estar seguros. El periodo para poder obtenerlo es corto. El promedio de vida para trabajar por honorarios es de 3 años con cada cliente. El seguro médico de gastos mayores abarca embarazos, pero no cirugías.
ARRENDAMIENTOS: El negocio de viuda, en dado momento a la persona se le pone unos locales, para rentar. Se le aplica la deducción ciega del 35% o los gastos que se haya realizado para los locales. Lo que convenga más, al resultado se le aplica la tarifa del art. 96 LISR
Contrato: derechos y obligaciones. Con los recibos correspondientes. Si no hay contrato después como expulsas al inquilino. Después de 10 años de pagar predial y demás gastos el inquilino puede reclamar como propio el local que tenía rentado. Si no hay contrato no puedes sacar al inquilino. Si no cumple con las clausulas se puede correr al inquilino, aun así el inquilino puede reclamar al juez y éste le puede dar 2 años libres de estar en el local.
ENAJENACION DE BIENES: Sin ninguna deducción se le aplica la tarifa del art. 96 LIS
AFORE:
2% de retiro
5% infonavit
2.375 Invalides, vejes cesantía y muerte
Esto representa el 9.3775 de Salario base de Cotización
SUELDO
+Parte proporcional de prima vacacional
+ Parte proporcional de aguinaldo
Salario Base de Cotización
EJEMPLO HUGO
$35,000.00*12*10= 4,200,000.00/.09375=$44,800,000.00 Lo que tiene que recibir durante toda su vida.
44, 800,000.00/41(años)= $1,092,600.00/12(mensual)=91,056.00 esto es lo que debe ganar mensualmente durante 41 años para poder tener una pensión de $35,000.00
PERSONAS FISICAS: la que trabaja de manera individual, no tiene ningún socio. Puede ser de manera asalariada. Las que se dedican a ser empresarias. Deben estar dadas de alta en el REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL: comercialización de artículos y servicios.
Régimen general de ley: todos los ingresos de contado menos las deducciones autorizadas de contado. Al resultado fiscal se le aplica la tarifa del articulo 96 LISR. Todos lo que no son actividad primarias. Sí rebasa los 2, 000,000.00
Régimen de coordinados: transporte de pasaje y carga. Todos los ingresos efectivamente cobrados
Régimen de incorporación fiscal RIF (antes REPECO): Ya pueden facturar, con un máximo de ingreso de $2,000,000.00 El primer año NO paga impuestos, al siguiente el 10%, en el tercer año 20%.... así hasta llegar a los 10 años $200,000.00*.2= $4,000.00 con derecho a atención médica, infonavit y préstamos. Esto implica darse de alta.
Si no tiene facturas solo puede argumentar que le pegue al melate o que fue herencia, registrado ante notario con un testamento.
Dividendos: Parte de lo que implica la utilidad de los socios de acuerdo a lo que tengan invertido en las empresas, con un 38.8% deducen honorarios médicos y dentales, hospitalarios, funerales, el tope es un salario mínimo al año 70.5*365: $25,586.00. Hay aportaciones voluntarias al AFORE, donativos con comprobante respectivo (8%). Servicios educativos Kínder-Prepa, servicio de transporte, intereses por créditos hipotecarios.
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