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Acta de conciliación con acuerdo total


Enviado por   •  22 de Enero de 2018  •  Monografía  •  2.120 Palabras (9 Páginas)  •  219 Visitas

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CENTRO DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL AVENDAÑO

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Curso: CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL

Tema: Pago de deuda

Tipo de acta: Acta de conciliación con acuerdo total

Alumno: Ordinola Vásquez, Luis.

Enero 2018

MONÓLOGO

Conciliador: Buenas tardes señor Alonso y señor Alexander, bienvenidos al centro de conciliación “SAN MARTIN”, mi nombre es LUIS SANTIAGO ORDINOLA VÁSQUEZ, soy el conciliador que ha cursado las invitaciones y quien está a cargo de llevar esta audiencia de conciliación, quisiera saber si ustedes tienen conocimiento de lo que es una conciliación o si han estado anteriormente en una audiencia de conciliación.

Alonso: no

Alexanxer: tengo una idea de lo que es, pero es muy poco.

Conciliador: Bueno, les comento que la conciliación es un mecanismo alternativo de resolución de conflictos, en donde las partes acuden a un centro de conciliación extrajudicial para que se les asista en la búsqueda de una solución, de esta manera la conciliación propicia una cultura de paz, al resolver diferencias y problemas que tenemos, a través del dialogo.

Mi rol como conciliador es facilitar el proceso de comunicación entre ustedes, en la cual voy a conducirme bajo dos principios fundamentales, la CONFIDENCIALIDAD que consiste en que todo lo que se converse en esta sala de audiencia quedará entre ustedes y yo,  y el de la IMPARCIALIDAD en la cual yo como conciliador no estaré a favor de usted señor Alonso, ni de usted señor Alexander, ¿Queda claro?

Alonso: Si claro.

Alexander: Por supuesto.

La conciliación tiene como ventaja que es un procedimiento rápido, económico y muy seguro, aunque va a depender de la voluntad que ustedes tengan para el desarrollo de esta audiencia de conciliación, podríamos terminar el día de hoy y llegar a un acuerdo entre ustedes.

Dentro de mis obligaciones como conciliador, está en llevar a cabo el procedimiento conciliatorio cumpliendo los plazos, principios y formalidades establecidas en la ley y su reglamento.

El conciliador es una persona capacitada y acreditada por el Ministerio de Justicia para ejercer la función conciliadora y promover la comunicación entre las partes, eventualmente proponiendo fórmulas conciliatorias no obligatorias.

Al finalizar esta audiencia de conciliación, se plasmará en un acta todos los acuerdos a que se lleguen, esta acta de conciliación tiene un valor similar a una sentencia judicial. Es decir si yo me comprometo a algo a través de la conciliación y no lo cumplo, la persona que se perjudica con este incumplimiento puede llevar el acta al Poder Judicial, y el Juez obliga a que se cumpla estos acuerdos.

Ahora no es que sea una obligación llegar a acuerdos, eso dependerá exclusivamente de ustedes.

En esta audiencia de conciliación también tenemos la posibilidad de ir a una sesión privada, esto es reunirme por separado con cada uno de ustedes cuando haya situaciones que así lo amerite, y de esta manera lo que yo pueda conversar con usted señor Alonso no lo sabrá el señor Alexander, y viceversa lo que yo pueda conversar con usted señor Alexander no lo sabrá el señor Alonso, salvo que ustedes me autoricen poder comunicarle a la otra parte lo conversado.                  

Asimismo, cabe indicar que es necesario e importante respetar y seguir unas reglas de conducta durante la audiencia, tiene que haber un respeto entre las partes.

Para llevar a cabo esta audiencia de conciliación, es importante que nosotros respetemos las siguientes pautas básicas:

  1. Nos vamos a llamar por nuestros nombres (están de acuerdo).
  2. Vamos a respetar el momento en que las partes están hablando (se le explica a cada una de las partes).
  3. No se permite en el desarrollo de la audiencia ningún tipo de agresión ni física, ni verbal; tampoco referirnos a la otra persona de manera despectiva.
  4. Durante el desarrollo de la audiencia, como ya lo he mencionado, podré reunirme con cada uno de ustedes por separado, si así lo amerita el caso, ello no quiere decir que yo esté a favor con uno de ustedes; mi rol es imparcial.  
  5.  Es necesario que apaguemos los celulares o lo pongamos en modo silencio, para de evitar interrupciones.
  6. Por último, en caso necesiten tiempo para tomar alguna decisión o quieran consultarlo, se podrá suspender la audiencia y programarla para una fecha siguiente.

(PREGUNTAR SI TIENEN ALGUNA DUDA O PREGUNTA SOBRE LO EXPUESTO)

SEGUNDA ETAPA.

Conciliador: Entonces se le cede la palabra al señor Alonso, ya que es la persona que solicitó la audiencia de conciliación y luego daremos la palabra al señor Luis que es la parte invitada.

Alonso: Bueno señor conciliador, soy el representante legal de la empresa INGEVAP S.A.C., nosotros habíamos proveído a la empresa CONSORCIO SAN MIGUEL una caldera de 30BHP, equipos auxiliares e instalaciones de vapor que estaban destinadas para el Proyecto Ampliación y Mejoramiento de la Escuela Técnica Superior de Mujeres PNP en San Bartolo, lo cual fue aceptado por la empresa CONSORCIO SAN MIGUEL y a consecuencia de ello nuestra empresa emitió una factura final N° 001942, el 24 de noviembre del 2016 a nombre de la empresa CONSORCIO SAN MIGUEL por el suministro prestado por el monto de S/. 43,424.00. A pesar del tiempo transcurrido la empresa CONSORCIO SAN MIGUEL no ha cumplido con cancelarnos el monto facturado; el día 03 de noviembre del 2017 enviamos una carta notarial la cual fue recepcionada el día 09 de noviembre del 2017 por una persona que dijo ser encargada de la recepción de CONSORCIO SAN MIGUEL, quien al enterarse del contenido selló el cargo, la cual hasta el momento no tenemos respuesta alguna, causándonos con esa actitud una grave perjuicio económico.

Por ello señor conciliador, quiero que la empresa CONSORCIO SAN MIGUEL cumpla con pagar la suma de S/. 43,424.00 por el suministro otorgado.

Conciliador: Señor Alonso, lo que usted me quiere decir es que, su representada la empresa INGEVAP había entregado a la empresa CONSORCIO SAN MIGUEL una caldera, equipos auxiliares e instalaciones de vapor que iban destinadas para el Proyecto de Ampliación y Mejoramiento de la Escuela Técnica Superior de Mujeres PNP en San Bartolo, y que este suministro fue aceptado por la empresa CONSORCIO SAN MIGUEL, por ello ustedes emitieron una factura por el monto de S/. 43,424.00. Además, me dice señor Alonso que hasta la fecha no tiene respuesta de la carta notarial que había enviado a la empresa CONSORCIO SAN MIGUEL solicitando el pago de S/. 43,424.00 y usted requiere que la empresa CONSORCIO SAN MIGUEL le pague la suma de S/. 43.424.00 por el suministro entregado, ¿es correcto?

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