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Acuerdo De Inversiones De Suecia


Enviado por   •  22 de Mayo de 2013  •  1.246 Palabras (5 Páginas)  •  415 Visitas

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Artículo 2

Promoción y Protección de Inversiones

(1) Cada una de las Partes Contratantes, de conformidad con sus leyes y reglamentos, promoverá y admitirá en su territorio las inversiones de inversionistas de la otra Parte Contratante.

(2) Sujeto a las leyes y reglamentos relacionados con el ingreso y estadía de extranjeros, permitirá el ingreso de las personas que trabajan para un inversionista de una Parte Contratante, así como de los miembros de su familia, en el territorio de la otra Parte Contratante, así como evitar y salir del mismo, con el objeto de llevar a cabo actividades asociadas con inversiones en el territorio de esta última Parte Contratante.

(3) Cada Parte Contratante deberá en todo momento asegurar un trato justo y equitativo a las inversiones de inversionistas de otra Parte Contratante y no deberá afectar a la administración, mantenimiento, uso, disfrute o enajenación de las mismas, así como la adquisición de bienes y servicios y la venta de su producción, a través de medidas injustificadas o discriminatorias.

(4) Las inversiones hechas de conformidad con las leyes y reglamentos de la Parte Contratante en cuyo territorio estas han sido efectuadas, gozarán de la total protección de esta Acuerdo y en ningún caso dicha Parte Contratante otorgará un trato menos favorable que el requerido por el derecho internacional. Cada parte contratante observará las obligaciones asumidas con el inversionista de la otra Parte Contratante con relación a su inversión.

(5) Las Ganancias producidas por una inversión gozarán del mismo tratamiento y protección de las inversiones.

(6) Los bienes que bajo un contrato de arrendamiento con opción de compra son colocados a disposición de un arrendatario en el territorio de una Parte Contratante por un arrendador que es inversionista de la otra Parte Contratante no serán tratados en términos menos favorables que una inversión.

(7) Cada una de las Partes Contratantes publicará rápidamente o pondrá de otro modo a disposición del público sus leyes, reglamentos, procedimientos y decisiones administrativas de aplicación general, así como acuerdos internacionales que puedan afectar las inversiones de inversionistas de una Parte Contratante en el territorio de la otra Parte Contratante.

Artículo 3

Trato Nacional y Trato de Nación Más Favorecida de las Inversiones

(1) Cada una de las Partes Contratantes aplicará a las inversiones efectuadas en su territorio por inversionistas de la otra Parte Contratante un tratamiento que no será menos favorable que el acordado a inversiones efectuadas por sus propios nacionales o por inversionistas de terceros Estados, cualquiera que sea el más favorable.

(2) Sin perjuicio de las disposiciones del párrafo (1) de este Artículo, el tratamiento de la nación más favorecida no se aplicará a los privilegios de cada Parte Contratante acuerde a inversionistas de terceros Estados como consecuencia de su participación o asociación en una actual o futura área de libre comercio, unión aduanera o mercado común.

(3) Las disposiciones contenidas en el párrafo (1) de este Artículo no serán interpretadas en el sentido de obligar a una de las Partes Contratantes a acordar a los inversionistas de la otra Parte Contratante el beneficio de cualquier tratamiento, preferencia o privilegio derivado de cualquier acuerdo o arreglo internacional relacionado total o parcialmente con materias fiscales o cualquier legislación doméstica relacionada total o parcialmente con materias impositivas.

Artículo 6

Subrogación

Si una de las Partes Contratantes o su agencia designada hace un pago a cualquier inversionista bajo una garantía que ha entregado con respecto de una inversión en el territorio de la otra Parte Contratante, esta Parte Contratante, sin perjuicio de los derechos de la primera Parte Contratante a tenor del Artículo 9, reconocerá la transferencia de cualquier derecho o título de dicho inversionista a la primera Parte Contratante o a su agencia designada y el derecho de subrogación, en todo su alcance, de la primera Parte Contratante o su agencia designada a cualquiera de

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