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Enviado por 1993eduardo • 4 de Septiembre de 2014 • 557 Palabras (3 Páginas) • 224 Visitas
Partes de la sentencia
En el contenido de la sentencia de 1º Instancia, pueden señalarse 3 partes bien definidas, referidas a:
1) la exposición de los hechos;
2) la aplicación del Derecho;
3) la decisión final.
Estas tres partes son denominadas, respectivamente, ‘resultando’, ‘considerandos’ y ‘fallo’, terminología tomada de la Ley de Enjuiciamiento Civil Española.
• 1) En los "resultandos", el juez hace mención de las partes y una relación suscinta de las cuestiones sometidas a su decisión (art. 163, incs. 2 y 3).
• 2) Los ‘considerandos’ abarcan la consideración por separado de las cuestiones sometidas a la decisión judicial, y la fundamentación y aplicación del Derecho (art. 163, incs. 4 y 5). En otras palabras: el juez reconstruye los hechos en base al examen de la prueba producida (‘fundamentación fáctica’, conf. Colombo); y una vez esclarecidos los hechos, establece cuál es la norma adecuada a los mismos, interpretándola y explicando (fundamentando) la razón de su aplicación (conf. Colombo: ‘fundamentación jurídica’).
• De esta parte de la sentencia deben surgir con claridad los motivos que ha tenido el Juez para formular su opinión, y en ella encontrarán las partes los fundamentos de la decisión adoptada, para poder impugnarla (el apelante) o sostenerla (el apelado); por ello se considera la parte más importante de la sentencia.
• 3) El ‘fallo’ (o parte dispositiva) constituye la decisión del Juez acerca de los hechos sometidos a su solución (art. 163, incs. 6º, 7º y 8º). En él el Juez declara el derecho de las partes, condenando o absolviendo al demandado (y en su caso, al reconvenido), en todo o en parte, fijando el plazo para que se cumpla la sentencia, estableciendo las costas, regulando honorarios y declarando la temeridad o malicia de los litigantes o los profesionales intervinientes que hubieren incurrido en ella.
En las sentencias declarativas, el contenido principal del fallo lo constituye la declaración sobre la existencia o inexistencia de un derecho o de una situación jurídica. En estos casos, la declaración judicial pone fina un estado de incertidumbre jurídica. Ejs.: reconocimiento de filiación, prescripción, etc. El derecho existe: el Juez se limita a declarar su existencia.
En las sentencias constitutivas, el Juez modifica una situación jurídica existente, constituyendo una nueva. Es lo que ocurre, por ejemplo, en los casos de divorcio, adopción, división de condominio, etc.
Las sentencias condenatorias (o de condena), además de reconocer un derecho al vencedor, condenan, obligan al vencido, a cumplir una prestación. Si bien toda sentencia puede requerir alguna medida de ejecución, las condenatorias son las únicas susceptibles de ejecución forzada. Ejs.: las que imponen al vencido la obligación de pagar cierta cantidad de
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