Aviso Comercial
Enviado por Marcobcbc • 25 de Agosto de 2012 • 2.061 Palabras (9 Páginas) • 681 Visitas
Aviso Comercial
El registro de un aviso comercial en México demanda un meticuloso estudio previo que nos permita valorar con la mayor certeza posible su conveniencia de registro frente a otras Marcas o Avisos Comerciales así como, sus posibilidades reales de otorgamiento, impedimento o negación.
Un aviso comercial es una frase, enunciado, expresión u oración que tiene por objeto anunciar, dar a conocer o hacer saber al público consumidor, la existencia de productos o servicios en el mercado, o la presencia de establecimientos, de negociaciones comerciales, industriales o de servicios, para distinguirlos de los de su misma especie.
En pocas palabras, es lo que se conoce como un eslogan o lema publicitario.
Por ejemplo:
“A que no puedes comer sólo una.” (Sabritas)
“Soy totalmente Palacio.” (Palacio de Hierro)
Es importante mencionar que los avisos comerciales se constituyen únicamente por frases u oraciones, pudiendo utilizar signos ortográficos que, conforme a las reglas gramaticales, sean aplicables. En este sentido, tampoco pueden incluir diseño alguno.
Al igual que la “Marca”, es importante registrarlo para que el Título que obtenga, le otorgue el derecho a usarlo en forma exclusiva, evitando que alguien más lo utilice sin su autorización, para anunciar los mismos o similares productos o servicios.
Registro
Se debe imprimir la solicitud directamente en el servicio electrónico Solmarnet (Sistema de captura de solicitudes de registro de marca, aviso comercial, y nombre comercial por internet ) a través de la página web del IMPI.
Al llenar la solicitud por otros medios, se debe tener en cuenta que ésta debe ser legible; asimismo, se debe tomar en cuenta que la información de la solicitud debe ser requisitada toda por el mismo medio, sin tachaduras ni enmendaduras.
Los pasos para llenar la Solicitud serán los siguientes:
Primero
• Señalar que se quiere registrar un aviso comercial:
Decir a nombre de quien registrará el aviso comercial y señale el domicilio (en México) para oír y recibir notificaciones, como en el caso de marcas.
Segundo
• Indicar qué frase, enunciado, expresión u oración se quiere registrar, en el apartado correspondiente al Signo distintivo:
No se debe indicar el tipo de marca, pero sí desde cuando se usa el aviso comercial, o señalar si no se ha usado.
Indicar qué productos o servicios va a anunciar con su aviso comercial.
Decir también donde se ubica el establecimiento o negocio. Recordar que si se indicó la fecha de primer uso, es un requisito indispensable.
Tendrá una durabilidad de 10 largos años a partir de la fecha en que solicite el registro y con la posibilidad de renovarlo las veces que se quiera por períodos de la misma duración.
También puede se pueden ceder los derechos, otorgar licencias, franquicias, gravarlos y debe usar el símbolo ®.
Nombre Comercial
Un nombre comercial es el nombre que se le da a un establecimiento (sea industrial, comercial o de servicios), a una negociación o a un comercio. Éste y el derecho a su uso exclusivo están protegidos, sin necesidad de registro, ya que con la publicación se establece la presunción de buena fe en la adopción y el uso del nombre comercial, frente a terceros.
No aplica para toda la República como en las “marcas”, únicamente abarca la zona geográfica de la clientela efectiva de la empresa o establecimiento al que se aplica el nombre comercial, y solamente se extenderá a toda la República Mexicana si se existe difusión masiva y constante a nivel nacional del mismo. 32 Guía del Usuario de Signos Distintivos
Registro
Se debe llenar la misma solicitud que en el “Aviso Comercial”, pero con las siguientes especificaciones:
Primero
• Señalar que se quiere publicar un nombre comercial:
Decir el nombre de quien utiliza el nombre comercial y señalar el domicilio (en México) para oír y recibir notificaciones, como en el caso también de marcas.
Segundo
• Indicar en el apartado correspondiente al signo distintivo, que nombre tiene el establecimiento, negocio o local comercial:
No indicar el tipo de marca, pero sí diga desde cuando usa el nombre comercial, pues es un requisito indispensable.
La fecha de primer uso no puede faltar, asimismo, se debe recordar que ésta no puede ser modificada posteriormente.
Tercero
• Respecto a los recuadros de la clase, se deberán dejar en blanco y únicamente llenar el apartado que dice: “11) Giro preponderante:” pues ahí debe indicar el giro del establecimiento o negocio. Recordar que el nombre comercial no distingue productos o servicios como tal:
Cuarto
• Decir dónde se ubica el establecimiento o negocio:
Recordar que también es un requisito indispensable
No señalar ni leyendas, ni figuras no reservables, ni datos de prioridad.
No pegar etiquetas.
Apuntar el nombre del solicitante o del mandatario y la firma autógrafa, lugar y fecha; marcar el recuadro correspondiente y presentar los siguientes documentos anexos:
1.- Comprobante de pago.
2.- Documentos de Reglas de Uso (en su caso).
3.- Fe de Hechos.
Los documentos que acreditan el uso efectivo del nombre comercial aplicado a un giro determinado, son aquellos que demuestran quien es el propietario del negocio, local o establecimiento identificado con el nombre comercial que se solicita publicar; que comprueban que el giro al que se dedica el negocio es el que se señaló en la solicitud; que confirman que efectivamente en el domicilio que se indicó se ubica el establecimiento; que evidencian que en la fecha que se apuntó, se empezó a usar el nombre comercial; y que legal y visiblemente dan fe de todo lo anterior, teniéndose que anexar fotografías recientes de la fachada donde se ostente dicho nombre comercial.
Estos documentos se consiguen de la siguiente manera:
Es necesario ir con un Notario o Corredor Público y solicitar una Fe de Hechos.
La Fe de Hechos es un documento público suscrito ante un Notario o Corredor Público, e integrado por la narración de los hechos percibidos por ellos; dando así exactitud, integridad, solemnidad y eficacia probatoria al hecho o instrumento que emiten.
Diferencias
Las diferencias más importantes son:
• Los nombres comerciales, no requieren de la emisión de un título expedido por el IMPI, como es el caso de la marca y el aviso comercial. Sólo es necesario solicitar la publicación del mismo.
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