BURO DE ENTIDADES FINANCIERA
Enviado por Jose Manuel Fdz • 15 de Noviembre de 2016 • Apuntes • 1.700 Palabras (7 Páginas) • 276 Visitas
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TEMA.- BURO DE ENTIDADES FINANCIERA (BEF)
DERECHO MERCANTIL III SISTEMA DE INTERMEDIACION FINANCIERA
CLAVE DE MATERIA D1052 CLAVE DE GRUPO 1606BM
INTEGRANTES.-
ALCALA VALADEZ JONATHAN RICARDO
HERNÁNDEZ FERNÁNDEZ JOSÉ MANUEL
LIMON MORA BRYAN EFRAIN
MENDOZA VALDEZ RICARDO
SALAZAR AGUILAR ENRIQUE
FECHA DE ENTREVISTA 13 DE SEPTIEMBRE DE 2016
BITACORA
Para la realización de esta entrevista acudimos el día 8 de Septiembre de 2016 a las oficinas de la Comisión Nacional para Protección y Defensa de Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), la cual está ubicada en la calle Manuel López Cotilla N2032, en la colonia Arcos Sur, en el edificio Cima piso 2 y 4, en donde encontramos varios folletos y testimonios de los servidores públicos de donde podríamos obtener información confiable para tener una investigación completa.
Por lo cual nos recomendaron la página oficial de la dependencia, donde podríamos encontrar información sustentable para involucrarnos más, así como para comenzar una investigación más minuciosa del Buro de Entidades Financieras (BEF), al momento de remitirnos a dichas fuentes surgieron varias dudas las cuales mencionaremos y desmenuzaremos más a delante.
El día 9 del mes y año presente nos reunimos en la biblioteca del Centro Universitario UTEG, para seguir con la información adentrándonos en las fuentes que los servidores nos mencionaron, primeramente revisamos la página oficial de la Comisión Nacional para Protección y Defensa de Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) en la cual encontramos que nos brinda los servicios para que los usuarios cuenten con la información necesaria y puedan elegir el producto o servicio financiero, comisiones y tasas ideales, a su vez se lograra identificar la distinción de quienes pueden ser confiables como lo son el banco, seguros, sociedades financieras, cajas de ahorro, AFORES entre otras entidades. Con ello podremos comparar y evaluar a las entidades financieras, sus productos y servicios las cuales tendrán mayores elementos para elegir la que más le convenga al usuario, así mismo para que las entidades de institución financiera tenga la oportunidad de que mejoren y sean más eficientes tanto a clientes como a los mismos usuarios.
Conforme indagábamos la información, nos dimos cuenta de que era necesario avocarnos en las leyes que están vinculadas con el Buro de Entidades Financieras (BEF) las cuales tienen una gran variedad de información relacionada al tema para recabar.
ANTECEDENTES
Aunque existía una ley de Comisión Nacional para Protección y Defensa de Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) no se citaba el Buro de Entidades Financieras (BEF) como tal, pero si mencionaba que Comisión Nacional para Protección y Defensa de Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) tenía la obligación de establecer y mantener la información que le proporciona las entidades financieras y autoridades competentes, registros de prestadores de servicios financieros, tal y como lo menciona el artículo 8 de la ley de la Comisión Nacional para Protección y Defensa de Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF).
Cabe mencionar que en el párrafo anterior lo citaba la ley antes de su reforma del día 10 de Enero de 2014, dicha reforma agrega el artículo 8 BIS en el cual nos menciona que la comisión nacional establecería y mantendrá un Buro de Entidades Financiera (BEF) el cual se integra con la información que aquella haya obtenido de las instituciones financieras y de los usuarios en el ejercicio de sus atribuciones.
En el párrafo anterior nos damos cuenta que ya nace el Buro de Entidades Financiera (BEF) como tal, tienen como propósito contribuir a un nuevo equilibrio entre las entidades financieras como bancos, aseguradoras, administradoras de fondos para el retiro, entre otros.
A su vez en el buro de entidades financieras en el artículos 11 y 56 BIS hace mención a todas la facultades de las cuales se encargara, y más adelante explicaremos, así mismo nos menciona sobre contratos de adhesión, también menciona a grandes rasgos algunos aspectos en contra y el cómo poderlo poner en la resolución de un problema con los usuarios
DESARROLLO
El Buro de Entidades Financiera (BEF), primero se crea, con su decreto publicado en el diario oficial de la federación el 10 de Enero del 2014, para reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones en materia financiera y se expide la ley para regular las agrupaciones financieras de Ley de la Comisión Nacional para Protección y Defensa de Usuarios de Servicios Financieros donde se anexa el artículo 8 bis en donde cita lo siguiente:
Artículo 8o. Bis.- La Comisión Nacional, establecerá y mantendrá un Buró de Entidades Financieras, el cual se integrará con la información que aquella haya obtenido de las Instituciones Financieras y de los Usuarios en el ejercicio de sus atribuciones, así como la que le proporcionen las autoridades competentes. Su organización y funcionamiento se sujetará a las disposiciones que al efecto expida la propia Comisión Nacional.
Así nos damos cuenta que nace un órgano el cual tiene la función de informar de una manera más especializada, tener una relación para los usuarios y servicios financieros, cabe destaca que ya estaba mencionada la función de mantener informados a los usuarios de servicios financieros.
Con esto quedó asentado la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros impondrá y mantendrá un Buró de Entidades Financieras relacionado a los productos que ofrecen, así como para establecer los términos mediante los cuales dichas Entidades deberán publicar a través de su portal de internet y en sus sucursales, la información que sobre ellas conste en el Buró de Entidades Financieras, sus comisiones, sus prácticas, sus sanciones administrativas, sus reclamaciones, y toda información que resulte importante para informar a los Usuarios en el desempeño de la prestación de sus servicios y contribuir la adecuada toma de decisiones de los Usuarios,
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