Concepto | Desde | Hasta | Día Pago Máximo | Cuantía y Disposición Legal | Beneficiarios y Aspectos Particulares |
Sueldos | 1er día del mes | Último día del mes | Hasta el 05 del mes siguiente | - Art. 1 del Acuerdo Ministerial se menciona que se fija el SBU del trabajador en general en $425
| - Todos los trabajadores bajo relación de dependencia
- Afiliación al IESS
- Incluye seguro médico, vacaciones, días d enfermedad, jubilación
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Salarios | 1er día del mes | Último día del mes | Hasta el 05 del mes siguiente | - Art. 1 del Acuerdo Ministerial se menciona que se fija el SBU del trabajador en general en $425
| - Todos los trabajadores bajo relación de dependencia
- Afiliación al IESS
- Incluye seguro médico, vacaciones, días d enfermedad, jubilación
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Horas Extras | 4h en 1 día | 12h semanales o 48 al mes | Fecha de pago de sueldos y salarios | - Hasta 24h00, re cargo del 50%
- Entre las 24h00 y 6h00 y feriados, sábados y domingos 100% recargo
- Salario diario de 8h, sobre esto se aplica recargo
| - Forma parte del ingreso Gravable
- Requiere autorización de la inspectoría del trabajo
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Subsidio Familiar | Mensual | Mensual | Conjuntamente con sueldo y salario | Cantidad acordada por cada carga familiar (hijos menores 18 años o mayores de edad discapacitados, cónyuge que no trabaja) | - Reciben trabajadores que tienen cargas familiares
- Se fija en contratos colectivos
- Forma parte del ingreso gravable
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Aporte Patronal | 1er. día del mes | Último día del mes | Hasta 15 del mes siguiente, se debe enviar al IESS | - Sobre salario mínimo vital unificado (SBU) + otros ingresos normales
- Se aplicará el 12,15% Art. 159 Ley del IESS.
| - Tienen derecho servidores afiliados con relación de dependencia
- Exento de impuesto a la renta (IR)
- Porcentaje diferente para trabajadores del sector público, autónomos organizados y otros grupos ocupacionales
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Aporte Personal | 1er. día del mes | Último día del mes | Hasta 15 del mes siguiente, se debe enviar al IESS | - Del SBU + ingresos normales
- Se aplicará el 9.35% Art. 159 de la Ley del IESS
- Se retiene de los haberes del servidor
| - Tiene derecho servidores afiliados que laboran en relación de dependencia
- Se reduce del cálculo del IR
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Décimo Tercer Sueldo | 1 dic. 200x | 30 nov. 200x | 24 dic. 200x | - Doceava parte de ingresos normales del trabajador Art. 94 del Código del Trabajo
- Proporcional en caso de interrupción laboral
| - Recibe todo trabajador en relación de dependencia, proporcional al tiempo de trabajo
- Exento de impuesto a la renta
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Décimo Cuarto Sueldo | 1 agosto 200x – 1 marzo 200x | 31 julio 200x – 28 de febrero 200x | 15 agosto 200x – 15 marzo 200x | - Un SBU Art. 113 Código del Trabajo
- Proporcional en caso de interrupción laboral.
| - Recibe todo trabajador en relación de dependencia, proporcional al tiempo de trabajo
- Exento de impuesto a la renta
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Fondo de Reserva | 1er. día el mes | Fin de mes | Fin de mes a través de rol o envío directo al IESS, por decisión de trabajador | - Doceava parte de ingresos normales, calculado en términos de Código del Trabajo.
- Proporcional en caso de interrupción laboral
| - Todo trabajador que ha prestado sus servicios a un mismo empleador por un período superior a un año
- Exento de impuesto a la renta
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