CASA DE CULTURA
Enviado por rruiz05 • 15 de Mayo de 2014 • 1.161 Palabras (5 Páginas) • 398 Visitas
CORTE NACIONAL DE JUSTICIA- SALA DE LO PENAL
Quito,10 de mayo de 2013, las 09H00.
VISTOS.- La presente investigación se ha realizado en base a la
denuncia presentada por el señor Manuel Eduardo Bennett Vovoy, quien
manifiesta que el señor Eduardo Arturo Cervantes Ronquillo, en calidad
de Procurador Común de los ex trabajadores de Cervecería Nacional CN
S.A., en defensa de sus derechos, presentó una acción extraordinaria de
protección, en contra del señor Richard Espinoza Guzmán, Ministro de
Relaciones Laborales, por cuanto había vulnerado el principio de
igualdad de las personas, garantizado en la Constitución de la República,
• pues éste se había declarado incompetente para conocer y resolver el
reclamo administrativo que propuso el señor Cervantes. La acción
extraordinaria de Protección, correspondió su conocimiento al abogado
Pedro Iriarte Suárez, Juez Duodécimo de lo Civil y Garantías
Constitucionales del Guayas, quien aceptó Ip demanda y ordenó que el
Ministro restituyera sus derechos afectados y el pago de las utilidades
reclamadas, fallo del cual la Procuraduría General del Estado, interpuso
recurso de apelación recayendo su competencia en la Tercera Sala de
Garantías Penales de la Corte Provincial del Guayas, la cual dicta
sentencia ordenando que Cervecería Nacional pague a los trabajadores
que laboraban en los períodos 1990-2005 por concepto de utilidades la
cantidad de 90.929.135,00, más la reparación por daños inmateriales
•ocasionados a los trabajadores y sus familias. La cervecería Nacional ha
interpuesto varias acciones, a fin de impedir el cumplimiento de la
sentencia, tal es así que ha interpuesto una acción extraordinaria de
protección ante la Corte Constitucional, en la que solicita la suspensión
del cumplimiento de la sentencia como medida cautelar, acción que aún
no ha sido admitida. Por lo que a decir del denunciante, la Cervecería
¿Nacional se habría dedicado a recorrer el país en busca de jueces
prevaricadores, que contraviniendo ley expresa y con desafecto hacia
los trabajadores, han dictado resoluciones inconstitucionales
conducentes a impedir la ejecución del fallo. El señor Eduardo Arturo
Cervantes, solicitó al Juez temporal del Juzgado Duodécimo de lo Civil
de Guayaquil, abogado Juan Jiménez Galarza, el embargo de varios
bienes inmuebles de propiedad de la empresa deudora; el abogado Juan
Jiménez Galarza, Juez Temporal del Juzgado Duodécimo de lo Civil de
Guayaquil, dictó una providencia contradictoria, que entre cosas,
expresa que ante las resoluciones de suspensión de ejecución de la
sentencia formulada por los Jueces de la Niñez y Adolescencia de
Milagro de Garantías Penales de Ventanas, del Juzgado Undécimo de lo
Civil de Pichincha “no le correspondía hacer un pronunciamiento de
fondo sobre la legalidad o ilegalidad de aquellas resoluciones
provenientes de juzgados que actúan en jurisdicción constitucional y, a
la vez, no puede desconocerlas o rechazarlas” (sic), para terminar con
acatarlas en efecto para la Cervecería Nacional CN.S.A., declarando que
la sentencia está suspendida en perjuicio de los ex trabajadores.- El 26
de abril de 2013, las 09H00, el suscrito Juez Nacional avocó
conocimiento de la indagación previa y en base a la solicitud de
desestimación y archivo de la denuncia iniciada en contra de: Abg. Juan
Jiménez Galarza, Juez Temporal, Encargado del Juzgado Duodécimo de
lo Civil de Guayaquil; abogados: Julio César Ruiz Vaca, Vicente Salazar
Neira y Stevie Raúl Gamboa Valladares; y, Dr. Juan Carrión Maldonado,
formulada por la doctora Cecilia Armas E. de Tobar, Directora de
Asesoría Jurídica (e), Fiscal General del Estado Subrogante, corrió
traslado al denunciante por el plazo de dos días, a fin de que éste
exponga los fundamentos de su denuncia, de conformidad con el
artículo 39 inciso segundo del Código de Procedimiento Penal. Habiendofenecido el plazo otorgado y sin haber contestación alguna por parte del
denunciante Bennett Vovoy Manuel Eduardo, se considera lo siguiente:
PRIMERO: FUNDAMENTACIÓN DE LA FISCALÍA GENERAL DEL
ESTADO:
Las investigaciones que se han realizado, son con el fin de determinar si
el hecho denunciado
...