CASO SOLAR
Enviado por Julio Pulido Chaves • 29 de Mayo de 2021 • Examen • 837 Palabras (4 Páginas) • 115 Visitas
CASO SOLAR
El obligado tributario debe tributar en función del Impuesto de la renta de los no residentes.
La venta del inmueble sería una ganancia patrimonial ya que se como su propio nombre indica se produce una enajenación del bien y estaría sujeto a un tipo de gravamen de un 19%.
PRECIO DE VENTA: 200.000€ - PRECIO DE ADQUISICION: 60.000€ = GANANCIA: 140.000€
Por la aplicación del régimen transitorio de la Disposición Adicional 9ª de la Ley del Impuesto Sobre las Personas Físicas, en la transmisión de elementos patrimoniales no afectos a actividades económicas adquiridos antes del 31/12/1994 se posibilita la no tributación de parte de la ganancia patrimonial obtenida. Se aplican coeficientes reductores a la ganancia patrimonial.
Los días totales entre la fecha de adquisición y la fecha de venta son 10.330.
Al tratarse de una ganancia patrimonial, se calcula la parte correspondiente desde la fecha de compra y el 19/01/2006, multiplicando la ganancia obtenida por el coeficiente entre los días transcurridos desde la fecha de adquisición hasta el 19/01/2006, y los días que ha permanecido en el patrimonio del contribuyente.
Días entre la fecha de adquisición y el 19/01/2006 son 5.115.
140.000 * 5.115 / 10.330 = 69.322,36€ GANANCIAS HASTA 2006
(69.322,36 * 140.000) / 200.000 = 48.525,65€ GANANCIA REDUCCIÓN
El % de reducción al ser un inmuebles de 11,11. Se aplicaría por cada año de permanencia (redondeando por exceso) que exceda de 2 años en la fecha del 31/12/1996, en nuestro caso sería 3 años aplicando el redondeo.
(11,11% * 3 años de exceso) aplicándolo a 48.525,65€ = 16.013,47€
La base imponible sería: 140.000 – 16.013,47 = 123.986,99€
Tipo impositivo: 19%
Deuda: 23.557,53€
CASO ALAEJOS
INTERESES: Intereses cuenta corriente 350€ + intereses de obligaciones 1050€ + intereses de plazo fijo 578€ = 1978€
DIVIDENDOS: Dividendos CEPSA 670€ + dividendos REPSOL 150€ = 820€
LETRAS DEL TESORO: Precio venta 7.330€ - precio adquisición 5.850€ - gastos 410€ = 1.070€
PLAN DE JUBILACIÓN: 6.000€ / 12 meses = 500€ al mes
De jul. a dic. son 6 meses. (6 meses * 500€) = 3.000€. En el caso de rentas vitalicias, el rendimiento resultará de aplicar a cada anualidad un porcentaje en función de la edad, en éste caso como el perceptor tiene entre 60 y 65 años, sería de un 24%.
Por lo tanto el rendimiento sería: 3000€ * 24% = 720€
El rendimiento íntegro sería: 1.978 + 820 + 1.070 + 720 = 4.588€
- Gastos deducibles: Gastos por mantenimiento 65€ + gastos de la cuentas a plazo fijo 35€ =100€
El rendimiento neto sería 4.588€ - 100€ = 4.488€
CASO NOPAGO
- El salario bruto anual que percibe éste trabajado en la empresa es de 1.000€ * 15 pagas = 15.000€ brutos/año. Por lo tanto el salario medio mensual sería de 1.250€, que resultaría de dividir el bruto anual entre los 12 meses que tiene el año.
Si se dividen los 1.250€ entre los 30 días del mes, saldría un salario al día de 41.67€.
Al tratarse de un despido improcedente los días de indemnización serian 33 por año trabajado, y como lleva 5 años trabajados, el cómputo total de días indemnizables sería de 165 días.
Por último el resultado de multiplicar los días indemnizables por el salaria al día, sería el total de la indemnización, en éste caso 6.875,55€. Por lo tanto, evidentemente la opción que nos beneficiaría serían los 9.500€ ofrecidos por la empresa.
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