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CONTESTACION DE DEMANDA LABORAL INDUSTRIAS TOP S.A. DE C.V


Enviado por   •  5 de Octubre de 2015  •  Tesis  •  1.482 Palabras (6 Páginas)  •  284 Visitas

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C.C. REPRESENTANTES QUE INTEGRAN LA H. JUNTA ESPECIAL NUMERO DOCE DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y  ARBITRAJE DEL ESTADO.

P R E S E N T E S.-

        

LIC. JAVIER SOLARES REYES, mexicano, mayor de edad, sin adeudos fiscales y en mi carácter de Apoderado Jurídico de INDUSTRIAS TOP S.A. DE C.V. con domicilio ubicado en Avenida López Mateos, número 4643, norte, Fraccionamiento Díaz Ordaz en el municipio de San Nicolás de los Garza N.L. Calidad que ostento mediante Escritura Publica numero _____ firmada ante la fe del notario publico numero ____ el lic._______________ con domicilio en ___________________________,ocurro a señalar domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones en el ubicado en Calle Niños Heroes, No. 102 Altos, Colonia Zapata en el municipio de  Monterrey, N.L., ante ustedes con el debido respeto comparezco a exponer:

En principio, vengo a dar contestación a la temeraria e infundada demanda promovida en contra de mi representada INDUSTRIAS TOP S.A. DE C.V. con domicilio ubicado en la Avenida López Mateos, número 4643, norte, Fraccionamiento Díaz Ordaz en el municipio de San Nicolás de los Garza N.L., en lo que respecta a los actores BLANCA DELIA VELAZQUEZ SIERRA, NORA ELIA RAMIREZ NAVEJAR, MARIA CONCEPCION CARRIAGA RIVERA, MAGDA ALICIA CARRIAGA RIVERA, ESMERALDA GUADALUPE GALVAN CARRIAGA, MAYRA JUDITH MORENO CARRIAGA, ANA LAURA MORENO CARRIAGA, ROSALBA HERNANDEZ AGUILAR dentro del expediente laboral de número 05232/i/12/2015 radicada en esta H. Junta Especial, de la siguiente forma:

Se niega en todas y cada unas de sus partes el escrito inicial de demanda, en virtud de que los ahora actores carece del más elemental derecho para demandar a mi representado, ya que no se dan los supuestos jurídicos necesarios para tener derecho alguno para demandarlo, en virtud de que entre mi mandante y los actores no existe, ni nunca ha existido relación de trabajo alguna, ni de ninguna otra naturaleza del cual pudiera derivarse tal suposición, ya que se insiste en que los actores jamás ha estado bajo la dirección, subordinación, ni bajo la dependencia económica de mi representado, por lo que se niega lisa y llanamente relación de trabajo entre los actores y mi poderdante, contestando particularizadamente:

A LOS CONCEPTOS DE LA DEMANDA DEL ACTOR:

Resultan falsas e improcedentes en su totalidad los conceptos que invoca el actor en su escrito inicial de demanda en contra de mi representado en el apartado de petitorios correspondientes a los incisos a) al b) tales como: Reinstalación, prima vacacional, vacaciones, aguinaldo, prima de antigüedad, séptimos días, días festivos, tiempo extra, media hora (mencionado en sus hechos), salarios caídos y/o vencidos, salarios retenidos, prima dominical, inscripción retroactiva ante el Imss, Afore e Infonavit, así como los demás mencionados en el cuerpo de ese escrito, en virtud de que entre el actor y mi mandante nunca ha existido relación de trabajo.

                

EN CUANTO A LOS HECHOS DE LA DEMANDA DEL ACTOR:

            Son totalmente falsos todos los puntos de hechos narrados en la demanda por el accionante, en virtud de que entre el actor y mi representado no existe ni ha existido relación alguna de trabajo, ni de ninguna otra naturaleza de la cual pudiera derivarse una supuesta relación de trabajo, ya que no es cierto lo mencionado en estos puntos de hechos de la demanda, ya que la realidad de los hechos es que dichos accionantes nunca han estado bajo la dirección, ni bajo la subordinación, ni bajo la dependencia económica de mi representado y por ende son improcedentes las reclamaciones y las aseveraciones que hacen en su demanda, ya que son falsas en su totalidad por lo cual improceden y no deben de dárseles validez a dichas narraciones pues nunca ha existido relación de trabajo alguna entre el demandante y mi representado, siendo falso que ingresaran:  BLANCA DELIA VELAZQUEZ SIERRA, Antigüedad: 1 año 1 mes Salario, 140 pesos diarios, Puesto: Auxiliar NORA ELIA RAMIREZ NAVEJAR, Antigüedad: 1 año, Salario 140 pesos diarios, Puesto: Auxiliar MARIA CONCEPCION CARRIAGA RIVERA, Antigüedad: 8 meses, Salario 140 pesos diarios, Puesto: Auxiliar  MAGDA ALICIA CARRIAGA RIVERA, Antigüedad: 1 año, Salario: 140 pesos diarios, Puesto: Auxiliar ESMERALDA GUADALUPE GALVAN CARRIAGA, Antigüedad: 9 meses, Salario:140 pesos diario, Puesto: Auxiliar MAYRA JUDITH MORENO CARRIAGA, Antigüedad: 1 año, Salario: 140 pesos diarios, Puesto: Auxiliar ANA LAURA MORENO CARRIAGA, Antigüedad: 8 meses, Salario: 140 pesos diarios, Puesto: Auxiliar ROSALBA HERNANDEZ AGUILAR Antigüedad: 4 meses, Salario: 140 pesos diarios, Puesto: Auxiliar. Y despedidos supuestamente sus empleos el día 29 de Abril del 2015 a las 13:00 horas por el Gerente o Administrador de mi mandante, por lo que resulta falso el reclamo de salarios devengados, falso que estuvieran laborando en un horario de 9:00 a las 18:00 horas de lunes a sábado, por ende es falso algún tiempo extraordinario, pues la realidad es que los actores jamás ha tenido algún puesto, fecha de ingreso, horario de labores o salario por la simple y sencilla razón de jamás han laborado para con mi mandante, siendo falso que los actores haya estado en la modalidad de tiempo indeterminado, siendo falso que existan tarjetas de control de asistencia, en virtud de que este tipo de documentos no los tiene mi representado y por ende es falso que existan esos documentos referentes a los actores.

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