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Enviado por 765987321 • 16 de Junio de 2014 • 688 Palabras (3 Páginas) • 163 Visitas
CONTRATO DE PROMESA DE COMPRAVENTA DE INMUEBLE
JESÚS GIRALDO MAYA PECILLO mayor de edad, con domicilio permanente en la ciudad de Pasto-Nariño, identificado con cédula de ciudadanía No.87.470.917 de Buesaco (N) quien para efectos de éste contrato se denominará el PROMITENTE VENDEDOR, por una parte y por la otra parte AURA LINA MAYA CABRERA mayor de edad y con domicilio en el Municipio de Buesaco, corregimiento del Rosal del Monte, identificado con la cedula de ciudadanía No.27.144.393 de Buesaco (N) quien para efectos de este contrato se denominará la PROMITENTE COMPRADORA, manifestaron que ha decidido celebrar un contrato de PROMESA DE COMPRAVENTA de bien inmueble, en adelante la promesa, se regirá por la siguiente cláusulas:
PRIMERA.-OBJETO: El PROMITENTE VENDEDOR promete vender a la PROMITENTE COMPRADORA y éste promete comprar el bien inmueble que se describe a continuación: (un lote de terreno que se encuentra ubicado en el área rural del corregimiento Rosal del Monte, Municipio de Buesaco, con el nombre el TACASCO, con una extensión aproximada de una hectárea, descrito dentro de los siguientes linderos: POR EL PIE con carretera que conduce a la vereda San miguel, cierro de alambre. POR EL DERECHO con el señor ZENON RODRIGUEZ, cierro de alambre y camino al medio. POR LA CABECERA con la señora VERENICE CHAVEZ, cierro alambre. POR EL IZQUIERDO con el señor HERNANDO MAYA, cierro de alambre).
SEGUNDA.-TITULO: El inmueble anterior fue adquirido por el PROMITENTE VENDEDOR mediante (SUCESION) protocolizada en la escritura pública número _______ del __/__/____ de la Notaria _________ de _________ y la cual se encuentra debidamente registrada en la Oficina de Instrumentos Públicos de la ciudad de ___________ en el folio de matrícula inmobiliaria número ____________.
TERCERA.-PRECIO: El precio de Venta prometida es la suma de QUINCE MILLONES DE PESOS MCT ($15.000.000,oo), que la PROMITENTE COMPRADORA pagará al PROMITENTE VENDEDOR de la siguiente manera:
(Se aclara que a la fecha se encuentran pagados la suma de SIETE MILLONES DE PESOS MCT ($7.000.000,oo) por lo tanto se determina que a la firma de esta promesa se hará entrega de TRES MILLONES DE PESOS MCT ($3.000.000.oo) y al firmar escritura pública los CINCO MILLONES DE PESOS MCT ($5.000.000.oo) restantes.
CUARTA.-CLAUSULA PENAL: EL PROMITENTE VENDEDOR y la PROMITENTE COMPRADORA acuerdan como cláusula penal por incumplimiento a lo aquí acordado UNA MULTA de TRES MILLONES DE PESOS MCT ($3.000.000.oo),
QUINTA.-PRORROGA: El plazo para la celebración de la escritura pública de compra venta, como los valores del negocio jurídico antes mencionados, la cláusula penal y demás estipulaciones aquí pactadas, pueden prorrogarse o modificarse de común acuerdo por las partes, el cual deberá constar por escrito.
SEXTA.- ENTREGA: En la fecha de otorgamiento de la Escritura Pública a través de la cual se de
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