Conceptos Y Pagos De Prestaciones Laborales
Enviado por MALDONADO21 • 30 de Enero de 2012 • 1.566 Palabras (7 Páginas) • 2.214 Visitas
De los conceptos y cálculos para pago de prestaciones laborales en Guatemala
El siguiente artículo es relativo a los conceptos y cálculos para establecer el monto del pago por prestaciones laborales al término de los contratos de acuerdo con la legislación laboral guatemalteca. El mismo se deriva de las notas tomadas durante la conferencia relativa al tema, impartida por los Señores Olson Mérida y Nancy Lorena Ramos, ejecutivos de la Delegación del Ministerio de Trabajo y Previsión Social en Huehuetenango, Guatemala, a los estudiantes del curso de Administración de Compensaciones y Beneficios de la Carrera de Psicología Industrial y Organizacional de la Universidad Rafael Landívar en la misma ciudad. Al final del mismo se presenta un caso práctico para ilustrar el proceso en una forma sencilla.
I. Salario mínimo durante el año 2009 en Guatemala
Para efectos del cálculo de prestaciones laborales, el salario ordinario que sirve como base para el cálculo es el devengado durante los últimos 6 meses, de acuerdo con el Artículo 82 del Código de Trabajo y el Artículo 102 inciso o) de la Constitución de la República de Guatemala.
Sin embargo, el salario mínimo establecido según Acuerdo Gubernativo No. 398-2008 vigente a partir del 1 de enero del año 2009 implica los conceptos detallados en la siguiente tabla:
Concepto Monto
Ordinario Diario= Q.52.00
Ordinario Anual: (Q52.00*365 días) = Q.18,980.00
Ordinario Mensual (Q.18980.00 / 12) = Q.1,581.66
Ordinario Total = Ordinario Mensual +Bonificación Incentivo (Q1581.66 + 250.00)= Q.1,831.66
II. De la bonificación anual (bono 14)
El año de cálculo para el pago de la bonificación anual está comprendido entre el 1 de julio al 30 de junio. El 100% de la bonificación anual deberá pagarse durante la primera quincena del mes de julio.
Cuando no se cumple con el pago de dicha prestación, el Ministerio de Trabajo emite un documento de prevención para que se efectúe dicho pago no más tarde de 5 días después de la misma. En caso de incumplimiento, dicho Ministerio emprende la acción correspondiente ante el Juzgado de Trabajo. Las multas impuestas van destinadas a las Cajas del Organismo Judicial, contrario a lo que sucedía anteriormente, donde las multas iban destinadas a las cajas del Ministerio de dicho ramo.
III. Salario ordinario
En el código de trabajo, los términos salario y sueldo aplican al mismo concepto, a diferencia de su significado según las ciencias económico contables (salario por unidad y sueldo fijo). Para efectos de cálculo de prestaciones , el salario ordinario incluye además del pago en efectivo, las comisiones, ventajas económicas, participación en las utilidades, ventas o cobros que realice el patrono, pero sin que el trabajador incurra en riesgo. No se incluye en el salario ordinario la bonificación incentivo de Q.250.00.
IV. Incremento salarial (14 salarios)
En este documento se referirá con dicha terminología a la suma de los 12 salarios ordinarios mensuales durante un año, más 1 aguinaldo y 1 bonificación anual (bono 14). En otras palabras se refiere al pago total pagado al trabajador durante un año, sin la bonificación incentivo, pero con el aguinaldo y el bono 14. En conclusión: 14 salarios mensuales ordinarios.
Ejemplo gerencial:
Un trabajador percibe el salario mínimo establecido por la legislación laboral guatemalteca de Q.1,581.60. a)¿Cuál es el monto anual a presupuestar por concepto de salarios con incremento salarial?; b)¿Cuál es el salario efectivo mensual del trabajador para aplicar a los costos?; c) ¿Cuál es el salario diario del trabajador para aplicar a los costos, dado que labora 20 días mensuales?; d) ¿Cuál es el salario por hora del trabajador para aplicar a los costos, dado que labora 8 horas diarias?
a) (Q.1,581.66 x 14 salarios) =Q.22,143.24 anuales
b) (Q.22,143.24 / 12 meses) = Q. 1,845.27 mensuales
c) (Q. 1,845.27 / 20 días) = Q 92.26 diarios
d) (Q. 92.26 / 8 horas) = Q 11.53 por hora
V. Cálculo de indemnizaciones
Un trabajador tiene un plazo máximo de 30 días hábiles para reclamar la indemnización a partir de la terminación del contrato, según el Artículo 260 del Código de Trabajo de Guatemala.
La indemnización se calcula sobre la base del incremento salarial y puede calcularse por meses laborados o días laborados (se aplicará el año comercial de 12 meses o 360 días –cada mes comercial tiene 30 días en este concepto-) de acuerdo con las siguientes fórmulas:
IndemnizaciónBaseMensual = [IncrementoSalarial x MesesLaborados] / 12
Indemnización BaseDiaria = [IncrementoSalarial * DíasLaborados] / 12
Ejemplo gerencial
Calcular la indemnización para un trabajador que devenga el salario mínimo de Q.1,581.60 mensuales (Q.1,845.27 de incremento salarial), quien ha laborado para la empresa por espacio de 24 meses (dos años) a)¿Cuál es el monto utilizando la fórmula de base mensual?; b) ¿Cuál es el monto utilizando la fórmula de base diaria?
a) IndemnizaciónBaseMensual=
(Q.1,845.27 x 24 meses) / 12 = Q.3,690.54
b) IndemnizaciónBaseDiaria=
(Q.1,845.27 x 720 días) / 360 = Q. 3,690.54
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