Contrato De Donacion
Enviado por tigg • 28 de Agosto de 2011 • 1.274 Palabras (6 Páginas) • 2.373 Visitas
Por el contrato de donación una persona, conocida como donante, se obliga a transferir gratuitamente la totalidad o parte de sus bienes a otra, conocida como donatario. El donante no responde por evicción, a no ser que expresamente se obligue a ello. Para donar en nombre de otro se necesita poder especialísimo. Cuando la donación se haga para después de la muerte será considerada como una disposición de última voluntad y se regirá por lo dispuesto para el testamento.
Características
La donación se clasifica como un contrato instantáneo, de tracto sucesivo, el objeto del contrato debe estar determinado de acuerdo a su naturaleza, es de manera gratuita, también es un contrato bilateral, es formal con relación a bienes inmuebles, recae sobre un bien determinado, es principal porque existe por su mismo y dicho contrato es consensual.
Tipos de donación
Donación pura: es aquella que se otorga en términos absolutos.
Donación condicional: es la que depende de un acontecimiento incierto.
Donación remuneratoria: es aquella que se hace en atención a servicios recibidos por el donante y éste tiene acción legal para reclamarla. La donación siempre debe superar el monto del servicio.
Donación con cargo o modo, donación modal: consiste en la imposición de gravámenes al donatario o a un tercero -estipulación a favor de terceros- como contraprestación a la donación realizada.
Donación mortis causa: es aquella que está suspendida a un término, la muerte del donante, y generalmente se equipara a un legado o herencia. Debe ser válido el acto de donación como testamento; en caso contrario carece de efectos.
Donación entre cónyuges o consortes: es aquella que hace un cónyuge a favor del otro, que en algunos ordenamientos (argentino) está prohibida.
Donaciones prenupciales, antenupciales, por causa de matrimonio o propter nuptias: son aquellas hechas entre los futuros cónyuges o por algún tercero en consideración al previsto matrimonio.
Revocación
Las donaciones pueden ser revocadas, entre otros, por los siguientes motivos:
Ingratitud: generalmente comprende dos causas:
1. Cuando el donatario comete algún delito contra la persona, la honra, o los bienes del donante, ascendientes, descendientes o cónyuge.
2. Cuando el donatario no presta alimentos al donante, no teniendo éste parientes que deban hacerse cargo de él, y cuando la donación se haya hecho sin cargo.
No cumplir las cargas o gravámenes impuestos.- El donatario debe cumplir las cargas del bien, pero al no ser obligaciones personales, al renunciar al bien, se libera de toda obligación.
En casos excepcionales, por desaparición del motivo que originó la donación. Por ejemplo, donaciones prenupciales.
También existe la revocación de las donaciones en el caso de la supervivencia o superveniencia de hijos.
Especies de Donación:
1. Condicionales: Es valida la donación que se sujete a una condición siempre que la misma no resulte ser potestativa del donante. Puede tratarse de una condición suspensiva o resolutoria. Recordemos que se exige capacidad al donatario al momento de finalización del plazo. Dicho plazo debe ser cierto, en la medida de lo posible. Puede pedírsele al juez que lo fije en caso de discordancia.
1. Mortis causa´´: Son nulas como contrato y serán válidas siempre que lo sean como testamento. Por lo tanto, no son verdaderas donaciones. Un tema distinto es que se pueden pactar expresamente ciertas cláusulas en relación a la muerte, pero no por ello son donaciones mortis causa ya que esta ya esta perfeccionada. Son verdaderas causales de reversión. P. ej. Si el donante no muere en un lapso previsto o si hay premoriencia del donatario o sus herederos.
2. Mutuas: Son las donaciones que son llevadas a cabo por dos o más personas recíprocamente en un solo y mismo acto. No se exige equivalencia
...