Contrato De Venta
Enviado por elenadionicio • 3 de Marzo de 2014 • 582 Palabras (3 Páginas) • 168 Visitas
NOMBRA LOS ACTOS DE ESTADO CIVIL
De conformidad a lo que establecen las previsiones del Código Civil Dominicano, la ley No. 659 del año 1944 sobre los Actos del Estado Civil de las Personas, la Ley No. 136 sobre niños, niñas y adolescentes, los tratados y convenios internacionales de las cuales el país es signatario, así como las Resoluciones de la Junta Central Electoral, Los actos del Estado Civil constituyen el inicio y final de la vida jurídica de todos los seres humanos del mundo.
Siempre cuando se produce el nacimiento de un niño o niña en uno de los centros médicos, clínicas u hospital público, la primera orientación que recibe la madre o el padre es que debe declararlo ante la Oficialía del Estado Civil. Antes del año 2007 la situación en las oficialías era diferente, ya que para registrar un niño desde su nacimiento no se orientaba correctamente, de ahí la gran cantidad de personas que existen sin declaración de nacimiento que es lo que la Junta Electoral identifica como el sub-registro.
Contrario a lo anterior, ahora usted encuentra en todos los centros y hospitales públicos una Delegación de Oficialía, que significa otra instancia creada por la Dirección Nacional de Registro Civil, y que a su vez dependen de las Oficialías Civiles. Ejemplo en el Hospital Ricardo Limardo de Puerto Plata, existe una delegación instalada con personal designado para registrar el nacimiento de una criatura de manera inmediata al parto de la madre, esto ayuda efectivamente a la familia y está ayudando a disminuir las famosas declaraciones tardías de nacimientos.
Se ha resaltado la condición desde el nacimiento hasta la muerte porque desde el mismo momento que nace una persona la ley establece que el Estado debe otorgarle un documento que lo identifique, esto es, su acta de nacimiento. En lo adelante esa persona queda ligado como
un ombligo umbilical a la Oficialía del Estado Civil y la Junta Electoral, pues debe después sacar actas para la escuela, para el pasaporte, para un trabajo, libreta bancaria, cédula de identidad, casamiento, posibles rectificaciones, nacimientos de los hijos, adopciones, transcripciones y hasta en el inexorable momento de la desaparición física de los seres humanos, la muerte, se debe acudir a la Oficialía del Estado Civil.
Entre los actos del Estado Civil y de conformidad con las leyes 136 del año 2003, 1306-Bis sobre Divorcio, 285 del año 2004 sobre Migración y 659 del año 1944 y las resoluciones de la Junta Central Electoral que regulan todo lo concerniente a los actos de las personas tenemos:
El Acta de Nacimiento: Todo ser humano cuenta con personalidad jurídica en principio, aunque a veces no se registra ni es reconocida, esta declaración de nacimiento es inherente a la existencia humana.
La personalidad se registra en los libros de nacimiento: puede ser oportunos, pueden ser declaraciones tardías, para extranjeros
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