Contrato de venta
Enviado por j.aguilera • 24 de Junio de 2014 • Ensayo • 751 Palabras (4 Páginas) • 253 Visitas
SEXTO: Las partes convienen que si al momento de suscribirse el contrato prometido permanece impaga o por vencer alguna parte del precio, ella se entenderá exigible y vencida, y deberá pagarse al contado junto a la suscripción del contrato prometido.
En caso del promitente comprador deje de cumplir una o más de las obligaciones que asume por este instrumento, en especial que si no cumpliere con su obligación de suscribir el contrato de compraventa prometido dentro del plazo convenido, o no pagare oportunamente el total del precio antes indicado a los vencimientos señalados, el presente contrato se resolverá “ipso facto” inmediatamente. Para que opere esta resolución, bastará el requerimiento escrito que haga la promitente vendedora en tal sentido al promitente comprador, mediante carta certificada, despachada al domicilio designado en este contrato, sin necesidad de nueva notificación o gestión alguna. En este evento, el promitente comprador pagará a la promitente vendedora la suma equivalente al 10% del precio de la compraventa prometida a título de indemnización de perjuicios, que las partes avalúan en forma anticipada, como multa por éste incumplimiento. Asimismo las partes pactan expresamente que en caso que el promitente comprador no cumpla con su obligación de celebrar la compraventa dentro del plazo señalado en la cláusula precedente pagará una multa de 1 Unidades de Fomento por cada día de atraso en la suscripción del contrato prometido. La promitente vendedora queda desde ya autorizada para deducir, de las sumas que hubiere recibido a cuenta del precio de la compraventa prometida, el equivalente a las multas pactadas, debiendo restituir o bien poner a disposición del promitente comprador la diferencia, debidamente reajustada y sin intereses dentro de un plazo no superior a treinta días. Producida la resolución de la presente promesa, la promitente vendedora quedará habilitada en forma inmediata para disponer libremente de los inmuebles objeto del presente contrato, sin ningún tipo de restricción, renunciando la promitente compradora de manera anticipada a todas las acciones, reclamaciones o derechos que pudieren corresponderle.
Si por el contrario, el contrato prometido dejare de suscribirse por un hecho o culpa de la promitente vendedora, el presente contrato se resolverá “ipso facto” inmediatamente, y ésta deberá restituir a la promitente compradora las sumas que hubiere recibido a cuenta del precio de la compraventa, debidamente reajustadas.
SÉPTIMO: El inmueble se venderá como cuerpo cierto, libre de todo gravamen, prohibición, embargo o litigio pendiente, respondiendo la vendedora del saneamiento conforme a la ley. Se exceptuarán únicamente los gravámenes que ha sido necesario constituir para dotar de servicios y suministros a la vivienda. Asimismo se exceptuaran aquellos gravámenes que se constituyen para garantizar los préstamos que
...