Costos Historicos
Enviado por marcotoni01 • 4 de Marzo de 2014 • 1.149 Palabras (5 Páginas) • 266 Visitas
Pagos Anticipados
El boletín C-5, pagos anticipados, entro en vigor el 1 de octubre de 1981 con el objetivo de establecer las normas de reconocimiento de los pagos anticipados de las entidades económicas.
La NIF C-5 se fundamenta en el marco conceptual de la serie NIF A en su conjunto, especialmente en la NIF A-2, la cual define el postulado básico de asociación de costos y gastos con ingresos, dicho postulado establece que los ingresos deben asociarse con los costos y gastos que ayudaron a generarlos. Por lo tanto, los pagos anticipados deben reconocerse como activo y después se envían a resultados conforme la entidad recibe los beneficios económicos relativos, con la finalidad de lograr el enfrentamiento de los costos con los ingresos relativos.
Asimismo, esta NIF se sustenta en la NIF A-5 que contiene la definición de activo y por tanto establece las características que deben cumplirse para que una partida pueda ser reconocida como activo en el estado de posición financiera; además, dicha NIF establece que cuando un pago anticipado haya perdido su capacidad para generar beneficios económicos futuros deben enviarse a resultados del periodo como costo o gasto, cuestión que sustenta los castigos a los pagos anticipados por concepto de perdida por deterioró en su valor.
Esta NIF también se basa en la NIF A-7 para establecer la presentación del rubro de pagos anticipados dentro del estado de posición financiera, atendiendo a la presentación de partidas de corto y largo plazo en el activo circulante o en el no circulante, según corresponda.
CONCEPTO
Los pagos anticipados representan una erogación efectuada por servicios que se van a recibir o por bienes que se van a consumir en el uso exclusivo del negocio y cuyo propósito no es el de venderlos ni utilizarlos en el proceso productivo.
Ejemplos:
• Rentas de locales o equipos pagados antes de disfrutar el derecho de uso de los bienes,
• Impuesto predial y derechos pagados antes de que se hayan devengado,
• Primas de seguros y fianzas liquidadas por períodos que aún no se cumplen,
• Intereses pagados por anticipado
OBJETIVO
El objetivo de esta Norma de Información Financiera es establecer las normas de valuación, presentación y revelación relativas del rubro de pagos anticipados en el estado de posición financiera de las entidades.
ALCANCE
Las disposiciones de esta NIF son aplicables a todas las entidades que emitan estados financieros de acuerdo con lo establecido en la NIF A-3, necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros.
Esta NIF no establece el tratamiento contable, por existir normas específicas para ello, de:
A. Los anticipos de impuestos a la utilidad, ya que este tema se encuentra normado en la NIF D-4, impuestos a la utilidad
B. El activo neto proyectado derivado de los planes de beneficios a los empleados cuyo tratamiento se encuentra en la NIF D-3, beneficios a los empleados; y
C. Los intereses pagados por anticipado, ya que su reconocimiento contable se establece en las normas relativas a arrendamientos, pasivos e instrumentos financieros
PAGOS ANTICIPADOS POR BIENES
Al momento de recibir los bienes, la entidad debe reconocer el importe relativo a los pagos anticipados efectuados para su adquisición:
A. Como gastos en resultados del periodo, cuando la entidad no tenga certeza de que el bien adquirido le genera beneficios económicos futuros
B. Como parte del rubro de activo que corresponda al bien adquirido, cuando la entidad tenga certeza de que el bien adquirido le genera beneficios económicos futuros. Tal es el caso de los anticipos de inventarios, propiedades, planta y equipo y de activos intangibles así como los anticipos para la adquisición de instrumentos financieros de capital destinados a ser inversiones permanentes.
PAGOS ANTICIPADOS POR SERVICIOS
Al
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