DISTINSION DE LA EMPRESA MERCANTIL
Enviado por Qaareen_29 • 25 de Mayo de 2015 • 3.257 Palabras (14 Páginas) • 342 Visitas
DISTINSION DE LA EMPRESA MERCANTIL CON FIGURAS AFINES
1. -SOCIEDAD CIVIL
CC Artículo 2688. Por el contrato de sociedad los socios se obligan mutuamente a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización de un fin común, de carácter preponderantemente económico, pero que no constituya una especulación comercial.
EL CC tiene un criterio material, por el fin.
EN EL CIVIL SI SE MENCIONA SU NATURALEZA, ES UN CONTRATO
CC Artículo 2695. Las sociedades de naturaleza civil, que tomen la forma de las sociedades mercantiles, quedan sujetas al Código de Comercio.
SIGO SIENDO SOCIEDAD CIVIL PERO CON OBJETO MERCANTIL.
PERO SI MI OBJETO ES DE LUCRO, ES ILICITO, VA EN CONTRA DEL 2688 Y SERIA NULA Y SE PROCEDE A LA LIQUIDACIÓN.
Algunos autores dicen que es irregular porque no se puede inscribir, pero no es así, ya que no serían sociedades mercantiles.
YA LO DICE LA FRAC SEGUNDA DEL ART 2 DE COMERCIO Y LA MISMA LEY DE SOCIEDADES
**una sociedad civil no puede tener un objeto mercantil
2. SOCIEDADES IRREGULARES
¿QUE SON SOCIEDADES MERCANTILES IRREGULARES?
EL ART 2 HABLA DE LAS SOCIEDADES IRREGULARES, son las que no están inscrita.
CC Artículo 2692. Si se formare una sociedad para un objeto ilícito, a solicitud de cualquiera de los socios o de un tercero interesado, se declarará la nulidad de la sociedad, la cual se pondrá en liquidación.
Después de pagadas las deudas sociales conforme a la ley, a los socios se les reembolsará lo que hubieren llevado a la sociedad.
Las utilidades se destinarán a los establecimientos de beneficencia pública del lugar del domicilio de la sociedad.
3. - CONTRATOS ASOCIATIVOS QUE NO GENERAN PERSONALIDAD JURÍDICA
*ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN—está regulada en la LGSM
*APARCERIA RURAL
4.- CONTRATO DE FIDEICOMISO
LGTOC
Artículo 381.- En virtud del fideicomiso, el fideicomitente transmite a una institución fiduciaria la propiedad o la titularidad de uno o más bienes o derechos, según sea el caso, para ser destinados a fines lícitos y determinados, encomendando la realización de dichos fines a la propia institución fiduciaria.
SEMEJANZAS
*en los dos hay un patrimonio de afectación para un fin.
*los dos para efectos fiscales pueden ser contribuyentes
DIFERENCIAS
FIDEICOMISO SOCIEDAD MERCANTIL
-no genera a una persona moral
-los beneficiarios son los fideicomisarios que pueden ser indeterminados
-si genera una persona moral
-los beneficiarios son determinados, los socios
CONCEPTO ECONOMICO DE LA EMPRESA
La empresa es una sociedad industrial o mercantil. Es la unidad económica de base en que se desenvuelve el proceso productivo. En éste se combinan los factores productivos (trabajo, naturaleza y capital) para conseguir un producto que obtenga el máximo beneficio: económico o social, según los casos.
Las principales actividades del empresario son:
1.- La organización de la producción.
2.- El asumir riesgos.
3.- El ejercicio de una función administrativa.
Algunos sectores añaden además uno que creen de vital importancia: la Tecnología
Las empresas se forman con la finalidad principal y primordial de obtener un lucro y una ganancia. El lucro es la causa y fin de las empresas. La función social de la empresa es producir bienes y servicios para la comunidad.
Al producir riqueza la empresa cumple con su función social. Una empresa puede cumplir con otras funciones que son consecuencia de la obtención de lucro:
• Ser vínculo de creación y distribución de la riqueza.
• Crear empleos.
• Mejorar el nivel de vida de los trabajadores a través de prestaciones e incentivos.
• Generar impuestos.
Empresa privada, pública y mixta.
Hay dos clases fundamentales de empresas capitalistas: la privada y la pública, aunque podemos hablar de una tercera que consiste en la mezcla de estas dos, la empresa mixta o nacionalizada.
Las características de la empresa privada son:
• Formada por particulares, quienes ponen el capital para su funcionamiento.
• El empresario tiene libertad de acción en los métodos productivos, aunque siempre sometido a la ley.
• Los bienes y servicios que produce están destinados a un mercado, y su finalidad de funcionamiento es la obtención de beneficios. Si no obtiene beneficios a medio y largo plazo la empresa quiebra.
• El punto anterior hace que las empresas privadas estén obligadas a ser eficientes, económicamente hablando y a ofertar la mejor calidad para sobrevivir ante la competencia.
En la Empresa estatal o pública:
El Estado (central, autonómico o local) es el único propietario y empresario. Por lo general se crean con el fin de asegurar a la población ciertos bienes o servicios a precios lo más bajos posibles, aunque se produzcan pérdidas: es el caso de educación, sanidad, transportes públicos…, Así pues:
• Intervienen en áreas en donde el capital privado no muestra interés.
• Crean también puestos de trabajo con condiciones salariales legales y de igualdad.
• Funcionan incluso cuando la actividad no genera beneficios, pues su fin es prestar un servicio básico necesario a la población
FORMAS JURIDICAS DE LA EMPRESA EN EL DERECHO MERCANTIL
El Derecho Mercantil se compone de un conjunto de normas que regulan las relaciones entre los comerciantes y empresarios y los actos que surjan de su actividad económica. Nuestro Bufete de Abogados dispone de Abogados especialistas en derecho mercantil, o bien Abogados Mercantilistas, expertos Abogados que disponen de la experiencia de más de diez años en esta especialidad, disponiendo de Abogados especialistas en Concurso de Acreedores, Abogados especialistas en derecho marítimo o derecho de la navegación, Abogados especialistas en contratos mercantiles, Abogados especialistas en constitución de sociedades mercantiles (sociedad anónima, sociedad limitada, sociedad nueva empresa, sociedad unipersonal, etc.), disolución de sociedades, disolución de cooperativas, reclamación Letras de cambio, reclamación pagarés, reclamaciones deudas mercantiles, Fusión, absorción de empresas, refundición, derecho bancario, derecho de seguros, etc.
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDADES MERCANTILES
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