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Despido Justificado


Enviado por   •  25 de Mayo de 2014  •  1.661 Palabras (7 Páginas)  •  402 Visitas

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DESPIDO JUSTIFICADO

La nueva ley Orgánica del Trabajo de Los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT), en su Artículo 79 da a conocer los puntos por la cual se puede despedir a un trabajador o empleado.

Serán causas justificadas de despido, los siguientes hechos del trabajador o empleado:

- Falta de probidad (honradez, honestidad, integridad o rectitud).

- Vías de hecho, salvo en legítima defensa.

- Todo acto inmoral que ofenda al patrono o algún miembro de su familia que vivan con él.

- Omisiones o imprudencias que afecten la seguridad o higiene del trabajo.

- Inasistencia injustificada al trabajo durante tres (3) días hábiles en el período de un mes.

- Daños causado intencionalmente o con negligencia grave a mobiliarios, máquinas, herramientas, útiles de trabajo, materias primas, productos elaborados y terminados.

- Revelación de datos y secretos de manufactura, fabricación o procedimiento.

-Abandono del trabajo, como:

a) La salida intempestiva e injustificada del trabajador durante las horas laborales sin permiso del patrono.

b) La negativa de trabajar en las tareas a la que fue contratado, no se considerará abandono del trabajo, la negativa de trabajar en una labor que sea peligrosa y grave para su vida o su salud.

c) La falta injustificada de asistencia del trabajador que tuviere a su cargo alguna tarea o máquina, cuando esta falta signifique una perturbación en la marcha del proceso productivo, la prestación del servicio o la ejecución de la obra.

DESPIDO INJUSTIFICADO

El Artículo 80 de la nueva Ley Orgánica del Trabajo de Los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT), se refiere al despido indirecto o injustificado, por parte del patrono o empleador.

Causas justificadas de retiro del trabajo por parte del trabajador o empleado.

Se considerará despido indirecto o injustificado por parte del Patrono, los siguientes casos:

- Falta de probidad (honradez, honestidad, integridad o rectitud).

- Todo acto inmoral que ofenda al trabajador o algún miembro de su familia que vivan con él.

- La sustitución del patrono cuando el trabajador considere inconveniente la sustitución para sus intereses.

- Omisiones o imprudencias que afecten la seguridad o higiene del trabajo.

- Cualquier acto que constituya falta grave a las obligaciones que le impone la relación de trabajo.

- La exigencia que haga el patrono o empleador al trabajador, a que realice un trabajo distinto al que está obligado por el contrato o por la Ley, o que sea incompatible con la dignidad y capacidad profesional del trabajador, como también obligarlo a cambiar de residencia, salvo que en el contrato laboral se haya especificado lo contrario o por la naturaleza del trabajo sea necesario el cambio de residencia del trabajador.

- La reducción del salario o cambio del trabajador a un puesto inferior.

- El cambio arbitrario del horario de trabajo.

- Cualquier otro hecho que alteren las condiciones del trabajo.

Hay excepciones, no se considerará como despido injustificado o indirecto:

- Transferir nuevamente al trabajador a su puesto anterior, una vez sometido al período de prueba a un puesto superior, que no exceda los 90 días.

- Transferir nuevamente al trabajador a su puesto anterior, después de haber desempeñado temporalmente, por un tiempo no mayor a 180 días, un puesto superior por falta del titular de dicho puesto.

- El traslado temporal del trabajador por un lapso que no exceda los 90 días, a un puesto inferior, dentro de su propia ocupación y con su sueldo anterior, en caso de emergencia.

Retiro

Según la Ley Orgánica del Trabajo vigente el trabajador puede terminar la relación laboral por su retiro justificado o por las causales de retiro injustificado, o por voluntad común de las partes o causa ajena a la voluntad de ambas.

La terminación de la relación laboral se encuentra tutelada entre los artículos 98 al 111 de la LOT, específicamente el artículo 100establece que el retiro o la renuncia es la "manifestación de voluntad del trabajador de poner fin a la relación de trabajo" y será justificado cuando se funde en una causa prevista por la misma ley, con los efectos patrimoniales equiparados a los del despido injustificado.

egún el artículo 101 "cualquiera de las partes podrá dar por terminada la relación de trabajo, sin previo aviso, cuando exista causa justificada para ello", pero también aclara que "esta causa no podrá invocarse si hubieren transcurrido treinta (30) días continuos desde aquel en que el patrono o el trabajador haya tenido o debido tener conocimiento del hecho que constituya causa justificada para terminar la relación por voluntad unilateral".

Retiro injustificado del trabajo

Aunque este término no se emplea en la Ley Orgánica del Trabajo, se considera un retiro injustificado cuando el trabajador termina la relación laboral sin que el patrono haya incurrido en alguna falta contemplada en la ley. Por ejemplo, en el caso del abandono del trabajo.

Terminación de la relación de trabajo por retiro o renuncia del trabajador

Publicado por Melvin Nava el Jueves, 29 de julio del 2010, a las 04:06.

Según la Ley Orgánica del Trabajo vigente el trabajador puede terminar la relación laboral por su retiro justificado o por las causales de retiro injustificado, o por voluntad común de las partes o causa ajena a la voluntad de ambas.

La terminación de la relación laboral se encuentra

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