EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO.
Enviado por Aradia0610 • 27 de Marzo de 2012 • Informe • 1.455 Palabras (6 Páginas) • 2.238 Visitas
NIF C-1. EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO.
Esta Norma sustituye a partir de 2010, al boletín C-1.
Para su aplicación es necesario entender los siguientes términos:
Costo de adquisición. Monto pagado de efectivo o equivalentes por un activo o servicio al momento de su adquisición. Ejemplo: Compramos una mesa con un costo de $1,600.00 más IVA, el costo de adquisición es de $1,600.00
Efectivo. Es la moneda de curso legal en caja y en depósitos bancarios disponibles para la operación de la entidad; tales como, las disponibilidades en cuentas de cheques, giros bancarios, telegráficos o postales y remesas en tránsito.
Equivalentes de efectivo. Son valores a corto plazo, de gran liquidez, fácilmente convertibles en efectivo y que están sujetos a riesgos poco importantes de cambios en su valor; tales como: monedas extranjeras, metales preciosos amonedados e inversiones disponibles a la vista.
Efectivo y equivalentes de efectivo, restringidos. Son el efectivo y los equivalentes de efectivo que tienen ciertas limitaciones para su disponibilidad, las cuales generalmente son de tipo contractual o legal.
Inversiones disponibles a la vista. Son valores cuya disposición por parte de la entidad se prevé de forma inmediata, generan rendimientos y tienen riesgos poco importantes de cambios en su valor; tales como, inversiones de muy corto plazo, por ejemplo, con vencimiento hasta de tres meses a partir de su fecha de adquisición.
Valor neto de realización. Es el monto que se recibe en efectivo, equivalentes de efectivo o en especie, por la venta o intercambio de un activo.
Valor nominal. Cantidad en unidades monetarias expresada en billetes, monedas, títulos e instrumentos.
Valor razonable. Representa el monto de efectivo o equivalentes que participantes en el mercado estarían dispuestos a intercambiar para la compra o venta de un activo, o para asumir o liquidar un pasivo, en una operación entre partes interesadas, dispuestas e informadas, en un mercado de libre competencia. Cuando no se tenga un valor de intercambio accesible de la operación debe realizarse una estimación el mismo mediante técnicas de valuación.
El efectivo debe valuarse a su valor nominal, mientras que los equivalentes de efectivos deben valuarse en su reconocimiento inicial a su costo de adquisición.
Los metales preciosos amonedados deben valuarse a su valor razonable, utilizando su valor neto de realización a la fecha de cierre de los estdaos financieros. Las ganancias o pérdidas por cambios en su valor, deben reconocerse en el estado de resultados, conforme se devenguen.
Las monedas extranjeras y los equivalentes de efectivo denominados en otra medida de intercambio deben reexpresarse a la moneda de informe, utilizando el tipo de cambio con el que pudieron haberse realizado a la fecha de cierre de los estados financieros. Los efectos de tales conversiones deben reconocerse en el estado de resultados conforme se devenguen.
Las inversiones disponibles a la vista deben valuarse a su valor razonable; para tal efecto, debe utilizarse su valor neto de realización a la fecha de cierre de los estados financieros; los efectos por cambios en su valor deben reconocerse en resultados conforme se devenguen. Asimismo, los rendimientos generados por dichas inversiones deben reconocerse en resultados conforme se devenguen.
La presentación se realizará en un solo rubro en el balance general, dicho rubro, se denominará efectivo y equivalentes de efectivo.
Si hay cheques emitidos antes de los estados financieros, pero están pendientes de entrega a los beneficiarios, el monto de los mismos, debe reincorporarse al rubro de Efectivo y equivalentes de efectivo y reconocerse como un pasivo.
Cuando no se tengan convenios de compensación con la institución financiera correspondiente, los sobregiros deben mostrarse como un pasivo a corto plazo, aún cuando existan otras cuentas con saldo positivo en la misma institución.
Adicionalmente se deben realizar notas a los estados financieros, de la información siguiente:
La integración del efectivo y equivalentes de efectivo indicando, en su caso, la política de valuación y la moneda o medida de intercambio de su denominación.
En caso de efectivo y equivalentes de efectivo, restringidos, debe revelarse su importe, las razones de su restricción y la fecha probable de expiración de la restricción.
Los importes de efectivo y equivalentes de efectivo que estén destinados para fines específicos.
Los hechos posteriores a la fecha de los estados financieros que, hayan modificado sustancialmente la valuación del efectivo en moneda extranjera, en metales preciosos amonedados y en inversiones disponibles a la vista.
Dentro del efectivo y equivalentes de efectivo, la primera cuenta que se encontrará será CAJA, la cual registra los aumentos y disminuciones que tiene el efectivo y equivalentes de efectivo de una entidad económica, importante recalcar que es efectivo que se
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