EL PERITO JUDICIAL
Enviado por • 23 de Enero de 2015 • Tesis • 6.675 Palabras (27 Páginas) • 635 Visitas
Contenido
1. EL PERITO JUDICIAL 2
1.1. Definición 2
1.2. Importancia 3
1.3. Origen de la intervención del Perito Judicial 3
1.4. Clases de perito judicial 4
1.5. Impedimentos para ser perito judicial 4
1.6. El Perito Judicial 5
1.7. Objetivo del peritaje judicial 6
1.8. Importancia del peritaje judicial 6
2. EL REGISTRO DEL PERITOS JUDICIALES 7
2.1. Definición 7
2.2. Marco Legal 7
2.3. Importancia 7
2.4. Sede Funcional 7
2.5. Inscripción en el REPEJ 8
2.6. Ejercicio del Peritaje 8
2.7. Obligaciones del peritaje judicial 8
2.8. Faltas, Sanciones e impedimentos de los peritos judiciales 8
3. SELECCION DE PROFESIONALES PARA PERITOS JUDICIALES 9
3.1. Postulación 9
3.2. Evaluación y selección 10
3.3. Aprobación e inscripción 10
4. DESIGANCION DE PERITOS JUDCIALES EN PROCESOS JUDICIALES 11
4.1. Nombramiento del Perito Judicial 11
4.2. Número de Peritos Judiciales Designados 12
4.3. Aceptación del cargo 12
4.4. Excusa o abstersión 13
4.5. Subrogación 13
4.6. Tacha 13
4.7. Recusación del Perito 14
4.8. Juramentación del cargo 14
4.9. Entrega y ratificación del dictamen pericial 16
4.10. Responsabilidad del perito judicial 17
5. HONORARIOS PROFESIONALES DE LOS PERITOS JUDICIALES 17
5.1. Definición 18
5.2. Determinación del honorario profesional 18
5.3. El honorario profesional en los Peritos Judiciales 18
1. EL PERITO JUDICIAL
1.1. Definición
Según el diccionario de la Real Academia Española, la palabra perito del latín Peritus significa Sabio, experimentado, hábil o practico en una ciencia o arte.
El perito judicial es un profesional dotado de conocimientos especializados y reconocidos, a través de sus estudios superiores, que suministra información u opinión fundada a los tribunales de justicia sobre los puntos litigiosos que son materia de su dictamen. Existen dos tipos de peritos, los nombrados judicialmente y los propuestos por una o ambas partes (y luego aceptados por el juez o el fiscal), y ambos ejercen la misma influencia en el juicio.
Los peritos judiciales son capaces de ejecutar, aplicar y utilizar todas las técnicas y recursos de una forma científica para una adecuada administración de los requerimientos de su campo laboral (recolección de pruebas, aseguramiento, preservación, manejo de la cadena de custodia necesaria para esclarecer la verdad, etc.).
1.2. Importancia
Sus conocimientos resultan de la afluencia de numerosas disciplinas científicas y su función en la sociedad es delicada, valiosa y trascendental.El perito judicial tiene un rol fundamental en el proceso judicial, debido a que son las pruebas periciales, las que sostienen la responsabilidad o no en la comisión de un hecho delictivo; especialmente hoy en día con la implementación del Nuevo Código Procesal, el perito pasa a ser elemento protagónico porque el juicio oral presenta una dinámica en la cual solo un perito experimentado puede apoyar en la solución del caso.
1.3. Origen de la intervención del Perito Judicial
Se cree que el origen de la pericia, se remonta a miles de años atrás, sin embargo no es posible precisar con exactitud el año de su aparición, ni el lugar, ni quién lo aplicó por primera vez. En Grecia, no se conocen antecedentes de este medio de prueba en el Derecho Griego antiguo. Algunos autores afirman que nace al designar árbitros encargados de deslindar propiedades vecinas, a la tasación de bienes, al examen de documento y para verificar la gravidez de la mujer. Para el tratadista Florián, la pericia tiene su aparición con el Derecho Romano, donde aparece la peritación, como medio de obtener el convencimiento del Juez, y por lo tanto como medio de prueba, cuando se elimina el procedimiento in iure.
En el período Justiniano, adquiere mayor aplicación el procedimiento judicial. Propiamente dicho o procedimiento in indicio, extraordinario. En los pueblos Bárbaros, que denominaron a Europa después de la caída del Imperio Romano, no se practicó la pericia judicial, porque era incompatible con las costumbres que imperaron en materia de prueba judicial. Con los canonistas, por la influencia que ejercieron en el desarrollo del sistema procesal, reaparece la peritación, principalmente por obra de los jurisconsultos italianos en materia penal, especialmente en lo referente al homicidio.
En el proceso inquisitorio se difundió la práctica de peritación, primero en Italia y luego en el resto de Europa. En Francia, fue consagrada expresamente en la Ordenanza de Blois, en1759. Cuando se inició la era de las codificaciones, comenzó a tener consagración formal en los Códigos de
Procedimientos, también la consagró el C.P.C. Pontificio de 1817.
En cuanto a la pericia contable dentro del contexto histórico, se puede afirmar que es y corresponde al Derecho Moderno su aplicación y que debe su aparición a la relación e interacción económica de los seres humanos. Es en este sentido, que ahora la pericia no sólo se aplica en el Derecho penal, sino en todas las demás ramas del Derecho, como medio de llegar a la verdad.
En la actualidad como decimos líneas antes, no existen trabajos de investigación acerca de la formación y el ejercicio profesional del peritaje en el Perú, éste se ha desarrollado sólo gracias a la exigencia de la necesidad de la realidad. Los Peritos
Judiciales, desde antes y hasta ahora se han formado sólo con un curso de peritaje en algunas Facultades de Contabilidad o Ciencias de la Empresa o mediante cursos de extensión en otras
Facultades; resultando que los Peritos actuales tienen una formación totalmente deficitaria, salvo honrosas excepciones, cuya formación la han adquirido por su cuenta y con la experiencia adquirida con el transcurso de los años.
1.4. Clases de perito judicial
Según el código de procedimientos penales (art. 165) el código procesal civil (art. 262, 264, 269 y271) nos ilustran sobre las clases de peritos, así pues que existen tres clases de peritos judiciales: Perito de Oficio, Perito de Parte y Perito Dirimente.
a. PERITO DE OFICIO
Es cuando sin haber sido ofrecida la prueba de peritos por ninguna de las partes o litigantes el juez y el fiscal (Ministerio Público) ordenan el peritaje porque creen que se requiere de conocimientos especiales (puede ser económico, contable, financieros
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