ELABORAR UN CUADRO COMPARATIVO OBSERVACIONES ADMINISTRATIVAS
Enviado por fercho08yy • 21 de Septiembre de 2022 • Trabajo • 738 Palabras (3 Páginas) • 238 Visitas
[pic 1]LICENCIATURA EN CONTADURÍA
[pic 2]
ALUMNO:
UBALDA HERNANDEZ MARTINEZ 20180497
ACTIVIDAD:
ELABORAR UN CUADRO COMPARATIVO
DOCENTE:
I.F.F. Y C.P. JUVENTINA HERNÁNDEZ RAMIREZ.
GRADO: 10° GRUPO: A
MATERIA:
SOLVENTACIÒN DE OBSERVACIONES DE UN ENTE PÙBLICO
HUEJUTLA DE REYES HIDALGO 25 DE SEPTIEMBRE 2021
TIPOS DE OBSERVACIONES | OBSERVACIONES ADMINISTRATIVAS | OBSERVACIONES ECONÓMICAS |
O T P E C N O C | Son las que comete el ente público por Errores u Omisiones que pudiesen hacer un daño o perjuicio a la información financiera y presupuestal del patrimonio del estado. Art.109 frac. III CPEUM | Poseen un impacto económico en el cual el ente público no muestra o justifica con evidencia las operaciones realizadas, mismas que representan la erogación del gasto y se ven reflejadas en el Presupuesto de Egresos Aprobado. Art.111 Noveno Párrafo CPEUM |
S O T N E M E L E | ✔ Fundamento legal restringido: leyes y artículos que se incumplen ✔ Tipo de observación: Administrativa o económica ✔ Dirección de la observación: En donde se encuentran registradas la deficiencia ✔ Monto observado: Muestra a cuánto asciende el error ✔ Origen de la revisión: Idéntica de que estado financiero surge o parte ✔ Tipo de acción: Pliego de observaciones o de recomendaciones ✔ Error u Omisión: Se describe la deficiencia encontrada dentro de la revisión ✔ Partida observada: Muestra el nombre de la partida ✔ Número de resultado: Es el número que identifica la observación plasmada en el informe ✔ Anexos: Documentos extras que comprueben la observación | |
S E R A L I M I S
S A C I T S Í R E T C A R A C | ✔ Artículo 51.- La Auditoría Superior de la Federación, con base en las disposiciones de esta Ley, formulará a los Poderes de la Unión y entes públicos federales los pliegos de observaciones derivados de la revisión y fiscalización superior de la Cuenta Pública, en los que se determinará en cantidad líquida, la presunta responsabilidad de los infractores,la cual deberá contabilizarse de inmediato. (Ley de Fiscalización Superior de la Federación , 2000, art 51 ) ✔ Los dos son producto final del trabajo de campo del equipo de auditoría, en el cual se presentan las posibles irregularidades o deficiencias en la gestión financiera del sujeto de fiscalización ✔ El pliego de observaciones y recomendaciones son por un órgano fiscalizador ✔ Cuentan con significaciones, utilidad y oportunidad, exactitud y beneficios de la información sustentadora, calidad, objetividad, concisión, claridad y organización del contenido. ✔ Deprende de un pliego de proceso (recomendaciones ) ART.16 FRAC.16 XIV LFSF ✔ Brindan suficiente información sobre las irregularidades o deficiencias. ✔ Ambas observaciones realizan la constancia de solventacion ✔ Ambas tienen un plazo de 30 días hábiles después de haber recibido la notificación por parte de la auditoria superior para poder solventar dichas observaciones ✔ Cumplen con la función de identificar deficiencias y posibles irregularidades |
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