EXAMEN DE NORMAS DE SEGURIDAD:
Enviado por nahyra • 21 de Agosto de 2018 • Examen • 1.527 Palabras (7 Páginas) • 311 Visitas
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DIPLOMADO DE ESPECIALIZACIÓN : SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
MODULO IV : NORMAS DE SEGURIDAD
ALUMNA : NAHYRA MARILYN TARRILLO BRAVO
CODIGO MATRICULA : 9816 T
Chiclayo 22 de Abril 2016
EXAMEN DE NORMAS DE SEGURIDAD:
- Explique los aspectos que cubren las Normas de Seguridad.
Enseñanza; todas las Normas llegan a introducir, al trabajador, en los métodos y sistemas de realizar su función en la forma más segura y eficaz.
Disciplina; es creada evidentemente si tenemos en cuenta que una norma convierte a un grupo desorganizado frente a un problema concreto en un grupo que puede hacerla frente eficazmente.
Complemento para la actuación profesional; las Normas sirven de constante recuerdo de las actuaciones profesionales que deben seguirse en un determinado proceso tecnológico.
- Mencione una clasificación de las Normas de Seguridad.
Se clasifican en tres grupos:
- Normas de carácter general.
- Normas de carácter particular.
- Normas para situaciones de emergencia.
- Detalle los requisitos que deben cumplir las Normas de Seguridad para su efectivo y mayor rendimiento.
- Como primera consideración, debemos tener presente que no se debe tener a normalizar todo lo existente, es decir, un exceso de Normas puede ser casi tan perjudicial como el hecho de no tenerlas.
- Las Normas tendrán un contenido técnico que afecte a la Seguridad.
- Estas Normas que pretendemos implantar, no deben entrar en conflicto con las Leyes o reglamentos oficiales en vigor.
- El tono en que se deben redactar debe ser imperativo, de forma que no queden dudas, por lo que se refiere a la obligatoriedad de su cumplimiento.
- Antes de su elaboración deberá investigarse la verdadera necesidad de cada una de las normas propuestas, así como su alcance.
- La norma junto con otras normas o medidas adoptadas debe resolver completamente un problema.
- Toda norma debe ser corta, concisa y clara y no debe tratar de un solo tema. En aquellos casos en que la interpretación puede prestarse a confusión, esta podrá ser seguida de una aclaración o comentario.
- Exponga las características del mecanismo normalizador de la seguridad.
- Creación.
- Confección.
- Aprobación.
- Difusión – Divulgación.
- Exigir su cumplimiento.
- Señale los elementos que permiten conocer las responsabilidades.
Deber jurídicamente exigible: es decir, que el responsable puede ser demandado ante los Tribunales.
Que tiene alguien de responder: o que alguna persona física o jurídica se le puede exigir el cumplimiento que repare.
Hecho realizado: no se exige por tanto que exista un daño, sino la mera posibilidad de causarlo puede generar responsabilidad; como el conducir imprudentemente un vehículo.
Sufrir sus consecuencias: implica que debe reparar y, además, puede ser castigado.
- Mencione la magnitud de la responsabilidad del empresario en asuntos de seguridad.
El empresario tiene la facultad de dar órdenes sobre el cómo, cuándo y dónde se prestaran los trabajos de esta se deriva también una serie de responsabilidades de mando como son las que caben en ese poder de señalar lugar, tiempo y modo pero esa amplia facultad o poder directivo se deduce en un deber general de protección por el empleador hacia los empleados y por otra parte un poder disciplinario o de castigo Si el cual el poder de dirección seria vacío
El incumplimiento de cualquier norma legal que exige las condiciones de higiene y seguridad genera al empresario responsabilidades y por tanto debe responder por el daño causado o que pueda causarse al incumplir dicha norma.
- Analice las responsabilidades del operario como posible causante de un accidente de trabajo.
Toda persona que es capaz de conocer y de querer, cuando actúa, es responsable de los resultados. En definitiva, que cada cual es responsable de sus propios actos. Es por ellos precisar que en todo accidente, interviene el 100% de causa sobre el Factor Técnico y el 100% de causas sobre el Factor Humano y en consecuencia tiene diferentes tipos de responsabilidad como posible causante de un accidente de trabajo.
Responsabilidad disciplinaria; esta facultad disciplinaria que corresponde a la dirección de la empresa dependiendo de la forma jurídica que tenga la empresa ya sea individual, sociedad anónima, cooperativa, central obrera, etc. sancionaría al personal de la empresa.
Responsabilidad administrativa; el fondo de la cuestión es el mismo que respecto al hablar del empresario; infracción de las normas de seguridad e higiene y causar daño o posibilidades de causarlo.
Responsabilidad civil; aquí la obligación de reparar el daño se tiene no solo por los actos u comisiones propias, sino por los de aquellas personas de quienes se debe responder: padres por los hijos; el Estado por sus funcionarios; los empresarios por sus colaboradores.
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