ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

El comercio es una actividad que el hombre ha realizado de manera exclusiva; es decir, hay muchas actividades que realizan los animales, pero el único animal que practica el comercio es el hombre. Por ejemplo, hay animales que se organizan, producen, se


Enviado por   •  3 de Marzo de 2017  •  Apuntes  •  2.592 Palabras (11 Páginas)  •  426 Visitas

Página 1 de 11

 Derecho Mercantil

Antecedentes

El comercio  es una actividad  que el hombre ha realizado de manera exclusiva; es decir, hay muchas actividades que realizan los animales, pero el único animal que practica el comercio es el hombre. Por ejemplo, hay animales que se organizan, producen, se defienden; provocan guerras, cazan de manera organizada; hacen el amor, procrean, mantienen y protegen a su familia; otros roban, matan y hasta esclavizan.

Históricamente el hombre ha requerido de bienes para satisfacer sus necesidades; en un principio los obtuvo directamente de la naturaleza y cuando se agotaron tuvo la necesidad de producirlos; sin embargo, los individuos y las comunidades no producen todos los bienes que necesitan, unos producen bienes que otros no producen y necesitan. Pero como cada quien necesita lo que el otro produce, entonces se dio el intercambio directo de bienes en especie; por ejemplo, el hombre que producía flechas las cambiaba por pieles, por semillas, por objetos de barro que él necesitaba para su propio consumo. Este intercambio directo de bienes en especie, lo llamaban trueque.

Cuando el hombre adquirió bienes no para consumirlos sino para cambiarlos por otros, se convirtió en intermediario entre quienes los producían y quienes no los producían, pero necesitaban adquirirlos; el intermediario al hacer del comercio su actividad principal, se convirtió en comerciante y requirió de espacios físicos donde realizar el intercambio, surgió así el mercado físico y el comercio en sentido moderno.

El comercio es el intercambio de bienes y servicios que se realiza en el mercado. El comerciante es la persona física o moral que produce servicios para ofrecerlos a los consumidores o adquiere bienes para intercambiarlos con quienes los necesitan.

El comercio ha impulsado el progreso de la tecnología y del pensamiento científico, ha creado instrumentos para desarrollar su actividad,  ha realizado descubrimientos geográficos que han trascendido en la historia del hombre y el movimiento renacentista surgió entre las ciudades comerciales italianas. El comercio también ha generado ambiciones, guerras, invasiones, despojo, acumulación de riqueza, pobreza y miseria.

El hombre a través del comercio ha realizado grandes descubrimientos e inventos trascendentes como el crédito, los títulos de crédito, el dinero, la personalidad jurídica de las sociedades mercantiles; todo lo cual ha permitido el desarrollo de la ciencia y de la tecnología.

Derecho Mercantil.

El Código Babilónico de Hamurabi, data de 20 siglos antes de Cristo y reglamentó el préstamo con intereses; el contrato de sociedad; el depósito de mercancías y el contrato de comisión.

Por su parte las Leyes Rodias, tuvieron mucha influencia entre los fenicios y  regulaban el Préstamo a la Gruesa, el cual fue inventado por los griegos y utilizado por los romanos; dicho préstamo consistía en que un prestamista otorgaba crédito a un navío exportador y si el viaje concluía en feliz término, el prestamista cobraba el capital más una tasa de interés elevada; pero si el viaje fracasaba, no tenía derecho de cobrar nada. El Préstamo a la Gruesa es el antecedente más antiguo del contrato de seguro; asimismo, las Leyes Rodias regulaban la Echazón de Mercancías y concedían el derecho de indemnización a quienes sufrieran la pérdida de sus mercancías, cuando éstas se arrojaran al mar para evitar el hundimiento del buque transportador y la muerte de la tripulación. Posteriormente, las Leyes Rodias fueron incorporadas al Derecho Romano.

En cuanto al Código de Manú, éste data de dos siglos antes de Cristo, consideraba al comercio como una profesión honrada realizada por el comerciante y además regulaba la compraventa de mercancías provenientes de ultramar.

En el Derecho Romano el comercio era una actividad exclusiva de los extranjeros que iban a Roma o estaban domiciliados en ella, por esta razón el comercio estaba considerado como internacional. Además el Derecho Romano, no  diferenciaba el derecho civil del derecho mercantil, ambas ramas estaban integradas en un solo ordenamiento jurídico, llamado Corpus iuris civilis, en el cual se regulaban los derechos de los comerciantes y los derechos de los no comerciantes; las actividades financieras de la Banca, así como los derechos y obligaciones de los banqueros.

Con la caída del Imperio Romano de Occidente, el Derecho Romano también se desintegró y los pueblos que habían estado sometidos a dicho sistema jurídico, quedaron libres y se gobernaron por sus propias costumbres. Por lo tanto, los primeros que desarrollaron sus propias costumbres fueron los comerciantes marítimos; quienes desarrollaron  sus corporaciones o consulados; reglamentaron el comercio de acuerdo con sus usos y costumbres; crearon sus propios tribunales encargados de resolver los conflictos suscitados entre comerciantes y recopilaron sus normas en estatutos. Todas las corporaciones de comerciantes de las principales ciudades de Bolonia, Florencia, Milán, Venecia, Génova, Siena,  del Mediterráneo, del Mar del Norte, del Báltico, Marsella, Barcelona, Hamburgo y Lubeck, entre otras ciudades con actividades comerciales marítimas tuvieron sus propios estatutos.

Los Rooles de Olerón del siglo XII, se llamaban así porque eran hojas enrolladas, contenían las sentencias de un tribunal de la isla francesa de Olerón, se basaban en las costumbres de los comerciantes marítimos. Muchas de estas sentencias se reprodujeron en las leyes de Wisby.

El Consulado del Mar, fue una recopilación de 297 capítulos, todos ellos se referían al comercio marítimo. Fue la legislación marítima mas completa de la Edad Media.

Las Ordenanzas de Colbert o de Luis XIV (1673y 1681), fueron códigos muy completos sobre el comercio marítimo y terrestre.

El Fuero Real de Castilla del siglo XII, regulaba el Préstamo; el Naufragio de mercancías y averías.

Las Leyes del Rey Alfonso el Sabio del siglo XIII, regulaban los derechos de los comerciantes.

Las Ordenanzas de Burgos y de Sevilla regularon el comercio en los inicios de la Nueva España. En 1581 se estableció el Consulado de México, el cual también se llamó universidad de mercaderes, fue reconocido por Felipe II a través de las cedulas reales de 1592 y 1594. Dicha corporación fungía como tribunal del comercio en la Nueva España, promulgó sus propias ordenanzas, las cuales fueron aprobadas por Felipe II en 1604 y supletoriamente se aplicaron las Ordenanzas de Burgos y de Sevilla hasta 1680, a partir de entonces estuvieron vigentes las Ordenanzas de Bilbao por ser mas completas y de aplicación general a las demás Colonias de España.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (17 Kb) pdf (175 Kb) docx (20 Kb)
Leer 10 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com