Estamos Ciegos
Enviado por rega123456 • 3 de Junio de 2015 • 1.132 Palabras (5 Páginas) • 135 Visitas
DEFINICION DE DELITO
También se lo puede definir al delito como una acción de la conducta típica antijurídica y culpable; es típico por que la prohibición de estos actos debe estar plasmada en un cuerpo legal como el que sanciona el contrabando.
Es Antijurídica: porque no hay excusa o justificación que pueda influir para que esta acción no tenga responsabilidad Penal, es decir esté justificado por alguna circunstancia. Por ejemplo: legítima defensa, coerción y presión por parte de un tercero, etc.
Es Culpable porque su accionar debe responder al dolo o a la culpa, es decir con voluntad y conciencia.
"El delito o hecho punible tiene todo un proceso o desarrollo conocido como Iter Crimines, el cual tiene dos fases.”
1.1 FASE INTERNA
Como sabemos el Derecho Penal sanciona conducta y no pensamientos. Esta fase no se castiga ya que se encuentra dentro del pensamiento de la persona. Aquí hallamos 3 momentos:
1.1. Ideación.- Consiste en imaginarse el delito. Ejemplo: A quiere contrabandear mercancías en la frontera sur del Perú
1.2. Deliberación.- Es la elaboración y desarrollo del plan, apreciando los detalles y forma en que se va a realizar. Ejemplo: A utilizara un transporte que contenga fondos escondidos.
1.3. Decisión.- El sujeto decide poner en práctica el plan. Ejemplo: A decide introducir mercancía de forma ilegal, utilizando un transporte con fondo escondido durante la noche y por pasos ilegales de la frontera.
2. FASE EXTERNA:
En esta fase se exterioriza la fase interna, o sea los actos planeados por la persona se realizan en el mundo exterior con el propósito de cometer un delito. Esta fase se divide en:
2.1. Actos Preparatorios.- Son aquellos que se presentan con anterioridad a la ejecución del delito y que están dirigidos a facilitarlo. En principio, los actos preparatorios no son punibles, salvo cuando en forma independiente constituyen delito. Ejemplo: A planea introducir mercancías de forma ilegal para lo cual soborna a un Oficial de vigilancia para que le deja pasar la carga el delito presente en ese instante es el soborno.
2.2. Actos de Ejecución.- Estos aparecen con la exteriorización del pensamiento humano mediante conductas que tienen una determinada finalidad. Los actos de ejecución implican acciones u omisiones que están dirigidas a configurar el tipo penal. Ejemplo: A transporta mercancía de forma ilegal; si pasa la frontera se consuma el delito de contrabando; sise queda en medio camino los elementos del tipo no se presentan completamente, el delito queda en tentativa.
Resumimos entonces, a este nivel que la realización del delito se lleva a cabo en un proceso general que consta de dos etapas claramente diferenciadas: una primera, donde hallamos la ideación, deliberación y decisión criminal (etapa interna); y otra, que se presenta cuando el agente pone en obra la decisión(etapa externa): proveyéndose de los medios o instrumentos elegidos, con miras a crear las condiciones para lograr la obtención del fin [actos preparatorios], comienza la utilización concreta de los medios elegidos en la realización del plan [actos de ejecución]
Puede llegar a completar en su totalidad la acción descrita en el tipo, con todos sus efectos, este es, la obtención del fin típico planeado mediante los medios utilizados por el autor [consumación], y con ello lograr el objetivo que se había propuesto al cometer el delito, que se encuadra fuera de la acción típica [agotamiento].
A todo este proceso se la llama Iter Criminis (camino del delito). De estas etapas sólo entran en el ámbito de lo punible las de ejecución y consumación. (Salas Beteta, 2007).
2. DEFINICIÓN DE ILÍCITO
...