Gastos Deducibles Y No Deducibles
Enviado por APHx • 25 de Mayo de 2015 • 534 Palabras (3 Páginas) • 425 Visitas
GASTOS DEDUCIBLES:
Únicamente serán deducibles los gastos involucrados en la operación del negocio. (Milenio Digital)
Frente al panorama fiscal que entrará en vigor el próximo 2014, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMPC) de La Laguna dio conocer aquellos conceptos que podrán hacerse deducibles para beneficio de los contribuyentes.
Según Gerardo Miguel Lara González, presidente del IMCP en la región, sobre la marcha saldrán más gastos que realicen aquellos que pagan impuestos y que se podrán deducir, así como otros que no se puedan deducir, por lo que la información se irá ampliando conforme la autoridad hacendaria lo registre.
Según los gastos más comunes dentro de la operación de los negocios, se mencionan varios conceptos que entrarán con deducibilidad, así como aquellos numerados en las leyes fiscales, afirmó el especialista contable.
Únicamente son deducibles los gastos indispensables para el negocio
En la deducibilidad, la autoridad hacendaria considera únicamente aquellos conceptos que sean estrictamente indispensables para los fines del negocio.
Podrán deducirse gastos como gasolina, el pago con cheque nominativo, tarjeta de crédito, débito, transferencia electrónica, monedero electrónico. En zonas rurales donde no hay bancos se podrá pagar en efectivo.
Además del equipo de celular, de oficina, de cómputo y papelería.
El presidente del Colegio de Contadores indicó además que en la deducibilidad se considera también el equipo de transporte, si es para cuatro pasajeros, en vehículos hasta 130 mil pesos, seguro de vehículos, mientras que en camiones o camionetas de redilas no hay tope.
El pago de tenencia vehicular, el mantenimiento de vehículos, llantas, afinaciones, composturas, lavado y aspirado de vehículos.
El mantenimiento de los inmuebles también es deducible de impuestos
Dentro de la lista que muestra la Secretaría de Hacienda, se incluyen además los edificios y mantenimiento del local.
Además de la capacitación y adiestramiento, casetas de cobro, autopistas, gastos de viaje por 750 pesos diarios por persona en territorio nacional y mil 500 pesos en el extranjero.
De las comidas dentro de la ciudad se deduce un 8.5 por ciento del valor de la factura, así como los honorarios profesionales.
Los artículos de limpieza, de cafetería, la renta de local, vehículo y maquinaria, equipo de trabajo, y algunos electrodomésticos, siempre y cuando estén en el negocio y sea de utilidad para este.
Los donativos no deberán rebasar el 4 por ciento de la utilidad del ejercicio, los servicios como luz y agua, los aparatos de aire y calefactores también serán deducibles.
Gastos no Deducibles
- Medicinas.
- Artículos y servicios de belleza, collares, pulseras, peinados y maquillajes.
- Artículos de entretenimiento, películas
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