Horas Extraordinarias En Venezuela
Enviado por raiver452 • 3 de Noviembre de 2013 • 489 Palabras (2 Páginas) • 464 Visitas
HORAS EXTRAORDINARIAS.
Aclaratoria: Aun cuando lo relativo a la jornada de trabajo será aplicable a partir del 01-05-2013, lo tocante a las horas extraordinarias debe aplicarse a partir del 01-05-2012.
CONCEPTO DE HORAS EXTRAORDINARIAS:
En el campo laboral, las horas extraordinarias, también llamadas horas extras, es el tiempo durante el cual el trabajador presta sus servicios al patrono fuera de su jornada ordinaria.
Hay que saber que las horas extraordinarias son de carácter eventual o accidental para atender imprevistos o trabajos de emergencia.
LÍMITES DE LAS HORAS EXTRAORDINARIAS:
La duración efectiva del trabajo, no puede exceder de diez (10) horas diarias, lo cual incluye las horas extraordinarias.
No se puede laborar más de diez (10) horas extraordinarias semanales ni más de cien (100) horas extraordinarias al año. (Art. 178 LOTTT)
CIRCNUSTANCIAS O CONDICIONES QUE PERMITEN EL TRABAJO EN HORAS EXTRAORDINARIAS:
1-Cuando se trate de trabajos preparatorios o complementarios que deban ejecutarse necesariamente fuera de los límites señalados al trabajo general de la entidad de trabajo o empresa.
2-Trabajos que por razones técnicas no puedan interrumpirse a voluntad, o tienen que llevarse a cabo para evitar el deterioro de las materias o de los productos, o comprometer el resultado del trabajo.
3- Cuando se trate de trabajos indispensables para coordinar la labor de dos equipos que se relevan.
4-Trabajos exigidos por la elaboración de inventarios y balances, vencimientos, liquidaciones, finiquitos y cuentas.
5-Trabajos extraordinarios debido a circunstancias particulares, tales como la terminación o ejecución de una obra urgente, o atender necesidades de la población en determinadas épocas del año.
6-Trabajos especiales y excepcionales, como reparaciones, modificaciones o instalaciones de maquinarias nuevas, canalizaciones de agua o gas, líneas o conductores de energía eléctrica o telecomunicaciones.
7-En caso de accidentes ocurridos o inminentes o en caso de trabajos de urgencia que deban efectuarse en máquinas o en las instalaciones, o en otros casos de fuerza mayor. (Arts. 179 y 180 LOTTT).
PAGO DE HORAS EXTRAOIRDINARIAS.
Las horas extraordinarias serán pagadas con un recargo del cincuenta por ciento (50%) de recargo, por lo menos, sobre el salario promedio convenido para la jornada ordinaria respectiva. (Art.118 LOTTT). Recomiendo que el pago de las horas extraordinarias siempre conste en el recibo de pago que otorga el trabajador.
AUTORIZACION PARA LABORAR EN HORAS EXTRAORDINARIAS.
Para laborar horas extraordinarias se requiere la autorización previa de la Inspectoría del Trabajo.
En caso imprevisto y urgente debidamente comprobado, se podrá trabajar horas extraordinarias, de acuerdo con las disposiciones indicadas en los artículos
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