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Intermediarios Financieros 4


Enviado por   •  26 de Mayo de 2015  •  3.103 Palabras (13 Páginas)  •  412 Visitas

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1. Realiza una búsqueda de información en la que abordes los siguientes aspectos:

1. ¿Cómo se constituyen y operan las uniones de crédito?

Estas entidades financieras se dedican a gestionar financiamiento para sus agremiados dedicados a actividades de diversos giros, entre los que destacan se encuentra el agrícola, el pecuario (o agropecuario), el industrial y el comercial; pudiendo algunas ser mixtas, es decir, trabajan en dos o más rubros de actividades económicas

Se constituyen de la siguiente forma

•Asamblea de accionistas:

Es el órgano supremo de la Sociedad con amplios poderes de Administración, dominio sobre todos los activos de ésta y capacidad de acordar y ratificar operaciones que realice. Sus resoluciones son cumplidas por los administradores.

• Consejo de administración:

El Consejo de Administración de la Unión de Crédito, conforme a lo señalado en el Artículo 8° fracción VI de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, no será inferior a siete personas, que podrán desempeñar los cargos de Presidente, Secretario, Tesorero y cuatro Vocales, teniendo entre otras facultades y obligaciones, la de administrar los negocios y bienes de Sociedad.

•Gerencia:

El puesto de Gerente será cubierto por la persona que designe el Consejo de Administración, tomando en cuenta que debe reunir ciertas características y conocimientos sobre operaciones bancarias y demostrar capacitación promotora y ejecutora. Su función principal consiste en cumplir las resoluciones de la Asamblea General de Accionistas a través de las instrucciones precisas del Consejo de Administración

•Departamento financiero:

Se encarga de la obtención, manejo y canalización de los recursos, por lo cual actúa como el área financiera de la Unión

•Departamento especial:

Su función principal es ejecutar las acciones de compras, comercialización y servicios, atendiendo las necesidades y peticiones de los socios.

•Departamento administrativo:

Tiene a su cargo la supervisión oportuna y eficiente de los servicios de oficina, así como de las áreas operativas de la Unión. Las Uniones de Crédito requieren de diversos órganos y una estructura con diferentes niveles de vigilancia y comités técnicos, que les permitan llevar a cabo sus actividades y desarrollar los programas de acuerdo con las políticas establecidas para alcanzar los objetivos que se ha fijado, así como de una planeación y una continua supervisión de sus procedimientos y sistemas de operación que garanticen el cumplimiento de sus programas de trabajo cualitativa y cuantitativamente

•Órganos de vigilancia:

Comisarios: Cuentan con amplias facultades para examinar la contabilidad y demás documentos probatorios de la Sociedad, incluidos los del Consejo. Tienen derecho a asistir con voz, pero sin voto, tanto a las juntas de Consejo como a las asambleas generales de accionistas. Generalmente se nombran dos comisarios, un propietario y un suplente, pero pueden ser más.

Auditores internos: Tienen como objetivo básico la revisión de las operaciones de la Sociedad, cuidando se cumpla con todos y cada una de las políticas de control interno; por tanto, debe vigilar que exista:

a) Una adecuada protección de activos.

b) Información financiera veraz y oportuna.

c) Observancia de las políticas establecidas por la Dirección.

d) Apego al marco legal que le es aplicable como unión de crédito.

Auditores externos: Su finalidad es expresar una opinión sobre la razonabilidad de las cifras que presenten los estados financieros, que se someten a su consideración, en base a las normas de auditoría y principios de contabilidad generalmente aceptados.

Las uniones de crédito sólo podrán realizar las siguientes actividades:

I. Facilitar el uso del crédito a sus socios y prestar su garantía o aval, conforme a las disposiciones legales y administrativas aplicables, en los créditos que contraten sus socios;

II. Recibir préstamos exclusivamente de sus socios, de instituciones de crédito, de seguros y de fianzas del país o de entidades financieras del exterior así como de sus proveedores.

III. Emitir títulos de crédito, en serie o en masa, para su colocación entre el gran público inversionista, excepto obligaciones subordinadas de cualquier tipo;

IV. Practicar con sus socios operaciones de descuento, préstamo y crédito de toda clase, reembolsables a plazos congruentes con los de las operaciones pasivas que celebren;

V. Descontar, dar en garantía o negociar los títulos de crédito y afectar los derechos provenientes de los contratos de financiamiento que realicen con sus socios o de las operaciones autorizadas a las uniones de crédito, con las personas de las que reciban financiamiento, en términos de la fracción II anterior así como afectar en fideicomiso irrevocable los títulos de crédito y los derechos provenientes de los contratos de financiamiento que celebren con sus socios a efecto de garantizar el pago de las emisiones a que se refiere la fracción III;

VI. Recibir de sus socios depósitos de dinero para el exclusivo objeto de prestar servicios de caja, cuyos saldos podrá depositar la unión en instituciones de crédito o invertirlos en valores gubernamentales; VII. Recibir de sus socios depósitos de ahorro;

VIII. Adquirir acciones, obligaciones y otros títulos semejantes y aun mantenerlos en cartera;

IX. Tomar a su cargo o contratar la construcción o administración de obras de propiedad de sus socios para uso de los mismos, cuando esas obras sean necesarias para el objeto directo de sus empresas, negociaciones o industrias;

X. Promover la organización y administrar empresas industriales o comerciales para lo cual podrán asociarse con terceras personas, Estas operaciones deberán realizarse con recursos provenientes de su capital pagado y reservas de capital o de préstamos que reciban para ese fin;

XI. Encargarse de la compra y venta de los frutos o productos obtenidos o elaborados por sus socios o por terceros; XII. Comprar, vender y comercializar insumos, materias primas, mercancías y artículos diversos así como alquilar bienes de capital necesarios para la explotación agropecuaria o industrial, por cuenta de sus socios o a terceros;

XIII. Adquirir por cuenta propia los bienes a que se refiere la fracción anterior para enajenarlos o rentarlos a sus socios o a terceros;

XIV. Encargarse, por cuenta propia, de la transformación industrial o del beneficio de los productos obtenidos o elaborados por sus socios;

XV. La transformación que se señala en la fracción anterior podrá realizarse en las

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