Inversión extranjera
Enviado por alelandia • 26 de Septiembre de 2013 • Ensayo • 1.382 Palabras (6 Páginas) • 336 Visitas
Inversión extranjera
Antecedentes
Renato Ruggiero, director general de la Organización Mundial de Comercio (OMC), ha comparado las negociaciones de los acuerdos internacionales de inversiones con "la redacción de una constitución de una economía mundial única" En efecto, las reglas de inversiones incluidas en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) y en la propuesta del Acuerdo Multilateral de Inversiones (AMI) se asemejan a una constitución que determina lo que un gobierno puede o no hacer.
Ambos -el TLCAN y el borrador del AMI- se basan en el principio de "tratamiento nacional" lo cual implica que los inversionistas extranjeros sean tratados "de manera no menos favorable" que las empresas nacionales. Aunque las negociaciones sobre el AMI al interior de la OCDE parecen haberse detenido, la propuesta de borrador está claramente orientada a servir de base para cualquier capítulo de inversiones dentro del Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA). Quienes proponen el AMI también quisieran integrar esas medidas a la revisión del código de los Acuerdos sobre las Medidas en materia de Inversiones relacionadas con el Comercio (MIC, en inglés: Trade-Related Investments Measures, TRIMs) dentro de la OMC.
Todos estos acuerdos sobre inversiones están sesgados en favor de facilitar a los inversionistas transnacionales su movilidad alrededor del planeta con una interferencia mínima de los gobiernos y de las instancias reguladoras internacionales.
En este documento contraponemos un código de inversiones basado en principios que difieren fundamentalmente de los incluidos en el AMI y el TLCAN.
Principios rectores
La inversión extranjera es bienvenida a nuestros países siempre y cuando se adhiera a los reglamentos que garanticen los derechos económicos y sociales de los ciudadanos y la sustentabilidad.
Esta regulación debe ser definida democráticamente por los gobiernos en consulta con sus pueblos.
En la eventualidad de un conflicto deben tener prioridad los derechos humanos, laborales y ambientales reconocidos por convenios internacionales sobre los derechos de los inversionistas. Los países firmantes deben ratificar al menos los siguientes tratados, convenios o acuerdos internacionales: la Declaración Universal de Derechos Humanos; los convenios de la OIT sobre libertad sindical, negociación colectiva, trabajo infantil, trabajos forzosos y la nodiscriminación; la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; la Convención sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Protocolo de San Salvador y los acuerdos internacionales sobre medio ambiente, incluyendo el Protocolo de Montreal sobre Sustancias que dañan la Capa de Ozono, la Convención Basel sobre el Control de Traslados Transfronterizos de Desechos Peligrosos y el Protocolo de Kioto sobre emisiones de gas que producen el efecto invernadero.
Esta regulación debe ser pactada multilateralmente para evitar competencias desleales entre los países para atraer las inversiones. Una competencia que tiene como resultado una carrera hacia abajo es en sí injusta. Por ejemplo, si un gobierno fuese a bajar sus normas o a dejar de respetar las leyes laborales o de medio ambiente para atraer la inversión extranjera, sería culpable de competencia desleal.
Los acuerdos internacionales sobre la regulación de inversiones deben tomar en cuenta las asimetrías de poder y de desarrollo entre los países.
Los acuerdos deben respetar también la diversidad de las jurisdicciones políticas (estados, provincias, municipios y gobiernos aborígenes) existentes en algunos países.
Objetivos específicos
Regular las inversiones no debe significar la imposición de controles excesivos sobre los inversionistas o el establecimiento de protección a industrias ineficientes. Por el contrario, debe orientar la inversión y crear condiciones para permitir que ésta sirva a los objetivos del desarrollo nacional a la vez que obtenga utilidades razonables.
Los gobiernos deberán tener poder para:
Compatibilizar la necesidad de abrirse a la economía mundial con la capacidad de los países para implementar proyectos nacionales de desarrollo viables.
Estimular y atraer inversiones productivas que aumenten los vínculos entre las economías locales y la nacional; y por el contrario, desestimular aquellas que no contribuyen al desarrollo, especialmente las inversiones especulativas o de cartera de muy corto plazo que conducen al rápido flujo de capital, generando una gran vulnerabilidad y crisis económicas.
Hacer jugar a la inversión extranjera un papel activo en la creación de las condiciones macroeconómicas para el desarrollo.
Proteger a las empresas locales, pequeñas, comunitarias y familiares de la injusta competencia extranjera.
Permitir que los gobiernos reserven por ley algunos sectores
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