LEGISLACION DE LOS NEGOCIOS
Enviado por yulyrooriguez • 1 de Marzo de 2016 • Trabajo • 993 Palabras (4 Páginas) • 461 Visitas
[pic 1][pic 2]
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE NUEVO LEON
FACULTAD DE CONTADURIA PUBLICA Y ADMINISTRACION
PRODUCTO INTEGRADOR DE APRENDIZAJE
LEGISLACION DE LOS NEGOCIOS
NOMBRE: YULIANA RODRIGUEZ DE LA TORRE
MATRICULA: 1637151 GRUPO: AB
MAESTRO: JULIO CESAR
ACTA CONSTITUTIVA DE LA SOCIEDAD
“ESCUCHA MATIC PLUS S.A. DE C.V.”
[pic 3]
En la ciudad de San Nicolas de los Garza, Nuevo Leon en Los Estados Unidos Mexicano siendo las 13:30 hrs del dia diecinueve de noviembre del presente año 2015 la Srita. Yuliana Rodriguez de la Torre expresa su voluntad de llevar a cabo una asamblea general para la constitución de una sociedad denominada “ESCUCHA MATIC PLUS S.A. DE C.V.”
- La sociedad se denominara “ESCUCHA MATIC PLUS” nombre que ira seuido de las palabras “SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE” o de las siglas “S.A. de C.V.”
- La sociedad tiene como objeto:
- Armar y manufacturar “dispositivos para sorera”
- La distribución de “dispositivos para sordera”
- La duración de esta sociedad será de NOVENTA Y NUEVE AÑOS que se contaran a partir de la fecha y firma de la escritura correspondiente.
- El domicilio legal de la sociedad será la de Mision San Rafael #318, Col. Mision de Casa Blanca 2do. Sector, San Nicolas de los Garza, N.L.
- Su capital es variable, el minimo fijo es de 5,000,000 (cinco millones de pesos m.x.) representado por CIEN ACCIONES, con valor nominal de 50,000
- La sociedad es mexicana. Ninguna persona extranjera física o moral podrá tener particioacion social alguna o ser propietaria de acciones de la sociedad.
- Confieren a sus tenedores iguales derechos, correspondiendo un voto a cada una. Serán firmadas por el administrador general o en su casa por el presidente y el consejero de la administración
- Los certificados provisionales serán expedidos por el administrador general o en su caso por el consejero de la administración
CONVENIO DE PAGO
19 de noviembre de 2015
DEUDOR (A): LILIANA MARIA QUIROZ SALAS
ACREEDOR:ESCUCHA MATIC PLUS S.A. DE C.V.
Entre los ya nombrados Deudor y Acreedor mediante este documento se describe un Convenio de pago que se regirá por las siguientes clausulas.
- El Deudor reconoce deber al acreedor 100 piezas de mini aparatos amplificadores de sonido de la marca “Escucha Matic Plus” por la cantidad de $15,000.00 ( quince mil pesos 00/100 m.x.). Y pagar antes del vencimiento de un mes de este convenio.
- Debido al Incumplimiento del Deudor en el pago de su obligación con el Acreedor, se acuerda de manera mutua el siguiente plan de pagos: Pagar dos cuotas de $2500.00 (dos mil quinientos pesos 00/100 m.x), siendo un total de $5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 m.x.) que corresponderían al interés generado por la demora del pago de su deuda.
- Si el deudor incumple cualquiera de los plazos y montos fijados, el Acreedor puede iniciar inmediatamente con las acciones de embargo a cualquier pertenencia igual al costo de la deuda mas los intereses del Deudor.
Se suscribe dos copias del presente convenio al dia 19 de noviembre de 2015
FIRMAS:
___________________ ___________________
Liliana Maria Quiroz Salas “Escucha Matic Plus S.A. de C.V.”
CONTRATO DE COMPRA-VENTA DE UN VEHICULO PARA REPARTO DE MERCANCIA
...