La Ley que crea las Tarifas de los Impuestos Generales de Importación y Exportación.
Enviado por EXALVAREZ • 7 de Junio de 2015 • Síntesis • 929 Palabras (4 Páginas) • 478 Visitas
La Ley que crea las Tarifas de los Impuestos Generales de Importación y Exportación.
Esta Ley a su vez, está basada en un Sistema de Clasificación de Mercancías creado por la OMA (antes Consejo de Cooperación Aduanera de Bruselas) conocido como Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SADCM), el cual en Secciones, Capítulos, Partidas y Subpartidas, clasifica un universo de mercancías, susceptibles de comercio internacional con el objeto de que cada páis de acuerdo a sus necesidades, les establezca a cada una de las mercancías los impuestos (aranceles) que deben pagar al ser importada o exportada. Es también, esta clasificación la que le permite establecerle a la importación o exportación de las mercancías otras condiciones no arancelarias o técnicas de acuerdo a otras Leyes y disposiciones aplicables.
Hablando estrictamente de aranceles (impuestos a la importación o exportación), de acuerdo a la política de Comercio Exterior que se establezca a nivel general, el Ejecutivo le asigna a cada una de las Nomenclaturas del Sistema Armonizado, el impuesto de importación y exportación correspondiente, creando las llamadas “fracciones arancelarias”. Por dar un ejemplo, si queremos importar o exportar un motor eléctrico, lo vamos a encontrar clasificado en la nomenclatura o fracción arancelaria:
8501.10 –Motor de potencia inferior a 37.5 W
De acuerdo con la Ley de Comercio Exterior, la importación o exportación de las mercancías pueden estar gravadas con tres tipos de aranceles.
I. Ad-Valorem (Sobre el valor de la mercancía)
II. Específico (Sobre unidad de la mercancía, metro, kilogramo, pieza, etc.)
III. Mixto (Una combinación de los dos anteriores)
Sin embargo, en nuestro país, la gran mayoría de los aranceles establecidos a la importación y/o exportación de mercancías es en relación al valor.
Desde luego, actualmente nuestra política de Comercio Exterior es de tipo “semi-liberal” y los aranceles a la importación varían entre exentos y un 35% ad-valorem, y en el caso de exportación las mercancías están exentas del pago de estos, ya que lo que nos interesa es exportar. Durante muchos años, nuestra política de Comercio Exterior fue de tipo proteccionista en la cual nuestro Gobierno le establecía impuestos muy altos a las mercancías para proteger la industria nacional de la competencia de mercancías similares a las que otros países fabricaban.
Para poder importar o exportar una mercancía es básico clasificarla en la nomenclatura, codificación o fracción arancelaria que le corresponda.
El SADCM clasifica un universo de mercancías en
• 21 Secciones
• 97 Capítulos
• 1250 Partidas
• 5000 Subpartidas
Si decimos que vamos a importar o exportar una mercancía en base a la Nomenclatura o Codificación,
XI-50-01-10
Queremos decir que esa mercancía en lo particular se encuentra en la Sección XI- Capítulo 50- Partida 01- Subpartida 10 del Sistema Armonizado.
Este sistema que dicho sea de paso lo usa una gran cantidad de países en el
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