Legislacion Actividad 9
Enviado por lizhitah • 28 de Noviembre de 2013 • 308 Palabras (2 Páginas) • 894 Visitas
Actividad 9. Informe trabajo suplementario
Descripción
La legislación laboral, determina la jornada máxima legal de 8 horas diarias y 48 horas a la semana; el tiempo que se labore más allá de la permitida, constituye trabajo extra o suplementario.
Basado en lo anterior, realice un informe descriptivo que contenga la definición, porcentaje y soporte legal de los diferentes recargos que contempla la ley.
INFORME: TRABAJO SUPLEMENTARIO Y RECARGOS
Recargo nocturno, dominical o festivo es el adicional que se paga sobre el precio de la hora ordinaria cuando se trabajan horas festivas, nocturnas o dominicales. Cuando se habla de recargo nocturno se entiende que son las horas laboradas después de las 10 pm, su pago es del 35%. El domingo se entiende después de las 12 am del sábado y hasta las 12pm del domingo, su recargo al igual que el del festivo es del 75%. Si se trabaja un domingo después de las 10 pm el recargo será del 75% dominical más el 35% del recargo nocturno para un total del 110%.
El trabajo suplementario es el tiempo extra que el empleado trabaja después de que se termina su jornada ordinaria que puede ser en horas nocturnas, dominicales, festivas. Cuando dicho trabajo suplementario se de en jornada diurna el recargo que se pagara es de un 25%, si fuese en jornada nocturna será del 75%.
En dado caso que se trabajen horas extras o suplementarias en días domingos, festivos o en horario nocturno se debe pagar el recargo y adicional el trabajo suplementario. Este trabajo suplementario no se puede compensar, obligatoriamente el empleador debe pagárselo como tal.
“En resumen se tiene:
• Trabajo extra diurno: 25%
• Trabajo extra nocturno: 75%
• Trabajo extra diurno en dominical o festivo: 25% + 75% = 100%
• Trabajo extra nocturno en dominical o festivo: 75% + 75% = 150%” (Gerencie, 2011)
BIBLIOGRAFIA
Gerencie. (06 de 11 de 2011). Gerencie.com. Recuperado el 22 de 11 de 2013, de http://www.gerencie.com/trabajo-extra-o-suplementario.html
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