Ley De Cheques
Enviado por gabyazuero • 19 de Octubre de 2014 • 438 Palabras (2 Páginas) • 300 Visitas
Modificaciones al “Reglamento General de la Ley de Cheques”
A partir del 29 de septiembre de 2014 entran en vigencia los cambios al Reglamento general de la Ley de Cheques, según resolución de la Superintendencia de Bancos y Seguros. A continuación indicamos las reformas establecidas que debe tomar en cuenta para el correcto manejo de su cuenta corriente.
¿Cómo girar un cheque?
• Para llenar y firmar el cheque utilice bolígrafos de tintas oscuras que faciliten la lectura del mismo.
• El cheque no debe tener ningún sello seco o de tinta.
• El cheque no puede estar roto o deteriorado.
• El cheque no debe tener tachones ni alteraciones.
• Detallar el nombre y apellido del beneficiario claramente.
• Se debe escribir correctamente la ciudad de emisión del cheque y la fecha en el formato Lugar, AAAA-MM-DD.
• El valor del giro debe estar en números.
• El valor del giro debe estar en letras incluyendo los decimales con fracciones o completo en letras.
• La vigencia de un cheque es hasta 13 meses desde la fecha de giro.
Nuevo formato de fecha
Los cheques girados a partir del 29 de Octubre del 2014, deben cumplir con el formato de fecha en números AAAA-MM-DD, por ejemplo 2014-09-29, caso contrario serán devueltos por defecto de forma.
El formato de fecha también puede ser en letras como se indica a continuación:
• 29 de Septiembre del 2014
• 29 Septiembre 2014
• Septiembre 29, 2014
• 29 de Sept. del 2014
¿Cuándo se devuelve o se protesta un cheque?
CAUSA ESTADO DEL CHEQUE
Insuficiencia de fondos Protestado
Cuenta cerrada o cancelada Protestado
Si no tiene fondos y la firma está inhabilitada, anulada, no registrada, inconforme o tiene sellos. Protestado
Si posee fondos y la firma está inhabilitada, anulada, no registrada, inconforme o tiene sellos. Devuelto
Suspensión, anulación, revocatoria, declaración sin efecto o por caducidad del cheque. Devuelto
Sin firma del girador o del endosante Devuelto
Sin detalle de nombres y apellidos del girador o endosante Devuelto
Doble endoso Devuelto
Si se omiten: lugar de emisión, fecha, valor e importe Devuelto
Deterioro, alteración o daño del cheque Devuelto
¿Qué hacer si pierdo o daño un cheque?
En caso de pérdida, sustracción, deterioro o cheque destruido, el titular de la cuenta corriente o el beneficiario podrá solicitar al Banco:
• Suspensión transitoria del cheque, cuando el girador o portador ha perdido el cheque. La retención de fondos es de 72 horas.
• Anulación de cheque, lo solicita el titular de cuenta al Banco y deja sin efecto el cheque ya sea por pérdida
...