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Leyes Que Obligan A Llevar Contabilidad


Enviado por   •  3 de Septiembre de 2014  •  1.647 Palabras (7 Páginas)  •  1.334 Visitas

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CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL CONTADOR PÚBLICO

Este Código contiene cinco partes. La parte A establece los principios fundamentales de la ética profesional para Contadores Públicos y provee un marco conceptual que deberá aplicarse a:

a) Identificar amenazas al cumplimiento de los principios fundamentales;

b) Evaluar la importancia de las amenazas identificadas; y

c) Aplicar salvaguardas (conforme este término se define en el artículo 100.13), cuando sea necesario, para eliminar las amenazas o reducirlas a un nivel aceptable. Las salvaguardas son necesarias cuando el Contador Público determine que dichas amenazas no están a un nivel en el que es probable que un tercero razonable y bien informado concluya, ponderando todos los hechos y circunstancias específicos conocidos por el Contador Público en ese momento, que no se compromete el cumplimiento de los principios fundamentales.

El Contador Público deberá usar su juicio profesional al aplicar este marco conceptual.

Principios fundamentales

100.5 El Contador Público deberá cumplir con los siguientes principios fundamentales:

a) Integridad.

Ser leal, veraz y honrado en todas las relaciones profesionales y de negocios.

b) Objetividad.

Evitar prejuicios, conflictos de interés o influencia indebida de terceros que afecten el juicio profesional o de negocios.

c) Diligencia y competencia profesional.

Mantener el conocimiento y habilidades profesionales al nivel requerido para asegurar que un determinado cliente o la entidad para la que trabaja reciban servicios profesionales competentes, con base en los desarrollos actuales de la práctica, legislación o técnicas, y a actuar de manera diligente, de acuerdo con las técnicas y normas profesionales aplicables.

d) Confidencialidad.

Respetar la confidencialidad de la información obtenida como resultado de relaciones profesionales o de negocios y, por lo tanto, no revelar dicha información a terceros sin la autorización apropiada y específica, a menos que haya un derecho u obligación legal o profesional de hacerlo, ni usar la información para provecho personal o de terceros.

e) Comportamiento profesional.

Cumplir con las leyes y reglamentos relevantes, y evitar cualquier acción que desacredite a la profesión.

La mercadotecnia y promoción que lleven a cabo los Contadores Públicos no deberán causar mala reputación a la profesión. Los Contadores Públicos deberán ser honrados y veraces, y no:

a) Hacer afirmaciones exageradas de los servicios que pueden ofrecer, de las calificaciones que poseen, o de la experiencia que han logrado; o

b) Hacer referencias negativas o comparaciones sin fundamento, respecto al trabajo de otros colegas.

Amenazas y salvaguardas

Una relación o circunstancia puede crear más de una amenaza, y una amenaza puede afectar el cumplimiento de más de un principio fundamental. Las amenazas se pueden clasificar dentro de una o más de las siguientes categorías:

a) Amenaza de interés personal.

La amenaza de que un interés económico o de otro tipo influya de manera inapropiada en el juicio o comportamiento del Contador Público;

b) Amenaza de auto revisión.

La amenaza de que el Contador Público no evalúe de manera apropiada los resultados de un juicio previamente emitido o de un servicio prestado por él mismo, o por otra persona dentro de la firma u organización que lo emplea, que utilizará cuando forme un juicio como parte de la prestación de un servicio actual;

c) Amenaza de interceder por el cliente.

La amenaza de que el Contador Público promueva la posición de un cliente o entidad para la que trabaja cuando su objetividad se comprometa;

d) Amenaza de familiaridad.

La amenaza de que debido a una relación larga o cercana con un cliente o entidad para la que trabaja, el Contador Público coincida demasiado con los intereses de estos o sea demasiado tolerante con su trabajo; y

e) Amenaza de intimidación.

La amenaza de que el Contador Público esté impedido para actuar de manera objetiva debido a presiones reales o percibidas, incluyendo intentos de ejercer influencia indebida sobre él.

Las salvaguardas

Son acciones u otras medidas que pueden eliminarlas amenazas o reducirlas a un nivel aceptable. Se pueden dividir en dos grandes categorías:

a) Salvaguardas creadas por la profesión, legislación o reglamento

b) Salvaguardas en el entorno del trabajo.

Las salvaguardas creadas por la profesión, legislación o reglamento, incluyen:

• Requisitos educacionales, de entrenamiento y de experiencia para ejercer la profesión.

• Requisitos de educación profesional continúa.

• Reglas del gobierno corporativo.

• Normas profesionales.

• Procedimientos de monitoreo por un organismo profesional o por algún regulador y procedimientos disciplinarios.

• Revisión externa por un tercero con poderes legales, de los informes, relaciones, comunicaciones o información, producidos por el Contador Público.

SANCIONES

Según la gravedad de la falta, la sanción podrá consistir en:

a) Amonestación privada.

b) Amonestación pública

c) Suspensión temporal de sus derechos como socio

d) Expulsión

e) Denuncia ante las autoridades competentes, las violaciones a las leyes que rijan el ejercicio profesional.

El procedimiento para la imposición de sanciones, será el que se establece en los estatutos del IMCP.

CONTABILIDAD FINANCIERA

Refiere a una ciencia o una técnica cuyo objetivo es aportar información de utilidad para la toma de decisiones económicas. La contabilidad, por lo tanto, analiza el patrimonio y sus movimientos, reflejando los resultados en estados contables que resumen una situación económica.

La Contabilidad Financiera es la técnica con la que se produce de una manera sistemática información cuantitativa sobre entidades económicas.

El sistema contable consiste en un conjunto de procedimientos de las

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