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“OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR II”


Enviado por   •  9 de Febrero de 2017  •  Ensayo  •  5.573 Palabras (23 Páginas)  •  417 Visitas

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DIVISION DE CIENCIAS ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS

LICENCIATURA EN COMERCIO INTERNCIONAL

MATERIA:

“OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR II”

“EXAMEN FINAL”

Presenta: Díaz Pacheco Javier

Profesor: Dr. Ignacio Casas Fraire

 

Grado: 7°                                                                                                   Grupo:”02”    
Chapingo, Texcoco, Edo. De México, 21 de Mayo de 2016.

EXAMEN FINAL

  1. Juan Pérez, llego al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, proveniente de los Ángeles, California, en su equipaje lleva su laptop, un proyector de cañón, una impresora, dos “ipad” y su maleta con ropa y dos pares de zapatos nuevos. Sin embargo, a su llegada al aeropuerto no declaro que traía mercancía excedente, el semáforo fiscal marcó “rojo” y al momento de ser practicada la revisión le retuvieron la mercancía. ¿Es procedente que el verificador aduanero le retenga toda la mercancía? (4pts)

 No es precedente, ya que de acuerdo a la regla 3.2.3 de las Reglas Generales de Comercio Exterior todo lo que traes es parte de su equipaje, pues está legalmente permitido, salvo el ipad extra, pues sólo puede traer un equipo de cómputo, tablet o ipad, y el único artículo que pueden retenerle es el ipad extra.

  1. Santiago Manzanares desea traer de España 10 piezas de juguetes que va a presentar a un posible cliente que muestra un alto interés en los mismos, siendo muy probable que le finque un pedido muy importante. Para este fin, ¿debe Santiago estar inscrito en el Padrón de importadores como persona física? (4pts)

De acuerdo al artículo 59 sección IV de la Ley Aduanera, el señor Santiago debe estar inscrito al Padrón de Importadores ya que este es un requisito primordial para poder importar.

Además, si las piezas son iguales sí debe estar inscrito, pues de acuerdo a la Regla 3.1.26 de las RGCE nos dice que sólo puede traer dos piezas del mismo modelo tratándose de muestras y aquí son 10 piezas, pero no sabemos si todas son iguales o diferentes. Estas muestras deben cumplir con los requisitos de la misma regla

Pero si Santiago no menciona el fin de la importación, y el modelo de todos los juguetes es diferente, según la regla 1.3.1-XIV de las RGCE, Santiago puede importar diez juguetes para uso personal, sin estar inscrito en el Padrón de importadores, pero eso no es recomendable, pues Santiago estaría infringiendo la ley.

O según la regla 1.3.6 de las RGCE, las personas físicas que no estén inscritas en el Padrón de Importadores, podrán solicitar autorización para importar mercancías sin estar inscritos en el Padrón de Importadores, presentando ante la ACNCEA, una solicitud mediante el formato denominado “Solicitud de autorización a personas físicas para importar mercancía por única vez, sin estar inscrito en el padrón de importadores, de conformidad con la regla 1.3.6.”, y cumplir con lo establecido en el instructivo de trámite correspondiente.

  1. Otro cliente importante (Chedrahui) le ha solicitado muestras de bebidas alcohólicas (Whiskey) y le ha realizado un pedido de 20 litros. Santiago aún no ha concluido su inscripción en el Padrón de importadores de su empresa llamada Importadora de Vinos de Calidad SA de CV.; ¿Puede Santiago importar dicha cantidad de bebidas con un pedimento aduanal y a través de un Agente Aduanal? (4pts)

El artículo 59-IV de la Ley Aduanera, nos dice que para poder importar los individuos deben estar inscritos en el Padrón de Importadores, por ende, debe estar inscrito en el mismo.

Ya no puede hacer uso de la solicitud para importar por única vez sin estar inscrito en el Padrón de Importadores que menciona la regla 1.3.6 de las RGCE si ya la uso para la importación de los juguetes.

Pero en la regla 1.3.1 -XIV de las RGCE, nos menciona que una persona física puede importar para uso personal hasta 24 litros de bebidas alcoholicas.

  1. Las empresas de paquetería y mensajería están autorizadas para realizar importaciones sin que el importador esté inscrito en el Padrón de importadores, siempre y cuando no rebase un valor de 1,000.00 Usd. (2pts)

Es verdadero.

Con base en la regla 1.3.1 sección XVII de las RGCE, si el valor de la mercancía importada no excede los 1000 Usd puede ser importada puede ser importada por las empresas de mensajería y paquetería sin estar inscrito en el padrón de importadores.

  1. Si las mercancías vienen destinadas a una persona física podrá importarlas con pedimento siempre y cuando no rebasen los 5 mil Usd. (2pts)

Es verdadero.

Al igual que la respuesta de la pregunta anterior, si tomamos la misma regla; es decir la regla 13.1 seccion XVII de las RGCE, sí puede importar una empresa de mensajería con pedimento la mercancia destinada a una persona física, sí no rebasa los 5000 Usd.

  1. “La Divina” ha fincado un pedido a una empresa que lleva por nombre Importadora de Vinos de Calidad SA de CV. Es el primero de una serie de remesas que serán entregadas durante todo el año 2016. Importadora de Vinos de Calidad ha cerrado un contrato de compraventa con la empresa Destiled Whisky LTD localizada en Mánchester UK. Han negociado la primer remesa que consiste en los siguiente: (38 pts)

25 mil unidades de 750 Ml de Whisky Escoses marca JMK Universal-Single Malta.

El precio unitario es de: 10.00 Eur

El costo de embalaje para exportación es de 1.85 Eur

Precio ExWork: 11.85 Eur

El importador ha investigado los costos de logísticos y aduaneros para determinar el precio final del producto y determinar bajo que Incoterm le convendría realizar la compra.

Variables a considerar.

  • Costos de recolección en origen para entregar en puerto de Liverpool: €450.00
  • Costos de despacho de exportación (impuestos, derechos and custom house bróker): €258.00
  • Maniobras en exportación de carga, acomodo, ingreso a recinto etc.: €376.00
  • Transporte marítimo: €2450.00
  • Seguro de mercancía 0.7% sobre el valor factura (ExWork).
  • Impuestos de importación México (2208.30.03).
  1. Advalorem: 0%, IVA 16%, IEPS 30%, DTA (Ver Ley Federal de Derechos para determinar importe a pagar).
  2. PRV: $210.00 M.N. & CNT $57.00 M.N.
  3. Unidad de medida Lt (Litro).
  4. Maniobras de despacho Veracruz: $12759.00 M.N.
  5. Honorarios de despacho de Agente Aduanal: 45% Sobre Valor aduana y servicios complementarios de $4500.00 M.N. + IVA
  6. T/C 20.7154

Nota:

  • Tenemos la opción de utilizar un Almacén General de Deposito (Régimen de Deposito Fiscal – Anexo 13 RGCE)
  • De ser así ¿cuánto pagaría de aranceles a la importación?

Pagaría el 0%.

  • El costo del Almacén General de Deposito es de $14,000.00 + IVA mensual y sólo estará 29 días en dicho recinto.
  • El costo por extracción será de 3,900.00 + IVA y se realizarán 4 extracciones en total.

Determine las responsabilidades para el vendedor y el comprador de utilizar los Incoterms FAS y FOB.

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