Obligaciones
Enviado por denissss • 6 de Diciembre de 2013 • 972 Palabras (4 Páginas) • 301 Visitas
TEORIA DE LAS OBLIGACIONES
GENERALIDADES
CONCEPTOS
La relación que une a deudor y acreedor, se llama obligación; solo que si dicha relación se considera únicamente del lado pasivo toma el nombre de deuda u obligación, y si del lado activo, se denomina derecho personal o de crédito.
La obligación es el vinculo jurídico en virtud del cual una persona llamada deudor esta constreñida (obligada) a dar a otra, llamada acreedor, una cosa, o a realizar un hecho positivo o negativo.
ELEMENTOS DE OBLIGACION
Tres son los elementos de una obligación: lo sujetos o personas que intervienen en ella; el objeto, o sea la cosa o hecho materia de la misma, y el vínculo, es decir, la liga jurídica que se establece entre deudor y acreedor.
Sujeto: en toda obligación el acreedor es el sujeto activo, titular del derecho, en virtud del cual puede exigir el cumplimiento de la obligación. El deudor es el sujeto pasivo, o sea la persona que debe cumplir con la carga; se llama también obligado
Objeto Es la materia misma de la obligación. Este puede ser una cosa o un hecho.
ESPECIES DE OBLIGACIONES
Las obligaciones pueden dividirse, de acuerdo con su diversa naturaleza, en: naturales y civiles; divisibles e indivisibles. Señalaremos axial mismos, las civiles y mercantiles.
Obligaciones naturales y civiles son aquellas a cuyo cumplimiento no obliga la ley;
Obligación de dar, hacer y no hacer. Son obligaciones de dar, aquellas cuyo contenido es la entrega de una cosa. Son obligaciones de hacer, las que obligan a realizar un hecho; son obligaciones de no hacer, las que implican una abstención.
Obligaciones condicionales y a plazo. Son las que están sujetas, en lo que a su cumplimiento se refiere, a una condición o a un plazo
Obligaciones simples y complejas. Se caracterizan las primeras por que en ellas no hay ni pluralidad de sujetos ni de objetos; y las segundas, por que tienen varios sujetos o varios objetos.
Obligaciones divisibles e indivisibles. Son divisibles las obligaciones susceptibles de división, e indivisibles, las que no pueden sufrir esta modalidad.
Obligaciones civiles y mercantiles. Las obligaciones civiles son la materia de esta parte del curso; las mercantiles se estudian dentro del derecho mercantil; podremos afirmar de estas que son las que nacen de los actos juridicios mercantiles.
FUENTES DE LAS OBLIGACIONES
El contrato: Se llaman fuentes de las obligaciones los hechos y actos jurídicos que las originan. La fuente más abundante de obligaciones es el contrato. Este es el convenio o acuerdo de voluntades para crear, transferir o modificar obligaciones.
Los cuasicontratos: Se llaman axial los hechos voluntarios y lícitos que obligan a las personas: pero sin que haya existido un previo acuerdo de voluntades.
Los actos ilícitos: Son de dos especies: los de liítos y los cuasidelitos. Los primeros son actos u omisiones que sancionan las leyes penales. Los segundos son actos contrarios a la ley penal que causan daño a una persona: pero que se realizan sin la intención de ofenderla.
MODALIDADES DE LAS OBLIGACIONES
Obligaciones condicionales: Son aquellas cuya existencia o resolución depende de un acontecimiento futuro e incierto.
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