PLAN DE VENTAS SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL OBLIGATORIO JULIO-DICIEMBRE 2015
Enviado por sduarte • 8 de Septiembre de 2015 • Trabajo • 1.834 Palabras (8 Páginas) • 291 Visitas
UNIVERSIDAD POLITECNICA DE NICARAGUA
[pic 1]
PLAN DE VENTAS SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL OBLIGATORIO JULIO-DICIEMBRE 2015
Autores:
Lic. Steven Duarte Sequeira.
Lic. Ulises Núñez Tefel.
Docente:
Msc. Francisco Miguel Juárez Medina.
Managua, Nicaragua.
Julio 2015.
- ANTECEDENTES.
El seguro de responsabilidad civil obligatoria es creado a través de la ley 431, Ley para El Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito (22 de Enero del 2003), la cual, tiene como objetivo establecer los requisitos y procedimientos para normar el régimen de circulación vehicular dentro del territorio nacional, con relación a las autoridades de tránsito, los vehículos de transporte en general, el registro público de la propiedad vehicular, la educación y seguridad vial, la protección del medio ambiente, los seguros obligatorios, así como el otorgamiento y renovación del derecho de matricular vehicular. También establece otras disposiciones de carácter normativo dirigidas a fortalecer la protección y seguridad ciudadana.
Para los fines y efectos de la presente ley, se establece de forma obligatoria para los propietarios de vehículos automotor, sin excepción, un seguro de responsabilidad civil y el seguro de accidentes personales de pasajeros; en el caso de los vehículos de matrícula extranjera al ingresar al país deberán de adquirir el seguro correspondiente, según sea el caso. En todos los casos se procederá de acuerdo a las normativas administrativas que se establezcan al respecto. Los seguros establecidos en el párrafo anterior, deben de incluir muerte o lesiones causadas a una persona, a dos o más personas, así como los daños materiales causados a terceras personas, todo como consecuencia de los accidentes de tránsito en que se vean involucrados directa o indirectamente todos los vehículos automotores.
La vigencia de los seguros establecidos en el párrafo anterior será de un año contando a partir de la fecha en que se suscriba a póliza, salvo para los vehículos de matrícula extranjera que ingresen temporalmente al país.
Para vehículos particulares la cobertura máxima del seguro de responsabilidad civil por daños a terceros en caso de muerte o lesiones causadas a una persona es de $2,500.00, y de $5,000.00 en caso de muerte o lesiones de dos o más personas. En caso de daños materiales causados a terceras personas la cobertura máxima será de $2,500.00.
7 de abril del 2014 fue creada la ley 856, Ley de Reformas y Adiciones a la Ley 431, la cual, viene a reformar el capitulo noveno correspondientes a los seguros obligatorios para vehículos automotores y sus artículos 63, 64,67,68,69,71,76,77,78,79 y 80.
Cabe señalar que dichas reformas actualmente se encuentran vigentes y únicamente no han sido aplicadas las reformas concernientes a los artículos 63,69 respectivamente (formatos, sumas aseguradas y tarifas) es decir se siguen trabajando con las disposiciones establecidas en la ley 431, hasta nuevo aviso de la superintendencia de bancos y otras instituciones financiera (SIBOIF) la cual es la encargada de regular las operaciones de las diferentes compañías aseguradoras que operan en el país.
- INTRODUCCION.
El presente documento ha sido elaborado con el objetivo de determinar las ventas de Seguros de Responsabilidad Civil Obligatoria para el periodo Junio – Julio 2015 de la empresa Seguros América, S.A., representadas en unidades monetarias y en unidades físicas.
Dentro del documento se encontrara con la Visión, Misión y Objetivos del Servicio, así como los antecedentes los cuales nos muestran una breve reseña de lo que es, como funciona, la fecha que entro en vigencia y la duración del Seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria.
Por último se encuentra en el documento presente las conclusiones del trabajo y una serie de recomendaciones que se hacen a la empresa Seguros América, S.A. con el fin de que esta tenga un mejor desempeño y un mejor funcionamiento en el Area de Ventas.
- VISION MISION Y OBJETIVO DEL SERVICIO.
VISION.
Ser el principal proveedor en el mercado asegurador que ofrezca seguros de responsabilidad civil obligatoria de automóvil. Que brinde protección y amparo a la ciudadanía en general como consecuencia de los accidentes de tránsito en que se vean involucrados directa o indirectamente todos los vehículos automotores.
MISION.
Proveer pólizas de seguros de responsabilidad civil obligatoria de automóvil a los conductores de los diferentes tipos de vehículo automotores que circulen dentro del territorio de nacional, atraves de nuestra fuerza de ventas y por medio de los diferentes canales de distribución existente (corredurías y/o corredores individuales).
OBJETIVO DEL SERVICIO.
Proporcionar al conductor de cualquier vehículo automotor que circule en el país la protección y amparo frente a las eventuales lesiones corporales, inclusive la muerte, que pueda causar a terceras personas, así como los daños a la propiedad privada o pública.
- PROYECCION DE VENTAS.
- Ventas Años 2013-2014.
[pic 2]
- Porcentaje de Crecimiento en las Ventas.
PORCENTAJE DE CRECIMIENTO 2013-2014 | |
JULIO | 30.68% |
AGOSTO | 11.10% |
SEPTIEMBRE | 27.18% |
OCTUBRE | 23.57% |
NOVIEMBRE | 18.70% |
DICIEMBRE | 56.89% |
- Proyección de Ventas para el Año 2015.
[pic 3]
- Participación en las Ventas (Directas-Intermediarias).
DETALLE DE VENTAS 2014 | |||
| UNIDADES | UNIDADES ($) | % DE PARTICIPACION |
DIRECTOS | 3984 | 191816.34 | 70.26% |
INTERMEDIARIOS | 1686 | 80735.75 | 29.74% |
TOTAL | 5670 | 272552.09 | 100% |
- Proyección de Ventas Julio-Diciembre 2015 (Directas-Intermediarios).
[pic 4]
- Distribución de Ventas Directas.
DISTRIBUCION DE VENTAS DIRECTAS | |||
SUCURSAL | UNIDADES | UNIDADES ($) | % DE PARTICIPACION |
LAS AMERICAS | 526 | 24662 | 13.20% |
O.P. | 1851 | 90125.54 | 46.46% |
CHINANDEGA | 133 | 5901.3 | 3.34% |
JUIGALPA | 161 | 7638.5 | 4.04% |
LEON | 79 | 3715 | 1.98% |
MASAYA | 276 | 13214.5 | 6.93% |
MATAGALPA | 162 | 8168.5 | 4.07% |
ESTELI | 124 | 5701.5 | 3.11% |
MOBIL | 10 | 620 | 0.25% |
CAMINO DE ORIENTE | 198 | 10155 | 4.97% |
VENTANILLAS TRANSITO | 464 | 21914.5 | 11.65% |
TOTAL | 3984 | 191816.34 | 100% |
...