Perito Mercantil Y Contador Publico
Enviado por Amalia • 20 de Febrero de 2012 • 1.754 Palabras (8 Páginas) • 2.561 Visitas
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE HONDURAS ( UTH )
Campus: San Pedro Sula, Cortes
Asignatura: Estrategias Fiscales
Biografía: Código Tributario de Honduras
Alumna: Amalia suyapa Enamorado
Objetivo General
Investigar y entender en que consiste el impuesto al activo neto.
Investigar la aportación solidaria.
Investigar impuestos relacionados a importaciones e importaciones.
Objetivos Específicos
Comprender ampliamente en que consiste el impuesto al activo neto, cuales son los porcentajes que por ley se pueden aplicar y quienes estas exentos de dichos impuestos.
En relación a la aportación solidaria en el presente informe se muestra sobre la base la cual se calcula y que porcentaje aplica.
También se muestra un detalle en relación importaciones y exportaciones y los impuestos que se aplican.
IMPUESTO AL ACTIVO NETO
El Activo es el conjunto de todos los bienes y derechos con valor monetario que son propiedad de una empresa, institución o individuo, y que se reflejan en su contabilidad, en el balance general del contribuyente, menos las reservas por cuentas por cobrar y las depreciaciones acumuladas permitidas por la Ley de Impuesto Sobre la Renta.
En que consiste el Activo Neto
Activo Neto es el valor monetario de toda clase de Activos que posee el contribuyente, figurados en el Balance General, menos las reservas de cuentas por cobrar, las depreciaciones acumuladas permitidas por la Ley del Impto. Sobre la Renta, las reevaluaciones de activos mientras no se disponga de las mismas, es decir mientras no sea utilizada esta reserva de capital para aumentar el capital o declarar dividendos, los valores por expansión de inversión registradas como proyectos en proceso o activos fijos( muebles e inmuebles) que no estén en operación y el saldo de las obligaciones documentadas o autorizadas con socios o terceros o con instituciones financieras directamente relacionadas con el financiamiento de activos fijos que se encuentren en operación.
Se establece un Impuesto cedular anual aplicable sobre el Activo Total Neto de las personas jurídicas, domiciliadas en Honduras que tengan el carácter de comerciantes de conformidad con el Código de Comercio. El impuesto se pagará sin tener en cuenta la nacionalidad o domicilio de los titulares del activo, la región del País en que éste se localiza, el beneficiario de su uso o goce u otras circunstancias
Porcentaje que se aplica a este impuesto.
La tasa o porcentaje de este impuesto es del uno por ciento (1%) sobre el valor del activo total neto determinado en el Balance General de fecha 31 de diciembre del año imponible, y deberá declararse y pagarse dentro de los seis meses siguientes a la fecha de cierre del período fiscal común u ordinario o el especial autorizado por la Dirección General de Tributación para efectos del pago del Impuesto Sobre la Renta.
En el caso de personas jurídicas con ejercicios fiscales especiales la declaración y el pago de este impuesto se hará dentro de los tres (3) meses de finalizado el mismo.
Quienes estas exentos de este impuesto
No están obligados a pagar el impuesto establecido por esta Ley:
a) Los comerciantes cuyo activo neto anual no excede de setenta y cinco mil lempiras (L.750, 000.00);
b) Las personas naturales y jurídicas cuyos activos netos estén exclusivamente relacionados con fines de beneficencia, educativos, culturales, gremiales o dedicados a la investigación científica por cuenta de fundaciones, universidades u otras instituciones análogas, nacionales o extranjeras, aceptadas por la Dirección General de Tributación;
c) Los comerciantes en su etapa pre operativa y durante los dos años siguientes a la fecha de inicio de sus actividades. No quedarán comprendidas en este literal las Sociedades mercantiles que se hayan fusionado, transformado dividido o traspasado sus activos a otra u otras que hayan gozado total o parcialmente de este privilegio;
d) Los comerciantes que operan en las zonas libres, zonas industriales de procesamiento y zonas libres turísticas y los que se dedican a la maquila, siempre que exporten el cien o ciento (100%) de su producción fuera del área centroamericana. Para los efectos de este Artículo se entenderá por maquila el proceso productivo por medio del cual se incorpora valor agregado nacional a las mercancías internadas bajo el Régimen de Importación Temporal (RIT).
e) Los bancos, instituciones financieras y de seguros por los préstamos y descuentos, inversiones en valores, activos contingentes, primas por cobrar y reservas a
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