Propiedad Industrial
Enviado por alejandras94 • 2 de Junio de 2014 • 2.204 Palabras (9 Páginas) • 169 Visitas
PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL DE LAS EMPRESAS MEXICANAS
Introducción
La propiedad intelectual se creó con el objeto de proteger los derechos de todas aquellas personas que desarrollan una idea, un proyecto, un invento para evitar que sea robada o falsificada, que no se obtenga beneficios a expensas de estas creaciones, para promover el intercambio de información en esta materia, para facilitar la solución de controversias del tema en el sector privado, para fomentar el uso de las tecnologías de la información y de Internet, como instrumentos para el almacenamiento, el acceso y la utilización de valiosa información en este ámbito, armonizar legislaciones y procedimientos internacionales de derechos de la propiedad intelectual, y por último, para prestar servicios de tramitación para solicitudes internacionales de derechos de propiedad industrial.
Este escrito nos va a dar a conocer como se originó la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), los convenios que existen alrededor del mundo que sirven a brindar la protección jurídica de la que hablamos a todos los inventores alrededor del mundo, como se protegen los derechos de autor y la propiedad intelectual en nuestro país, el Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual, el cual son los departamentos y oficinas del gobierno que están constituidas por abogados especializados y entrenados en todas las ramas de la ciencia para defender esta materia en cuestión, así también se analizaran las lagunas mas relevantes que tienen las leyes de la Propiedad Industrial y los derechos de autor.
Orígenes de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)
La propiedad Intelectual es un mecanismo jurídico que cada vez toma mas importancia en el mundo, siendo la razón de que cada vez se forman mas organizaciones, según la Secretaria de Relaciones Exteriores, las Naciones Unidas crearon un organismo llamado Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) que mediante, la cooperación internacional, su función es fomentar la seguridad de la propiedad intelectual en el mundo (en red, párraf. 1)
Las 5 áreas fundamentales de las funciones de la OMPI son: I) por medio de la promoción de instrumentos jurídicos que administra y la armonización de legislaciones, se busca promover el respeto a la propiedad internacional; II) la colaboración técnico – jurídica a los Estados miembros y la relación con otros organismos internacionales en asuntos concernidos con la propiedad intelectual; III) la administración de investigaciones acerca de la propiedad intelectual y su difusión de información sobre la misma; IV) prestación de servicios y publicación de datos del registro internacional; y 5) la administración de las diferentes alianzas y convenios internacionales sobre la materia en cuestión (Ibíd., párr. 2).
A finales del siglo XIX, el intercambio internacional de bienes, servicios y obras de producción científica, artística y literaria a razón de un complicado sistema de legislaciones locales que dificultaba el acceso a protección jurídica adecuada. La necesidad de proteger las creaciones intelectuales, van mas allá de los limites nacionales de creadores, formó la moldura para el surgimiento del derecho internacional de la propiedad industrial y los derechos de autor (ibíd., párraf. 3 ).
La creación de la Unión de Oficinas Internacionales para la Protección de la Propiedad Intelectual (BIRPI, por sus siglas en francés) en 1893, se constituyo por la fundición de dos uniones que se organizaban en reuniones de las convenciones: la Unión de Paris en 1883 y la Unión de Berna en 1889, para primordialmente proteger la propiedad industrial y de segundo, las obras literarias y artísticas (ibíd., párr. 5).
Simultáneamente en el año de su creación, la BIRPI cambia de lugar su sede a Ginebra. Durante esta época, se administraban 4 tratados internacionales y se prolongó hasta las convenciones de la organización de reuniones internacionales, y posteriormente, por varios acontecimientos tales como la creciente participación de los Estados en la negociación de instrumentos internacionales en la materia, el incremento de adhesiones a los convenios existentes, el acuerdo de nuevos instrumentos jurídicos internacionales, entre otros. En 1967, la Convención de Estocolmo estableció la OMPI, para suceder a la BIRPI, y fue el decimocuarto organismo de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Hoy en día esta organización atiende 23 convenios y diferentes trataos internacionales, a través de los cuales busca proteger jurídicamente la propiedad intelectual y su sistema de registro (ibíd., parr.6).
Convenios que protegen la propiedad intelectual y derechos de autor
Existen muchos convenios y tratados que a través del tiempo han contribuido para defender los derechos de autor y la propiedad industrial, y defendido las creaciones de muchas personas, Pérez (2006) define y desglosa muchos de los convenios que se trataron:
I. El Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial: fue firmando en 1883, donde se suscribieron once países con el objetivo de proteger a sus nacionales, y es hasta el 7 de septiembre de 1903 cuando México se adhiere a este convenio. Se obliga a los países miembros del convenio a incluir en sus legislaciones internas las normas generales que lo informan, quedando acreditados para prever sus aspectos de detalle y reglamentarios. La base orientadora del Convenio de París, de la mayoría de las disposiciones sobresalen las siguientes:
A. El tratado nacional, el Estado contratante en virtud debe dar a los nacionales de los miembros remanentes, los mismos derechos que a sus habitantes.
B. El principio de prioridad, es donde una persona solicita una patente en alguno de los países contratantes, goza de prioridad durante una año para realizar el registro en los restantes, que disminuye a seis meses en caso de ser marca, dibujo o diseño industrial.
C. El principio de independencia, dentro de un país la concesión de una patente, no existe el derecho de ser patentado en los demás países
D. El principio de agotamiento del derecho de patente, la entrada de un producto patentado en el país, le brinda al titular de la patente los mismos derechos que el tiene sobre los productos fabricados, sin importar su caducidad.
E. El abuso en el ejercicio del derecho de patente, únicamente será sancionado con el consentimiento de licencias obligatorias, no exclusivas, ni cedibles, de haber pasado 4 años del depósito de la solicitud, o a partir de tres años del consentimiento del derecho, el que venza antes.
II. La Organización Mundial del Comercio (OMC): el debate sobre el régimen internacional de las patentes de los países
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