Puntos Basicos
Enviado por mayrarva • 21 de Noviembre de 2014 • 540 Palabras (3 Páginas) • 377 Visitas
4. Mencione al menos 4 fr referentes a las deducciones que podrán efectuar los contribuyentes de a LISR
Artículo 25. Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes:
I. Las devoluciones que se reciban o los descuentos o bonificaciones que se hagan en el ejercicio.
II. El costo de lo vendido.
III. Los gastos netos de descuentos, bonificaciones o devoluciones.
IV. Las inversiones.
V. Los créditos incobrables y las pérdidas por caso fortuito, fuerza mayor o por enajenación de bienes distintos a los que se refiere la fracción II de este artículo.
VI. Las cuotas a cargo de los patrones pagados al Instituto Mexicano del Seguro Social, incluidas las previstas en la Ley del Seguro de Desempleo.
VII. Los intereses devengados a cargo en el ejercicio, sin ajuste alguno.
VIII. Ajuste anual por inflacion
5. De acuerdo al artículo de la LISR mencione al menos 5 fr de las deducciones autorizadas.
Art 103
I. Devoluciones
II. Adquisicion de Mercancia
III. Gastos
IV. Inversiones
V. Intereses Pagados
VI. Cuotas del IMSS
VII. Pago por Impuesto local
6. Que son las partidas no deducibles
7. Defina gastos pre operativos
8. Que sucede con las deducciones de contribuyentes que realicen obras consistentes en desarrollos inmobiliarios o fraccionamientos
9. De acuerdo con el art 14 de la LISR mencione como se determinan los pagos prov que debe realizar el contribuyente
Artículo 14. Los contribuyentes efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago, conforme a las bases que a continuación se señalan:
I. Se calculará el coeficiente de utilidad correspondiente al último ejercicio de doce meses por el que se hubiera o debió haberse presentado declaración. Para este efecto, la utilidad fiscal del ejercicio por el que se calcule el coeficiente, se dividirá entre los ingresos nominales del mismo ejercicio.
II. La utilidad fiscal para el pago provisional se determinará multiplicando el coeficiente de utilidad que corresponda conforme a la fracción anterior, por los ingresos nominales correspondientes al periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que se refiere el pago. A la utilidad fiscal determinada conforme a esta fracción se le restará, en su caso, la pérdida fiscal de ejercicios anteriores pendiente de aplicar contra las utilidades fiscales, sin perjuicio de disminuir dicha pérdida de la utilidad fiscal del ejercicio.
III. Los pagos provisionales serán las cantidades que resulten de aplicar la tasa establecida en el artículo 9 de esta Ley, sobre la utilidad fiscal que se determine en los términos de la fracción que antecede, pudiendo
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