Reactivo de lad niff.
Enviado por IsraelPin • 2 de Marzo de 2017 • Ensayo • 4.640 Palabras (19 Páginas) • 250 Visitas
NIA 700- CONTROL DE CALIDAD PARA UNA AUDITORÍA DE ESTADOS FINANCIEROS
Área | Auditoría |
Subtema | Dictámenes |
Tema | NIA 700- Formación de una opinión y dictamen sobre los Estados Financieros |
Formato | Completamiento |
Contexto | |
Planteamiento | Formación de una opinión sobre los estados financieros. El auditor deberá formarse una opinión sobre si los estados financieros están preparados, respecto a todo lo importante, de acuerdo con el marco de referencia de información financiera aplicable. |
Opciones de respuesta | |
Opción A | están revisados – marco legal |
Opción B | están auditados – marco institucional |
Opción C | están preparados – marco de referencia |
Opción D | están completos – marco contextual |
Respuesta Correcta | OPCIÓN C |
ARGUMENTACIÓN | NIA 700- Formación de una opinión y dictamen sobre los Estados Financieros. Ref. Requisitos, Párrafo 10 |
Área | Auditoría |
Subtema | Dictámenes |
Tema | NIA 700-Formacion de una opinión y dictamen sobre los estados financieros |
Formato | Simple |
Planteamiento | ¿Que evalúa el auditor de los estados financieros proporcionados? |
A) La corrección selectiva de representaciones erróneas señaladas a la atención de la administración de la entidad durante la auditoría | |
B) No hay conflicto entre los requisitos de las normas de auditoría nacionales y los de las NIA que ocasionaría que el auditor | |
C) revelaciones adecuadas que permitan a los usuarios entender el efecto de transacciones y hechos materiales sobre la situación financiera, desempeño financiero y flujos de efectivo de la entidad. | |
D) Un párrafo de introducción que identifique los estados financieros auditados | |
Respuesta Correcta | |
OPCION C | |
ARGUMENTACIÓN | NIA 700 Revelación del efecto de transacciones y hechos materiales sobre la información comunicada en los estados financieros [Ref. Párr. 13e)] |
Área | Auditoría |
Subtema | Dictámenes |
Tema | NIA 700- Formación de una opinión y dictamen sobre los Estados Financieros |
Formato | Elección de elementos |
Planteamiento | Información complementaria presentada con los estados financieros: |
1) La opinión del auditor cubre la información complementaria que no puede diferenciarse de los estados financieros, debido a su naturaleza y a cómo se presenta. | |
2) Los Estados Financieros deben ser presentados posterior al dictamen presentado por el auditor. | |
3) La opinión del auditor también cubriría las notas o cédulas complementarias a las que se hace referencia en forma cruzada en los estados financieros. | |
4) La información complementaria debe ser procesada sin que el auditor emita su opinión una vez indicada las correcciones. | |
5) La administración de la entidad podría cambiar la presentación de la información complementaria no auditada que pudiera interpretarse como cubierta por la opinión auditor. | |
6) La legislación o normatividad puede no requerir que se audite la información complementaria | |
Opciones de respuesta | |
Opción A | 1,3,5,6. |
Opción B | 3,4,6,2. |
Opción C | 4,2,3,1. |
Opción D | 2,4,1,5. |
Respuesta Correcta | OPCIÓN A |
ARGUMENTACIÓN | Información complementaria presentada con los estados financieros. NIA 700; Pág.: 798-799; Párr.: 46, 47, 48, 49, 50 |
Área | Auditoría |
Subtema | Dictámenes |
Tema | NIA 700- Formación de una opinión y dictamen sobre los Estados Financieros |
Formato | Ordenamiento |
Contexto | |
Planteamiento | Ordene de manera correcta los elementos del Informe sobre otros requisitos legales y normativos: |
1) La forma y contenido de esta sección del dictamen del auditor variarán dependiendo de la naturaleza de las otras responsabilidades de informar del auditor. | |
2) Dirección del auditor | |
3) Fecha del dictamen del auditor | |
4) Firma del auditor | |
Opciones de respuesta | |
Opción A | 1,3,4,2. |
Opción B | 1,4,3,2. |
Opción C | 4,2,3,1. |
Opción D | 2,4,1,3. |
Respuesta Correcta | OPCIÓN B |
ARGUMENTACIÓN | Informe sobre otros requisitos legales y normativos. NIA 700; Pág.: 807-808; |
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