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Requisitos del pagare


Enviado por   •  20 de Abril de 2014  •  Trabajo  •  1.795 Palabras (8 Páginas)  •  283 Visitas

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PAGARE

Concepto:

Un pagaré es u n título negociable, en el que una parte (el emisor) hace una promesa incondicional por escrito de pagar una suma determinada de dinero a otra (el beneficiario), ya sea en un futuro fijo o determinable a petición del beneficiario, bajo unas condiciones específicas. Los pueden emitirlos individuos particulares, empresas o el Estado; aunque este instrumento de crédito se suele usar entre banqueros y compañías de financiamiento, en las relaciones con sus clientes cuando precisan efectivo para operaciones, generalmente a corto o mediano plazo.

Requisitos del pagare:

La denominación del pagaré

La indicación de lugar y la fecha de su emisión

La promesa incondicional de pagar una cantidad determinada de dinero.

El nombre de la persona a quien o a la orden de quien debe hacerse el pago.

La indicación de su vencimiento único de los vencimientos parciales en casos señalados en el siguiente párrafo.

La indicación de lugar de pago y/o en casos previstos por el art. 53°, la forma como ha de efectuarse este.

El nombre, el número de documento oficial de identidad y firma del emitente, quien tiene la calidad de obligado principal.

Clases de pagare:

Pagaré a la orden: indica el nombre de la persona determinada quien es su legítimo titular. Se transmite por endoso y consiguiente la entrega del título valor.

Pagaré al portador: Otorga la calidad desde título de los derechos que representa a su legítimo poseedor. Para su transmisión no se requiere de más formalidad que su simple tradición o entrega.

Pagaré Nominativo: Es emitido a favor a nombre de persona determinada, quien es su titular. Se transmite por donación de derechos. Estos últimos carecen de la cláusula "a la orden" y si se consigna no lo convierte en título valor endosable.

Cómo rellenar un pagaré:

Si nos encontramos ante la situación de tener que emitir un pagaré como empresa, debemos fijarnos en diversos aspectos para que el documento que entregamos sea considerado pagaré:

Debemos observar que en el texto impreso figure la siguiente frase:

“Por este pagaré me comprometo a pagar el día del vencimiento indicado” o alguna expresión similar.

Lo importante de esta frase es lo siguiente:

• Que figure la palabra pagaré

• Que se refleje el compromiso de pago

Por otro lado, debe figurar la fecha en la que emitimos el pagaré. Así como el lugar de emisión. Para ello hay un espacio reservado dentro del documento normalmente en la parte inferior derecha.

Debajo del lugar y fecha de emisión se sitúa el espacio reservado para la firma y antefirma del pagaré, es decir, la razón social de la empresa y la firma del administrador o apoderado que tenga poderes para emitir un pagaré.

En la parte superior derecha figura el espacio reservado para la fecha de vencimiento del pagaré, el día en el que debe ser abonado. Debemos tener la precaución de que esta fecha sea real. Por ejemplo, que no sea un 31 de Junio o un 29 de Febrero en un año no bisiesto.

El importe se puede reflejar en número y en letra, prevaleciendo siempre el importe en letra en caso de que hubiera diferencia.

La primera letra del importe escrito en letra es aconsejable escribirla en mayúscula, para evitar que nos puedan añadir delante del importe otra cifra.

Ejemplo: quinientos noventa (mal), nos podrían añadir delante Tres mil quinientos noventa / Quinientos noventa (bien), si añaden algo delante es muy llamativo.

Debe reflejarse la razón social del beneficiario del pagaré.

Otros aspectos a tener en cuenta son los siguientes:

 Debe figurar el tipo de moneda en la que está emitido el pagaré.

 El número de documento del pagaré

 Número de cuenta dónde esté domiciliado

 Banco y lugar de pago

 Si el pagaré es truncable o no truncable.

 Todo el pagaré ha de estar escrito en el mismo idioma.

 Cláusula “no a la orden”, si no lleva esta cláusula se entiende que es “a la orden”

Nos podemos encontrar también con un pagaré en cuyo anverso figura la siguiente cláusula: "Para abonar en cuenta", esto hará que el pago del mismo deba efectuarse en una cuenta .También hay pagarés cruzados, es decir, dos líneas paralelas en medio del anverso del pagaré, esto hace que el pagaré sólo pueda ser cobrado por el legítimo tenedor mediante abono en cuenta.

Intervinientes:

El pagaré como documento mercantil que es, precisa de unos elementos personales (intervinientes) perfectamente legitimados, con capacidad para poder firmar en dicho documento.

La capacidad para emitir, o para firmar en un pagaré, vendrá determinada por las leyes propias del país en cuyo territorio se ha suscrito.

Las figuras jurídicas que intervienen en el pagaré son las siguientes:

 Firmante o emisor del pagaré: Persona física o jurídica que extiende el pagaré obligándose a su pago llegado el día del vencimiento.

 Beneficiario: designado por el firmante como beneficiario del pago. No cabe, por tanto, el pagaré al portador.

 Tenedor: Verdadero titular del crédito que representa el pagaré, condición que ostenta el poseedor del pagaré el día del vencimiento.

 Endosante: Quien siendo tenedor del pagaré, lo transmite a un tercero que se convierte en acreedor del mismo.

 Endosatario: Persona física o jurídica a cuyo favor se endosa el pagaré,

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