Retencion En La Fuente
Enviado por carlos.arias • 7 de Junio de 2015 • 1.045 Palabras (5 Páginas) • 149 Visitas
RETENCION EN LA FUENTE
SOBRE IMPUESTOS DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS, TIMBRE NACIONAL, VENTAS Y GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS.
DEFINICION:
Es un mecanismo que tiene por objeto conseguir en forma gradual que el impuesto se recaude dentro del mismo ejercicio gravable en que se cause. Constituyendo un anticipo del Impuesto de Renta y Complementarios en el caso de retención por renta, para la retención por timbre no es deducible; y un anticipo del impuesto a las ventas para el caso de Retención por Ventas.
Respecto a la retención en la fuente en el Gravamen a los movimientos financieros, en ningún caso será deducible de la renta bruta de los contribuyentes, constituyéndose en el impuesto o gravamen definitivo.
PERIODO FISCAL DE LA RETENCION
• El período fiscal para la Retención en la Fuente es el mes calendario.
En el caso de la retención en la fuente por el gravamen a los movimientos financieros el periodo fiscal es semanal.
RETENCION EN LA FUENTE SOBRE RENTA Y COMPLEMENTARIOS
COMO OPERA LA RETENCION
La Retención en la Fuente opera a partir de una operación económica.
La operación económica se realiza entre dos personas diferentes; una se llama retenedor y la otra retenido o beneficiario.
La persona retenida (retenido) debe ser contribuyente; es la persona que vende, es decir, quien recibe el pago y a su vez beneficiario del ingreso.
El agente retenedor es el que compra, es decir, el que paga. La Ley califica de manera expresa la obligatoriedad de ser agente retenedor.
En términos generales, la retención en la fuente se deberá efectuar en el momento del pago o abono en cuenta, lo que suceda primero; con excepción del concepto de salarios y demás ingresos laborales, en el cual la retención se realiza en el momento del pago.
AGENTES RETENEDORES
Los Agentes Retenedores son delegados del Estado o Agentes de éste, responsables ante el fisco por el recaudo de la retención.
Son agentes de retención o de percepción Los siguientes:
1. Las personas jurídicas.
2. Las Entidades de Derecho Público.
3. Entidades sin Animo de Lucro - No Contribuyentes.
4. Los Fondos de inversión, de valores y comunes
5. Los fondos de pensiones de jubilación e invalidez y cesantías. Los Fondos Mutuos de inversión, de empleados y Asociaciones gremiales.
6. Las comunidades organizadas.
7. Las sociedades de hecho.
8. Las personas naturales, y sucesiones ilíquidas sobre pagos de:
• Salarios y demás Ingresos laborales (Art. 383 del E.T.)
• Loterías, Rifas, apuestas y similares (Art. 402 del E.T).
• Pagos o giros al exterior: -A titulo del impuesto de renta
-A titulo del impuesto de remesas.
10. Las personas naturales comerciantes:
• Para el año gravable del 2015: Que tengan ingresos brutos o patrimonio bruto en el año 2014, superiores a:30.000 UVT
11. Los Consorcios y uniones temporales
12. Las sociedades administradoras de Fondos de inversión - valores y comunes.
13. Las Sociedades Administradoras de Fondos de Inversión de capital extranjero
14. Los notarios por enajenación de bienes raíces, derechos sociales, sucesorales y litigiosos; y la Oficina de Tránsito por enajenación de vehículos
15. Empresas
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