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Rut Nueva Clasificacion


Enviado por   •  23 de Febrero de 2013  •  612 Palabras (3 Páginas)  •  445 Visitas

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Fabricacion de prendas de vestir excepto prendas de piel

Esta Clase incluye: La fabricación de prendas de vestir utilizando materiales producidos o no en la misma unidad. Los materiales pueden ser de todo tipo (excepto pieles), como telas, telas no tejidas, encajes, cuero natural o artificial, materiales trenzables, etc.. estos materiales pueden estar bañados, impregnados o encauchados. En principio, el material se corta en piezas que luego se empalman mediante costura. Se incluyen tanto las labores ordinarias de producción, como aquellas realizadas por contrata. Igualmente, se incluyen las actividades auxiliares o complementarias integradas a la producción, tales como: la compra de materias primas, el diseño y la preparación de muestras, la concertación de contratos (de fabricación con subcontratistas para confeccionar prendas de vestir utilizando materiales suministrados por el contratante). La confección de ropa sobre medidas. En general, esta clase incluye la fabricación de prendas de vestir para hombres, mujeres, niños y bebés, de ropa exterior, interior y de dormir, ropa de diario y de etiqueta, ropa de trabajo y para prácticar deportes, de sombreros y gorros y todo tipo de accesorios para el vestuario, tales como: guantes, cinturones, chales, corbatas, bufandas, redecillas para el cabello, artículos de tocado, etc., así como la fabricación de partes de esos productos. La fabricación de tapabocas, fajas y corsés no ortopédicos Se incluye igualmente la confección de prendas de vestir y artículos en tejido de punto y ganchillo, cuando son fabricados con telas o hilados no producidos en la misma unidad. La fabricación de calzado de material textil sin suela aplicada. Exclusiones: La confección de ropa y artículos en tejidos de punto y ganchillo con tejidos producidos en la misma unidad, se incluye en la Clase 1750 (Fabricación de tejidos y artículos de punto y ganchillo). La fabricación de prendas de vestir confeccionadas con pieles finas o no, se incluye en la Clase 1820 (Preparado y teñido de pieles; fabricación de artículos de piel). No obstante, la confección con pieles finas de los artículos de tocado (cubrecabezas) se clasifica en la Clase 1810 (Fabricación de prendas de vestir, excepto prendas de piel). La fabricación de calzado, se incluye en la Clase correspondiente de acuerdo con la materia prima básica utilizada en la producción del mismo, teniendo así las siguientes clases de calzado: 1921 (Fabricación de calzado de cuero y piel; con cualquier tipo de suela, excepto el calzado deportivo); 1922 (Fabricación de calzado de materiales textiles; con cualquier tipo de suela, excepto el calzado deportivo); 1923 (Fabricación de calzado de caucho, excepto el calzado deportivo); 1924 (Fabricación de calzado de plástico, excepto el calzado deportivo); 1925 (Fabricación de calzado deportivo, incluso el moldeado); 1929 (Fabricación de calzado ncp). La confección de prendas de vestir de caucho

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