SOCIEDADES ANONIMAS BURSATILES
Enviado por livelikerobots • 4 de Abril de 2013 • 1.915 Palabras (8 Páginas) • 2.494 Visitas
SOCIEDAD ANONINA BURSATIL (SAB)
CONTABILIDAD Y GESTION ADMINISTRATIVA
PROFESORA MARIA BARBARA BARBOSA
INDICE:
INTRODUCCION 3
SOCIEDAD ANONIMA BURSATIL 3
CARACTERISTICAS DE LAS SAB 3
ADMINISTRACION 4
VIGILANCIA 5
BENEFICIOS 5
LEY DE MERCADO DE VALORES 5
¿COMO FORMAR MI SAB? 6
CEMEX 7
LIVERPOOL 7
VITRO 8
REFERENCIAS 8
Introducción:
El presente trabajo es una breve semblanza sobre las sociedades anónimas bursátiles en México, el objetivo del mismo es conocer y comprender la forma en que estas sociedades mercantiles operan y llevan a cabo sus actividades en el mercado empresarial nacional. Así mismo nos interesa conocer que normas son las que regulan este tipo de sociedades y bajo que lineamientos y requerimientos se forman.
Para la presente investigación hemos consultados fuentes bibliográficas que son ambas tanto de libros especializados en gestión administrativa, fiscal y de ciertos sitios de internet que preferentemente fueran seguras, confiables y que estuvieran bajo la supervisión de instituciones normadoras de dichas sociedades.
LA SOCIEDAD ANONIMA BURSATIL
Es una persona moral formada por dos o más personas físicas o morales que adopta la modalidad de la sociedad anónima común pero de una forma especializada, ya que emite y comercializa sus acciones en la Bolsa Mexicana de Valores, lo cual implica un mayor valor de las mismas para sus accionistas y una estructura financiera tal que le permite optimizar costos financieros, obtener liquidez inmediata, modernizarse, crecer, entre otros. Esta modalidad también garantiza los derechos de los accionistas minoritarios y la revelación de la información a todo el público.
CARACTERÍSTICAS ESPECIALES DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA BURSÁTIL
• La denominación social es elegida por Los accionistas y debe ir seguida de las palabras "Sociedad Anónima Bursátil" o las siglas "S.A.B".
• Los socios reciben el nombre de accionistas.
• La responsabilidad de los accionistas es limitada al monto de sus aportaciones. Si un accionista está dentro del consejo de administración, este responde por daños y perjuicios.
• El capital social está representado por acciones inscritas en el Registro Nacional de Valores, entidad a cargo de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, es público y en él se inscriben los valores objeto de oferta pública e intermediación en el mercado de valores. Su valor es determinado por los accionistas.
• Deben tener la aprobación de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores si su constitución es por suscripción pública.
• No hay limitación en el número de acciones que puede tener un accionista.
• Los títulos de las acciones deben cumplir con ciertos requisitos.
• Los accionistas de la sociedad tienen derecho preferente para comprar las acciones de los demás.
• Los accionistas no pueden hacer préstamos o anticipos sobre sus propias acciones.
• No pueden emitirse nuevas acciones, hasta que las anteriores se encuentren totalmente pagadas.
• Sólo podrán emitir acciones en las que los derechos y obligaciones de sus titulares no se encuentren limitados o restringidos (acciones ordinarias).
• La Comisión Nacional Bancaria y de Valores podrá autorizar la emisión de acciones distintas de las ordinarias, siempre que las acciones de voto limitado, restringido o sin derecho a voto no excedan del veinticinco por ciento del total del capital social pagado.
FORMA DE ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD
Deberá tener un consejo de administración y un director general de manera obligatoria.
El consejo de administración tendrá las siguientes características:
1. Deberá estar integrado por un máximo de veintiún miembros y de estos por lo menos el 25% deben de ser consejeros independientes.
2. Se designa un suplente por cada consejero propietario.
3. Se designará a un secretario, quien no formará parte de dicho consejo.
4. El consejo de administración contará, para el auxilio de sus funciones, con el apoyo de uno o más comités de prácticas societarias, los cuales serán delegados por el mismo órgano, sin embargo cuando la sociedad sea controlada en un 50% o más del capital por una o varias personas y esto sea conocido por el público, será integrado en su mayoría por consejeros independientes.
5. Los miembros del consejo de administración deben actuar en beneficio de la sociedad, sin favorecer a un determinado accionista o grupo de accionistas.
El Director General tendrá las siguientes funciones:
1. Gestionar y conducir los negocios.
2. Proponer lineamientos de control y estrategia de negocio.
3. Preparar el contenido de la información importante para la sociedad.
4. Supervisar los estados contables.
VIGILANCIA DE LA SOCIEDAD
Está integrado por el comité de auditoría y el auditor externo.
El comité de auditoría desempeña las siguientes acciones:
1. Vigilar que el director general cumpla con los acuerdos de las asambleas.
2. Investigar los incumplimientos de los que tenga conocimiento.
3. Discutir los estados financiaros con el director general y el auditor externo.
4. Vigilar las operaciones de la empresa.
5. Designar, supervisar y evaluar al auditor externo.
6. Opinar sobre lineamientos de control interno.
El auditor externo tiene la siguiente función:
Emitir dictámenes de los estados financieros sobre veracidad de la información así como los principios de contabilidad y las estimaciones significativas.
BENEFICIOS DE ESTA SOCIEDAD
• El valor de la empresa aumenta al emitir acciones y cotizarlas en la Bolsa Mexicana de Valores.
• Los accionistas minoritarios tienen mayor participación en las decisiones de la empresa.
• Tiene un régimen de administración más flexible.
• Obtiene un reconocimiento financiero que le permite financiarse fácilmente a través de varias fuentes como son: préstamos bancarios, colocar acciones en el mercado, etc.
• Fortalece la estructura financiera al reducir costos, obtener liquidez inmediata, poder financiar investigación y desarrollo, consolidar y restructurar pasivos.
• Mejor imagen y proyección de la empresa lo cual ayuda
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