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SUBMÓDULO: DETERMINA LA NOMINA DEL PERSONAL DE LA ORGANIZACIÓN TOMANDO EN CUENTA LA NORMATIVIDAD LABORAL


Enviado por   •  2 de Mayo de 2016  •  Tarea  •  3.164 Palabras (13 Páginas)  •  2.555 Visitas

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Dirección General de Educación Tecnológica e Industrial

Centro de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicios 130

Miguel Hidalgo y Costilla

        

SUBMÓDULO: DETERMINA LA NOMINA DEL PERSONAL DE LA ORGANIZACIÓN TOMANDO EN CUENTA LA NORMATIVIDAD LABORAL

GRADO Y GRUPO: 6°A

TURNO: VESPERTINO 

PROYECTO:

ALUMNO: [pic 2]

  • CHAIREZ FLORES JOSÉ ÁNGEL               (13310051300522)
  • ESCOBEDO MORONES ERIK IVAN            (13310051300527)
  • VILLEGAS RODRÍGUEZ HÉCTOR MISAEL (                         )

04/MARZO/2016

CONTRATOS LABORALES

 

¿Qué es un contrato laboral?

Nuestra definición sobre contrato laboral es que es un acuerdo entre el empresario o el jefe de R.H y el trabajador donde este se compromete a prestar determinados servicios y un salario a cambio de que el trabajador se desempeñe en la empresa.

TIPOS DE CONTRATOS LABORALES

-Trabajo por obra determinada

Aquel por el que una persona se obliga a ejecutar una obra en beneficio de otra quien se obliga a pagar por ella un precio, el objetivo de este contrato es la obra concluida y ejecutada.

-TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO

Cuando un trabajador se le contrata o temporal o de planta cuando, no se define el tiempo que labora en la empresa.

-TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADO

Cuando a un trabajador se contrata o temporal o de planta, cuando o e define el tiempo que labora en la empresa.

-TRABAJO POR PERIODO A PRUEBA

Verificar que el trabajador cumple con requisitos y conocimientos necesarios por desarrollo del trabajo

-CAPACITACION INICIAL

Que el trabajador adquiera conocimientos y habilidades para la actividad para la que va a ser contratado.

-TRABAJO INDEFINIDO DE TEMPORADA

Cuando se le contrata temporalmente por un tiempo definido.

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO PARA CAPACITACIÓN INICIAL que celebran por una parte_Octavio Gonzales Montelongo ______ a quien en lo sucesivo se le denominará “El Patrón”, y por la otra el señor (a) _____Hector Misael Villegas Rodriguez _____, a quien en lo sucesivo se le denominará como “El Trabajador”, al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:

D E C L A R A C I O N E S

“El Patrón” manifiesta bajo protesta de decir verdad:

I.- Llamarse como ha quedado escrito, ser de nacionalidad  Mexicana, sexo H mayor de edad, estado civil Soltero con número de CURP OAGM150101HDGCNNA1  y RFC OAGM1501012B7_.

II.- Tener la fuente de trabajo su domicilio en AV. LA SALLE FRACC. PASEO DEL SALTITO #202_.

“El Trabajador” declara bajo protesta de decir verdad:

I.- Llamarse como ha quedado escrito, ser de nacionalidad Mexicana , sexo H tener 34 años de edad, estado civil Soltero, CURP HEVR810516HDGCLD04, RFC HEVR810516SV9 y con domicilio particular en COL. DOMINGO ARRIETA CALLE. LUZ #101_.

II.- Que tiene los conocimientos y las aptitudes necesarias para desarrollar el trabajo motivo de este contrato y no cuenta con incapacidad alguna para su desempeño.

III.- Estar de acuerdo en desempeñar su actividad conforme a las condiciones establecidas en este contrato.

Por lo anterior, las partes han convenido celebrar el presente contrato al tenor de las siguientes:

C L A U S U L A S

PRIMERA.- “El Trabajador” se obliga a prestar a “El Patrón” bajo su subordinación, dirección y dependencia, únicamente durante la duración del presente contrato para capacitación inicial de trabajo y con el fin de que adquiera las habilidades y conocimientos necesarios para las actividades propias del puesto al que podría ser contratado, sus servicios personales como GERENTE GENERAL”. los cuales consisten en SE ENCARGARA DE REVISAR CADA UNA DE LAS ÁREAS DE TRABAJO, SIENDO ASÍ EN ESPECIFICO LLEVAR UN ORDEN DE CADA COSA QUE SE REALICE EN LA EMPRESA, así como cualquier otra actividad conexa o relacionada que le encomiende el patrón, compatible con el fin de su capacitación, debiendo acatar  además  todas las disposiciones o instrucciones de  carácter  administrativo  o de organización que el patrón a través sus representantes le lleguen a  dictar tanto directamente al trabajador como de carácter  general.

 “El Trabajador” se obliga a prestar sus servicios en el domicilio de la fuente de trabajo o en cualquier otro lugar que “El Patrón” de acuerdo a sus necesidades, le indique.

 

“El patrón” podrá  cambiar de puesto al trabajador a cualquier otro compatible con la capacitación que está adquiriendo, respetando siempre su salario ya que este no podrá  reducirse, sin que por  ello se entiendan modificadas las condiciones de la capacitación inicial para el trabajo, ya que desde este mismo acto, “El Trabajador” manifiesta su conformidad con lo anterior.

SEGUNDA.- El presente contrato para capacitación se celebra por una duración de tres meses, comenzando a surtir sus efectos exactamente el día 10 del mes de SEPTIEMBRE del año 2003, y terminando la relación laboral exactamente el día 10 del mes de DICIEMBRE del año 2003.

TERCERA.- Durante ese tiempo el trabajador disfrutará del salario, la garantía de la seguridad social y de las prestaciones de la categoría o puesto que desempeñe.

CUARTA.- Al término de la capacitación inicial, de no acreditar competencia el trabajador, a juicio del patrón, tomando en cuenta la opinión de la comisión a que se refiere el artículo 39-B de la Ley Federal del Trabajo, así como a la naturaleza de la categoría o puesto, se dará por terminada la relación de trabajo sin responsabilidad para “El Patrón”.

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