Salario Diario Integrado
Enviado por eloisa2205 • 20 de Marzo de 2012 • 551 Palabras (3 Páginas) • 973 Visitas
Determinación del SDI con percepciones fijas y variables
El SDI incluye los pagos hechos en efectivo por cuota diaria y las gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por sus servicios, excluyendo sólo los conceptos que la propia LSS permite.
Determinación del SDI y del factor de integración de salarios
Trabajador: Pilar Godoy
Percepción Cantidad Salario Cálculo Importe
Sueldo $350 sem. Fijo 350/7 50.00
Aguinaldo 15 días Fijo (50x15)/365 2.05
Vacaciones 10 días
Prima vacacional 25% Fijo [(50x10)x(25%)]/365 0.34
Comisiones bimestre anterior $1,850 Variable 850/61 13.93
Tiempo extra triple bimestre anterior 14 horas Variable [(50/8)x14x3]/61 4.30
Ayuda para transporte 200 mes Fijo 200/30 6.67
Bono de productividad bimestre anterior $600 Variable 600/61 9.83
Salario en dinero (artículo 32 LSS) 87.12
Vales despensa 20% Fijo 50x(.20)-(34.45x(.4)) 0
Alimentación no onerosa Lun-vie Fijo (87.12x8.33%)x(5/7) 5.18
Salario diario integrado 92.30
Premio de asistencia 20% Variable (50x20%)-(92.30x10%) 0.77
Premio de puntualidad 30% Variable (50x30%)-(92.30*10%) 5.77
SDI aplicable al bimestre 98.84
SDI considerando sólo percepciones fijas 64.24
Factor de integración de salario 64.24/50.00 1.2848
Considerando factor de integración de sueldos
Percepción Cantidad Salario Cálculo Importe
Sueldo diario $350 sem. Fijo 350/7 50.00
Factor de integración se sueldos 1.2848
Sueldo diario fijo 64.24
Comisiones bimestre anterior $850 Variable 850/61 13.93
Tiempo extra triple bimestre anterior 14 horas Variable [(50/8)x14x3]/61 4.30
Bono de productividad bimestre anterior $600 Variable 600/61 9.83
Salario diario integrado 92.30
Premio de asistencia 20% Variable (50x20%)-(92.30x10%) 0.77
Premio de puntualidad 30% Variable (50x30%)-(92.30*10%) 5.77
SDI aplicable al bimestre 98.84
En este ejemplo tenemos a una trabajadora que percibe su sueldo en forma semanal, que tiene 10 días de vacaciones, 15 días de aguinaldo y 25% de prima vacacional, y que aparte de su sueldo recibe comisiones por superar sus topes de venta, así como las prestaciones que le otorga su empresa y que representan una percepción, ya sea fija o variable.
NLSS Artículo 32. Si además del salario en dinero el trabajador recibe del patrón, sin costo para aquél, habitación o alimentación, se estimará aumentado su salario en un veinticinco por ciento y si recibe ambas prestaciones se aumentará en un cincuenta por ciento.
Cuando la alimentación no cubra los tres alimentos, sino uno o dos de éstos, por cada uno de ellos se adicionará
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