Sanciones en declaraciones
Enviado por Tattan Jimenez • 5 de Abril de 2020 • Trabajo • 1.187 Palabras (5 Páginas) • 233 Visitas
ACTIVIDAD A DESARROLLAR
1. Una compañía que se constituyó en el 2014 presenta su declaración de renta del 2017 el día 23 de abril de 2018, fecha de vencimiento. Al revisar el anticipo liquidado del año del año 2018 se evidencia que se liquidó el 25% debiéndola liquidar al 50%, lo que implica hacer la respectiva corrección de la declaración. La fecha de corrección es el día 22 de enero de 2019. La empresa le Solicita a usted que es experto en el tema.
1. Determinar la sanción por corrección
2. Determinar el valor a pagar a la DIAN por impuesto y sanción y totalizar. Datos adicionales. Tome como base la siguiente información para resolver lo solicitado.
Datos adicionales.
Tome como base la siguiente información para resolver lo solicitado.[pic 1]
Valor pagado | $ 9.593.000 |
Valor real | $ 12.391.000 |
Diferencia | $ 2.798.000 |
$ 2.798.000 * 10% = $ 279.800
UVT $34.270 * 10 = $ 342.700 Sanción mínima
Valor a pagar | $ 12.391.000 |
sanción | $ 343.000 |
Total, a pagar | $ 12.734.000 |
2. Un contribuyente presentó la declaración de renta el 08 de octubre de 2018, la cual se vencía el 11 de octubre de 2018, quedando con un saldo a favor de valor de $1.500.000. Un contador amigo le revisa la declaración y presenta la corrección el día 22 de marzo de 2019 determinando que el saldo a favor correcto es de $10.500.000 producto de una retención que le habían practicado y que no la habían tenido en cuenta en la declaración. Se solicita:
1. Calcular la sanción por corrección
2. Valor del impuesto a pagar
3. Calcular el valor total a pagar a la Dian.
Saldo a Favor Declarado | $ 1.500.000 |
Saldo a Favor Corregido | $ 10.500.000 |
Diferencia | $ 9.000.000 |
Sanción | No aplica |
3. La compañía SINOGANOEMPATOATTJUNIOR SAS tenía fecha para declarar el 24 de marzo de 2018, con un impuesto a cargo de $ 28.000.000, lo declara y paga el 28 de febrero de 2018. Con base en la información dada resuelve lo siguiente: (cada caso es independiente y se aplica con base al enunciado.)
a. El día 18 de marzo de 2018 se da cuenta que el impuesto a cargo era de $ 30.000.000 y corrige la declaración, ¿cuánto tendrá que pagar por sanción corrección? Justifique la respuesta.
Valor Pagado | $ 28.000.000 |
Valor Corregido | $ 30.000.000 |
Diferencia | $ 2.000.000 |
Sanción | $ 0 |
No se genera Sanción, pues la corrección se da antes del vencimiento el plazo para declarar.
b. Suponga que el día 25 de marzo de 2019 se corrige la declaración por un nuevo contador que llega a la empresa verifica que el saldo real de la declaración a pagar era de $18.000.000, ¿Cuál sería el valor de la sanción a pagar? Justifique la respuesta mencionando el artículo del estatuto tributario que soporta dicha respuesta.
Valor Pagado | $ 28.000.000 |
Valor Corregido | $ 18.000.000 |
Diferencia | $ 10.000.000 |
Sanción | $ - |
No existe sanción alguna, ya que el valor de la corrección inferir al inicialmente pagado. Tal como lo dice el Art. 589 de Estatuto Tributario.
c. Suponga que el día 28 de marzo de 2019, un nuevo contador que llega a la empresa verifica que el saldo real de la declaración a pagar era de $58.000.000, ya que hay unos gastos que no tienen soporte legal, lo cual implica hacer la corrección de la declaración en esta fecha. Determine el valor de la sanción y el valor a pagar total en la nueva declaración. Escribe el artículo del estatuto tributario que soporta la determinación de la respectiva sanción.
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