Seguro y Robo con escalamiento
Enviado por rbest17 • 16 de Octubre de 2015 • Monografía • 2.065 Palabras (9 Páginas) • 1.041 Visitas
Robo con escalamiento
Introducción
En el presente trabajo trataremos sobre el robo con escalamiento y/o violencia entendiéndose como tal el ingreso a los locales utilizando una vía distinta a aquella destinada al tránsito ordinario, con superación de obstáculos y dificultades tales que no puedan ser vencidos sin el empleo de medios artificiales o mediante la agilidad personal.
Abarcando así temas importantes tales como son:
- Definiciones de términos a conocer
- Clasificación de los robos con escalamiento
- Coberturas
- Seguro contra robos locales comerciales ( Propiedad y Acuerdo)
- Propiedad de los bienes asegurados
- Exclusiones
- Unidad técnica
- Tarifas
- Datos que se requieren para cotizar
- Entre otros…
Dicho trabajo tiene como objetivo principal dar a conocer todo lo referente a lo que es el tema del robo con escalamiento para que toda persona pueda conocer sus riesgos, poder evitarlos y asegurarse a tiempo.
Definiciones:
Robo: Significa el apoderamiento de la propiedad asegurada del interior de los locales, por persona o personas quien hagan uso de las fuerzas en las cosas, o violencia sobre las personas para procurarse la entrada y cometer el hecho. En el caso de violencia sobre las personas: se entiende que la hay, cuando ha mediado intimidación o cuando se ejerza sobre ellas fuerza física o de cualquier instrumento que sirva como arma, o se haga uso de narcóticos.
En el caso de fuerza de las cosas: se entiende que hay cuando el robo se verifique con rompimiento de muros paredes, techos o suelo forzando o fracturando puertas o ventanas interiores o exteriores, o con la fractura o forzamiento de armarios, arcas o cualquier otra clase de muebles cerrados. De lo cual deben quedar marcas visibles, producidas por herramientas, explosivos, electricidad o productos químicos.
Hurto: Significa el apoderamiento de una cosa, total o parcialmente ajena, sin violencia física en las personas, o fuerza en las cosas.
Locales: Significa el interior de la parte del edificio descrito en la solicitud, la cual se ocupa únicamente por el asegurado en la conducción de sus negocios, pero excluirá las entradas y escaleras comunes para uso del público.
Robo con escalamiento y/o violencia
Cubre robo con fractura y/o escalamiento y/o violencia en las personas sobre el contenido o bienes muebles y hasta el 1% del valor asegurado para los daños a edificios: (puertas, rejas, ventanas, llavines, etc.). El riesgo de robo con violencia en las personas es opcional y su costo, si se cubre, representa el 20% de la prima.
Seguro de robo (comerciales):
El seguro de robo se agrupa en dos clasificaciones principales que son:
- Seguro de robos en locales comerciales. (Negocios)
- Seguros de robos en casas de habitación. (Residencias)
Por medio de estos seguros se cubren los riesgos de perdidas por robo y/o tentativa de robo en riesgos comerciales y particulares. No se cubre el riesgo de hurto.
Seguro contra robos en locales comerciales
Esta cobertura como su nombre lo indica diseñada específicamente para cubrir los riesgos de locales comerciales.
Propiedad Asegurable:
- Mercaderías propiedad del asegurado.
- Mercaderías tenidas en comisión o por cuenta de otros y por las cuales sea responsable el asegurado en el evento de pérdida por robo.
- Mobiliario, equipo de oficina y demás utensilios y enseres fijos y/o móviles, del negocio.
Acuerdo de aseguramiento:
Por medio del contrato de seguro, el ASEGURADOR se compromete a:
- Indemnizar al Asegurado por todas las pérdidas de los bienes cubiertos ocasionados por robo.
- Indemnizar al Asegurado por todo daños a los bienes asegurados, en el interior de los locales, causado por robo o tentativa de robo, y además por todos los daños que por tales causas sufran los locales, siempre que el Asegurado sea propietario de ellos o sea responsable contractualmente por tales daños.
Clasificación de riesgo en condiciones de aseguramiento:
- Peligrosos (Joyerías, pieles, aparatos fotográficos y de precisión, dinero valores, etc.) o sea muy negociables.
- Regulares (Bienes fácilmente negociables por los ladrones cuyo valor sea suficientemente elevado para hacer que el robo sea atractivo, por ejemplo: tiendas de ropa, de calzado, etc.).
- No peligrosos (Bienes de gran peso, o donde únicamente grandes cantidades representan un valor elevado).
Coberturas:
Cobertura A “Fidelidad de posiciones”.
Es una forma amplia de cobertura de fidelidad y cubre las pérdidas de la propiedad definida en la póliza, causada por “acción dolosa en cualquiera de los empleados”.
Cobertura B “Robo, Asalto, Desaparición Misteriosa y Documentos”.
Esta cobertura se divide a su vez en dos:
- Dentro de los edificios de los asegurados, o lugares usualmente ocupados por este en sus operaciones.
Asegura por perdida de dinero o valores por robo con escalamiento, hurto, ratería, robo, asalto a mano armados, dolo, desaparición misteriosa e inexplicable o por daño o destrucción a consecuencias de esos hechos o extravío por quien quiera que se cause, en tanto tales dineros, títulos o valores que se encuentren durante el periodo del seguro, dentro de los edificios del asegurados o lugares usualmente ocupados por este en sus operaciones, tales como sucursales, agencias, unidades móviles, etc.
- En tránsito:
Cubre la perdida, daño, destrucción, extravío, robo o sustracción de cualquier dinero o valores incluyendo la negligencia o fraude de empleados del asegurado, en tanto tales valores se encuentren en tránsito y bajo la custodia de empleados o funcionario autorizado del Asegurado.
Cobertura C “Falsificaciones o Alteraciones”
- Aceptación o pago de cheques falsificados o adulterados; en esta cláusula se incluyen también los certificados de depósitos, ordenes de giro, cartas de crédito, letras de cambio, certificados de prendas que lleven endosos, aceptación o certificaciones falsificados.
- La apertura de cualquier crédito o la entrega de cualquier valor con base en tales cheques, recibos, órdenes, certificados, carta de crédito, letras de cambios que estén falsificados.
- El pago de pagare falsificado o adulterado o de pagarés que ostenten endosos falsificados.
- De la transferencia de cualquier fondo o la apertura de cualquier crédito, la entrega de cualquier valor, proveniente de clientes, alterados o falsificados.
Propiedad de los bienes asegurados
Los bienes asegurados pueden ser propiedad del Asegurado total o parcialmente, o tenidos por este de alguna manera, en que sea responsable civilmente por la pérdida de ellos. En caso de reclamo de acuerdo con esta póliza, sobre propiedad tenida por el asegurado en esa forma, el Asegurador ajustara tal perdida exclusivamente con el Asegurado.
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