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Sociedad Encomandita Por Acciones


Enviado por   •  5 de Septiembre de 2011  •  1.507 Palabras (7 Páginas)  •  928 Visitas

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LIBRO SEGUNDO

DE LAS SOCIEDADES COMERCIALES

TITULO IV

DE LAS SOCIEDADES EN COMANDITA

CAPITULO III

SOCIEDAD EN COMANDITA

POR ACCIONES

Art. 343._ En el acto constitutivo de la sociedad no será necesario que intervengan los socios comanditarios; pero en la escritura siempre se expresará el nombre, domicilio y nacionalidad de los suscriptores, el número de acciones suscritas, su valor nominal y la parte pagada.

La en comandita por acciones no podrá constituirse ni funcionar con menos de cinco accionistas.

Conc.: 28 ord. 9o., 98, 110, 171, 218 ord. 3o., 323, 337, 374.

Art. 344._ El capital de la sociedad en comandita por acciones estará representado en títulos de igual valor. Mientras las acciones no hayan sido íntegramente pagadas serán necesariamente nominativas.

El aporte de industria de los socios gestores no formará parte del capital social. Tales socios podrán suscribir acciones de capital sin perder la calidad de colectivos.

Conc.: 110 ord. 5o., 122 y ss., 137 a 139, 150 par., 325, 331, 375, 377, 379, 403; Decreto 2460 de 1978 arts. 1o., 2o. y 3o.

Art. 345._ Al constituirse la sociedad deberá suscribirse por lo menos el cincuenta por ciento de las acciones en que se divida el capital autorizado y pagarse siquiera la tercera parte del valor de cada acción suscrita. En las suscripciones posteriores, se observará la misma regla. El plazo para el pago de los instalamentos pendientes no podrá exceder de un año contado a partir de la fecha de la suscripción.

Conc.: 110 num. 5o., 130, 238 ord. 3o., 239, 376, 384, 387, 829; C.C. 1551 a 1555.

Art. 346._ Prohíbese enunciar el capital autorizado sin mencionar el suscrito y el pagado, y expresar el capital suscrito sin indicar el pagado.

Conc.: 376 inc. 2o.; C.C. 16.

Art. 347._ La emisión, colocación, expedición de títulos y negociación de las acciones, se sujetarán a lo previsto para las sociedades anónimas, excepción hecha de las autorizaciones de la Superintendencia, cuando la sociedad no esté vigilada.

Conc.: 195, 267, 377 a 418.

Art. 348._ Las incompatibilidades y prohibiciones previstas para los administradores de las sociedades anónimas regirán para los socios colectivos en lo relativo a la negociación de acciones, representación y voto en la asamblea.

Conc.: 185, 404, 435, 458.

Art. 349._ En las asambleas se seguirán las reglas establecidas para las sociedades anónimas. Las reformas estatutarias deberán aprobarse, salvo estipulación en contrario, por unanimidad de los socios colectivos, y por mayoría de votos de las acciones de los comanditarios.

Conc.: 158, 161, 181, 185, 188, 302, 336, 378, 419, 420, 422 a 433; Decreto 2460 de 1978 arts. 5o. y 6o.

Art. 350._ La sociedad en comandita por acciones creará una reserva legal que ascenderá por lo menos al cincuenta por ciento del capital suscrito, formada con el diez por ciento de las utilidades líquidas de cada ejercicio. Cuando esta llegue a dicho límite o al previsto en los estatutos, si fuere mayor, la sociedad no tendrá obligación de continuar incrementándola, pero si disminuye volverá a apropiarse el mismo diez por ciento de tales utilidades hasta que la reserva alcance nuevamente el monto fijado.

Conc.: 110 ord. 8o., 154, 371, 452, 454, 456.

Art. 351._ La comanditaria por acciones se disolverá, también, cuando ocurran pérdidas que reduzcan el patrimonio neto a menos del cincuenta por ciento del capital suscrito.

Conc.: 123, 218 num. 8o., 272 ord. 6o., 276 ord. 3o., 333, 457 ord. 2o.

Art. 352._ En lo no previsto en este Título se aplicarán, respecto de los socios gestores, las normas de la sociedad colectiva, y respecto de los comanditarios, las de las anónimas.

Conc.: 294 y ss., 373 y ss., 379.

Sociedad en Comandita por Acciones

Es la sociedad que tiene dos categorías de socios: comanditados y comanditarios. La primera, responde por las obligaciones sociales como los socios de la sociedad colectiva. En cambio, la segunda categoría limita su responsabilidad hasta el monto del capital que suscribe. Solo los aportes de los comanditarios se representan en acciones.

Naturaleza:

Esta sociedad a tenido una gran difusión en los ultimos años debido a:

*La rapidez de su constitución, y

*La facilidad de su manejo,

Esta sociedad es de naturaleza mixta por que tiene las caracteristicas de las sociedades de capital y de las sociedades de personas

Constitución:

1. La constitución debe formalizarse por instumento público

2. En el acto de constitución tiene que indicarse el nombre de los socios comanditarios

3. El contrato social se inscribe en el registro publico de comercio

4. Se publica en el boletín oficial

5. se registra la sociedad en el registro de sociedades por acciones

Caracteristicas:

• La integran dos clases de socios

• Los comanditados son solidaria, ilimitada y subsidiariamente responsables por las

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