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Sociedad Mercantil


Enviado por   •  7 de Marzo de 2014  •  5.624 Palabras (23 Páginas)  •  348 Visitas

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IX. SOCIEDAD ANÓNIMA

Antecedentes históricos

La societates publicanorum del derecho romano formaras para tomar en arrendamiento los impuestos, las responsabilidades de los socios eran limitadas y podían transmitir sus derechos en la sociedad.

En el siglo XIII las sociedades para la explotación de molinos, capital dividido en sacos. También la sociedad anónima en la colonia constituida para la explotación mercantil de un navío.

La organización del estado genovés en el banco de San Jorge es el antecedente directo de la sociedad anónima, su carácter de reunión de acreedores la aproxima más a las asambleas de obligacionistas que a la S.A.

Surge verdaderamente la S.A. cuando se intentan grandes empresas de descubrimiento y colonización.- la Compañía Holandesa de las Indias Orientales (1602), La Compañía Holandesa de las Indias Occidentales (1621), La Compañía Sueca Meridional (1626). En estas sociedades es en donde se origina la estructura de la actual S.A.

La más antigua sociedad mexicana, una compañía de seguros marítimos comenzó sus operaciones en Veracruz (1789) con una duración de 5 años.

En 1802 La Compañía de Seguros Marítimos de Nueva España, su capital de 400 mil pesos estaba dividido en ochenta acciones; los socios eran responsables de la integración del capital social y sus acciones eran transmisibles.

En el Méjico Independiente se encuentran las concesiones para explotar vías férreas, la primera regulación legal se encuentra en el código Lares (1854), solo se consagran a ellas diez artículos. Ya en el código de 1884 se consagra buen número de preceptos.

En 1934 entra en vigor la Ley General de Sociedades Mercantiles.

Función económica de la S.A.

Posee una estructura jurídica que la hace adecuada para realizar empresas de gran magnitud, donde quedan fuera del campo de acción de los individuos o de las sociedades de tipo personalista, que carecen del capital suficiente para acometerlas.

La S.A. permite obtener la colaboración económica de un gran número de individuos que no temen a arriesgar una porción de su patrimonio. Para los terceros que contratan con la sociedad es una garantía económica de gran interés la existencia de un patrimonio que solo responde de las deudas sociales.

La legislación mexicana exige que las instituciones de fianzas y de seguros se organicen como S.A.; de este modo las obligaciones contraídas tienen adecuada garantía en el patrimonio social, que no se verá nunca grabado, como el de un individuo.

Datos estadísticos sobre la S.A.

En 1941 se constituyeron 2414 sociedades, 775 eran anónimas, o sea, el 32.10%. En 1950 las anónimas representaban el 63.58%.

En 1941 los capitales fundacionales de la S.A. sumaron $154, 010,325.00, o sea, el 84.26% del total.

En 1972 el 97.2% el capital invertido de las S.A. fue del 99%.

Datos de control

La S.A. puede llegar a poner en juego los intereses del publico que invierte sus ahorros en ella, si no es adecuadamente manejada puede consumir sin provecho los fondos que ha obtenido, sin contar que puede ser instrumentos de fraude para obtener los ahorros de la colectividad. Preocupando al estado la fuerza económica y política que puede llegar a adquirir una corporación de vida ilimitada tales problemas han sido resueltos históricamente siguiendo diversos sistemas.

Sistema liberal

El estado no debe mezclarse en las actividades económicas, debe permitir la constitución de la S.A. con entera libertad. Es difícil que exista una legislación que lo adopte en toda su pureza.

Sistema de normación imperativa.

Permite que cualquier tipo de personas constituyan una S.A. bajo una serie de normas de carácter imperativo.

Sistema de la autorización.

La S.A. no puede constituirse sin la aprobación del estado. En el código de comercio de Napoleón está establecido este sistema, este régimen se inspiraba principalmente en la consideración política del excesivo poder que podía llegar a detentar las S.A.

Sistema de control permanente.

El estado somete a la S.A. a su inspección para cerciorarse que está cumpliendo las normas correspondientes. Las S.A. son el instrumento jurídico adecuado para la realización de obras de gran magnitud y necesarias para la república, una política legislativa que fomente la creación de S.A. pero que prevenga al mismo tiempo abusos. Es conveniente la opción del sistema de la normacion imperativa y en algunos casos el sistema de control permanente.

Sistema seguido en México.

El criterio mixto es el que inspira a la legislación mexicana, la S.A. está sometida a las normas, casi todas de carácter imperativo contenidas en la LSM.

X. CONCEPTO Y CONSTITUCIÓN DE LAS S.A.

Definición legal

Sociedad Anónima es la que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones.

Esta implícitas tres notas:

a) Denominación social.

b) Limitación de responsabilidad de los socios.

c) Derechos de los socios en documentos, las acciones negociables.

Denominación social.

Se formara libremente pero será distinta de la de cualquier otra sociedad, ira siempre seguida de las palabras Sociedad Anónima o S.A.

La ley no establece sanción cuando se omite la mención Sociedad Anónima, tal omisión sujeta a todos los socios a la responsabilidad ilimitada

Requisitos de constitución:

a) Número de socios- Un mínimo de dos socios (art. 89, frac. I)

Sociedad de un solo socio o sociedad unimimbre – Es la sociedad de un solo socio contraria al propio concepto de sociedad (pluralidad de socios)

b) Capital mínimo – $50,000.00 N.P. El capital social debe estar íntegramente suscrito, los socios deben contraer la obligación suscrita con su firma, de cubrir totalmente la cantidad que se señala como el capital social. El 51% del capital social debe estar suscrito por mexicanos.

c) Exhibición inmediata. Dícese cuando menos el 20% de las aportaciones pagaderas en numerario y la totalidad de las que lo sean en bienes distintos.

Procedimientos de constitución.

Siguiendo dos procedimientos: I La comparecencia ante notario y la suscripción pública (doctrinalmente se denominan constitución simultanea y constitución sucesiva).

Constitución simultanea

La escritura constitutiva ha de satisfacer las siguientes exigencias:

“I. La parte exhibida del capital

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